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Participaciones del usuario Gorejo - Fiscalidad

Gorejo 08/05/21 22:24
Ha respondido al tema Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes
Tienes que tratarlo como una sola venta. El valor de adquisición será la suma de los valores de adquisición de cada una de las partes que has heredado.El valor de transmisión es fácil: lo que has cobrado con la venta menos los gastos que has tenido que hacer para venderlo (plusvalía, notario, etc...)El valor de adquisición de lo heredado en 2019 es el valor que aparece en la escritura más los gastos.En el caso de la herencia de 1985, al valor que aparezca en la escritura de aceptación tendrás que aplicar las reducciones que correspondan a la ganancia entre 1985 y 1994
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Gorejo 08/05/21 17:13
Ha respondido al tema Hacienda es corrupta - Declaración de la Renta
Todavía me acuerdo cuando mi padre tardaba días en confeccionar el IRPF con lápiz y calculadora, arrastrando resultados de una página a otra. Cada error suponía revisar y modificar casi todas las casillas. Por supuesto, no había borrador y había que introducir cada dato que se obtenía de los justificantes bancarios.Había que ir a un estanco a comprar el modelo, y la única ayuda era el manual que podías comprar en Hacienda, o pedir cita presencial con un funcionario.Ahora con certificado digital, o sistema Clave, se puede presentar la declaración desde casa con varios clicks, , y si el borrador está correcto no hay que tocar nada.
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Gorejo 07/05/21 21:59
Ha respondido al tema Vivo con mi padre pero no pago alquiler, ¿cómo tengo que declararlo en la renta 2020?
No tienes que poner nada en la página 6.Esto es lo que dice el manual del IRPF, lo relevante es el punto 4:5.7. Domicilio habitual  Identificación del domicilio habitual del contribuyenteLa identificación del domicilio habitual en el momento de la presentación de la declaración es un dato que el contribuyente tuvo que ratificar o modificar con carácter previo al inicio de la misma.No obstante, si el contribuyente ha sido durante todo o parte de este ejercicio propietario o usufructuario del inmueble que constituye su vivienda habitual deberá cumplimentar, adicionalmente, el apartado C de la declaración: "Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económicas" y señalar este uso.En consecuencia, si el contribuyente no es ni propietario ni usufructuario del inmueble que constituye su vivienda habitual (vive de alquiler, hijos que viven con sus padres...) no deberá cumplimentar este apartado C de la declaración.
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Gorejo 22/04/21 02:04
Ha respondido al tema ¿Puede alguien explicarme la casilla 23 y la ley art. 20 Ley 35/2006?
Es por haber cobrado más. Estás justo en el tramo de aplicación del artículo 20 de la ley, que permite una reducción a los que cobran menos de 16825 euros.El máximo a reducir es 5565 euros si el sueldo es inferior a 13115 euros, y esa cantidad va disminuyendo hasta 0 cuando se alcanzan los 16825 euros.En ese tramo intermedio, por cada euro de más que cobres de nómina la reducción que se aplica disminuye en relación 1,5/1. Si llegas a cobrar 900 euros más no te hubieran reducido nada...
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Gorejo 21/04/21 23:17
Ha respondido al tema Perdida patrimonial venta piso heredado
Si tienes ganancias con los fondos puedes reinvertir cuando quieras, pero ojo, si un día tienes pérdidas, para poder compensarlas con otras ganancias no podrás comprar ese mismo fondo antes de dos meses.
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Gorejo 10/04/21 04:50
Ha respondido al tema Compensar Pérdidas Patrimoniales
Cuando dices que tienes pérdidas del año 19 y que aparecen este año, entiendo que quieres decir que aparecen como pérdidas pendientes de compensar de años anteriores, ¿no?Si compensas el 25% de las pérdidas patrimoniales en rendimientos del CM tienes que restar el importe que has compensado. En tu ejemplo: 200-50=150 que sobran para años siguientes.El programa ya calcula todo automáticamente.
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Gorejo 11/03/21 04:18
Ha respondido al tema Herencia de Mi madre con deudas y aval
Yo hablaría con un abogado. Si tu hermana ha sacado el dinero después de fallecer vuestra madre, y no era titular de la cuenta, ha cometido un delito.Otra posibilidad que tienes es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Así, al menos, te garantizas que no vas a perder tu dinero.
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