Por desgracia, no creo que lo dejen ahí, habiendo tanta diferencia, lo normal es que revisen el valor de venta, y como primer valor, tomarán efectivamente, el de referencia. Lo bueno es que al menos teneis una tasación con valor inferior para luchar contra eso, o pedir cuando toque, en base a esa tasación, la tasación pericial contradictoria.
Si se tardan dos años en aceptar, lo normal es que no se espere tanto y se liquide sucesiones con un escrito privado, ya que hay que hacerlo en 6 meses...Si no se hizo, efectivamente, el valor es en principio el declarado en la escritura de adjudicación y pasado después por sucesiones. Puedes ir contra tu propia declaración alegando que fue un error y aplicar ahora uno mas alto, pero... puede que no cuele. Desde luego, que lio vas a tener, te pedirán explicaciones y te tocará lucharlo. A tu favor, que el valor de referencia y/o el catastral de ese momento era mucho mas alto que el que indicaste. En tu contra, que los valores declarados por el interesado se consideran vinculantes.
La legítima de tu padre, en territorio común, es la mitad. Sería un tercio si coincidiera con tu cónyuge. El resto, al no tener descendientes, lo puedes repartir efectivamente como tu quieras.En tu testamento puedes disponer expresamente de todo o solo de parte de tu patrimonio.En realidad no hace falta valorar nada, solo indicar las normas para el reparto. Si luego, dada la valoración real, se vulnera alguna legítima, los implicados pueden impugnarlo o solicitar la reducción del legado que exceda, o de lo que proceda.En la notaría pueden aclarar tus dudas
Complementaria del 2022, no de la que acabas de presentar.A los rendimientos de ese año, se le suman esos y a ver qué sale, si es a pagar mas o a devolver menos, es complementaria. Si fuera a devolver mas, solicitud de rectificación.Se mete todo, ingresos, retenciones y gastos deducibles si los hay.No se te olvide marcar el motivo de la complementaria, atrasos del trabajo para que no genere intereses de demora
No debes añadirlo a la declaración de 2023, debes hacer una complementaria del 2022.Si son atrasos, ni lleva multa ni intereses, pero debes hacer la complementaria
No sé ahora mismo, pero antes, con rendimientos exclusivamente agrícolas, si te atendían en la cita previa...Tienes que elegir el tipo de cultivo y meter los ingresos y las retenciones, estoy seguro de que existe algún tutorial en internet
Aparte del apartado de rendimientos del trabajo, tendrás que rellenar el de actividades económicas, en este caso agrícolas. No es muy dificil pero hay que saber qué hay que poner y que no. En la AEAT, si solo tienes eso te admiten en la cita previa, pide y estate atento a lo que te rellenan o pide que te lo vayan explicando, así el siguiente año podrás hacerlo tu solo.