Para disolver y liquidar una sociedad deberás acreditar que no tiene deudas. Yo de ti pediría un certificado a Hacienda de que no tiene deudas pendientes y otro a la Seguridad Social del mismo tenor. Con eso y el acta de disolución de la sociedad , escritura pública y al Registro Mercantil.
Mi experiencia es negativa en este tema, la respuesta es que por esas cantidades lo que interesa es interponer un monitorio(no hace falta abogado ni procurador , y recuperar el IVA.si finalmente no se oponen instas un ejecutivo si estás seguro que tienen bienes, pero ya hablamos de 2 añitos o mas.
Si la deuda es mayor no te metas con estos despachos o cobradores, son bastante ineficaces y rayan la ilegalidad. Coge al abogado de tu barrio, o al de una amigo y que te aconseje.
Saludos.
Pegasus yo creo que puedes estar tranquilo. Pero, si yo fuera el acreedor , por el único sitio por dónde se me ocurriría atacar es por mala gestión en cuanto a lo que comentas:"no he realizado nuingún ERE en tres años", esto no es exculpante(tal vez Toxo y CAndi te den una medalla), al contrario , pienso que podría ser un comportamiento negligente. Tampoco ayuda el tema de las pérdidas de tres años , es mucho tiempo , tal vez si la hubieras hecho antes hubieras minimizado los efectos. Aún así veo muy complicado que te imputen responsabilidades.
Correcto, alzamiento de bienes , falsedad en documento mercantil y defraudación a Hacienda (no se ingresó ningún IVA). Pues nada, a vivir que son dos días.Aquí eran tres y magistrados.
En cuanto a lo de los créditos el juez concursal ni mú.
¿La nueva ley?, tiene buenas intenciones , y aún es pronto para evaluarla(a parte de que es una ley que nace para contentar a los bancos por el tema de la nulidad de las refinanciaciones en los dos años anteriores), pero me pregunto :¿sirve de algo una buena ley dentro de un mal sistema judicial?.
Efectivamente, lo llamaremos de otra forma. Como llamamos a :
1) liquidar los prestamos garantizados semanas antes de una suspensión, sin tener obligación alguna, mientras existen créditos impagados de acreedores desde mas de tres meses?
2) Vender el stock a empresas que llevan años inoperativas.
3) Vender la maquinaria a otra sociedad propiedad de los hijos?
Esto sus señorías no lo ven, y así nos va!
Puedes estar tranquilo, te hablo con 17 años de experiencia sufriendo suspensiones de pagos y quiebras.
He visto verdaderas estafas, he perseguido penalmente a administradores, jamás he conseguido una sentencia
condenatoria. No hay justicia en este tema.
Coincido con los dos , pienso que tampoco con el tema del ICO , e incluso dudo que los den con avales personales que no superen el valor del préstamo 10 veces. Sencillamente , no hay dinero para prestar, y sólo lo prestarán con el riesgo supermedido, es decir , sin riesgo.
La primera vez que me acerqué por mi cámara de comercio fue en 1994 , tenía un viaje de prospección a Méjico en un par de meses. Se me ocurrió , la brillante idea, de pedirles un listado de posibles clientes para visitarlos. Joven de mí, pensaba que no les sería difícil ponerse en contacto con alguna institución de allí(sin problemas de idioma) que les facilitara algún listado que otro, o incluso con el propio ICEX (otro que tal baila). Todavía lo estoy esperando, no obtuve respuesta jamás.