Lo que hace falta es que el propietario permita que se ponga a nombre de una Asociación o Sociedad.
En cuanto consulte con un Abogado le dirá que no, nada de sociedades, porque en caso de impago, una sociedad creada al efecto para ese fin es insolvente. Si son varias personas físicas las que firman a alguna podrá trincar si no se paga la renta.
El propietario tiene la obligación de notificar la subida del alquiler con antelación o, en este caso, la bajada.
Pero si no ha hecho nada no lo hagas tu, no le comuniques una bajada del alquiler. De todos modos, el IPC ha bajado unas décimas, eso podría representar menos de un Euro al mes, si es que la renta se actualiza por el IPC.
Este es un consejo de orden práctico, no de orden legal.
Como regla general, todos los contratos de renta antigua celebrados antes de 1.985 se extinguieron el 1 de Enero de 2.015. Lo que pasa es que hay muchas circunstancias especiales por la que algunos aún están vigentes.
Pero el propietario que tiene alquilado un piso de renta antigua está deseando echar al inquilino o que haga un contrato por la vigente LAU.
Algunos están al acecho, para ver si el inquilino comete un error por el que lo puedan echar. Si no dominas completamente este tema complejo es mejor no hacer nada aunque pagues un euro más al mes. No vaya a ser que metas la pata.
Pues precisamente es al contrario.
Lo que ha expirado es la renta antigua para personas físicas, únicamente está vigente para sociedades, o sea, negocios.
Para evitarte problemas futuros lo mejor es que mandes a la Agencia un Burofax en el que les digas que estás interesado en ese piso y que al ver que ya no lo tienen en cartera das por zanjado el compromiso con ellos.
Desde aquí y sin conocer a fondo las circunstancias eso es imposible de calcular.
De todos modos, creo que hay algún fallo en lo que expones.
La última prórroga para alquileres de renta antigua finalizo el día 1 de Enero de este año.
Podría ser que un juez haya impedido que los echen si son mayores y enfermos. Pero en estos casos el propietario no tiene más que esperar y no es normal que ofrezcan una indemnización.
Es que eso es otra cosa.
El artículo habla de que quien vive en un piso de su propiedad es más feliz que el que vive de alquiler. Además, está más integrado, tiene un nivel económico más elevado y puede encontrar pareja más fácilmente.
El que tiene un piso para alquilarlo debe saber que esa es una actividad económica y, por tanto, tiene los riesgos de todo negocio. Si no le pagan el alquiler son los riesgos de ese negocio.
Eso no es así. Ya te he dicho que las condiciones hay que pactarlas pero si tu madre fallece y solo le han pagado 12 mensualidades, los herederos pueden recuperar la propiedad del 100€ del piso devolviendo la cantidad que pagó la entidad a tu madre. Esas son las condiciones que yo vi, pero hace mucho tiempo que no estoy en estos temas.
Lo mejor es que busques por Internet alguna entidad que haga este tipo de operaciones y que te informen de las condiciones.
Quizá lo que quieras decir es una "hipoteca inversa".
Hay entidades que hacen este tipo de operaciones: te pagan una cantidad mensual para que el propietario pueda pagar holgadamente una residencia y a su fallecimiento el piso pasa a ser de su propiedad.
Las condiciones hay que pactarlas con cada una de estas entidades.
Estoy totalmente de acuerdo en que los propietarios de pisos son más felices que los arrendatarios.
Pero no es necesario recurrir al famoso estudio de Durhein "El suicidio", considerado el primer estudio sociológico, en el que llega a la conclusión de que las personas con un mayor grado de integración social se suicidan menos.
Hay muchos estudios más recientes que demuestran que las personas con un cierto nivel económico son más felices; sin embargo, la extrema abundancia no hace más felices a las personas.
Tu compra un piso con apalancamiento y tendrás una ruina con apalancamiento.
El apalancamiento financiero se utiliza cuando se prevé que el subyacente va a subir, pero ¿Hay alguien que prevea ahora que los pisos van a subir?
Puede que no bajen más, pero otra cosa es que suban. Y aunque suban un poquito una temporada, pueden volver a caer al año siguiente.
Y otra cosa, el apalancamiento es un término financiero, pero en los pisos sellama hipoteca.