Berebere,
Particularmente no conozco ningun caso donde pueda hablar con garantía, pero si a las claras ya comentas que están reteniendo el 21%, pues para los que estan afectados y lean este foro ya saben, que dejarán de recibir el 21% de la diferencia que les abonan entre el precio de mercado al que esten recomprando las PP y el 100% del nominal que invirtieron.
Como matiz a tu ultimo parrafo, si me permites, (y dado que algunas personas no son afines a las cuestiones burocráticas) Hacienda devolverá lo retenido SIEMPRE Y CUANDO, haya posibilidad por parte del contribuyente de desgravación, por hipoteca, plan de pensiones, donaciones, etc, etc,...pero que ni aún asi se asegura esa devolucion porque dependerá de cada caso particular, de sus ingresos y de la cantidad por la que pueda desgravar.
Un ejemplo sencillo, rápido de ver y facil, si una persona que sólo recibe ingresos por ser trabajador por cuenta ajena, que le retengan un 10% en nómina, y que tiene una hipoteca, a la que no ha aportado cancelaciones parciales en 2013, es decir, presenta pagos a la misma unicamente de las cuotas mensuales pertinentes, y pongamos por caso que esas cantidades sean 500,00 € mensuales (nominal + interes).
En este caso, pues tan sólo podria desgravar el 15 % (obviando los matices que hay al respecto) de lo pagado en todo el año por esa hipoteca, es decir, el 15% de 6.000€ anuales, o sea , recibirá por desgravación, 900 €.
En este ejemplo, este trabajador ya por IRPF en su nomina estaría pagando (y dependiendo de su bruto) mas de 1.200 € de los que solo recibirá 720, o sea las retenciones que le practican por productos bancarios ni las olerá.
O sea, que si algun director os dice, "ya os los devolverá Haciendo en mayo de 2.014" en vez de iros tranquilos, le podeis sin ningun problema que el comentario se lo puede comer con pan y aceite.