Buenos días, Me encuentro en la misma situación que Noeliagz, pero ya llevo un año pagando a Hacienda.El propietario nos ha propuesto una bajada del precio del alquiler. ¿Es posible? ¿Puede denegar esto Hacienda? Entiendo que finalizaríamos un contrato y se generaría uno nuevo. Actualmente pagamos 400€ y sería bajarlo a 200-250€.Es la segunda vez que nos pasa, la anterior vez, el propietario nos propuso romper contrato y pagar en negro haciendo un descuento de la cuota. Lo rechazamos y al medio año rescindió el contrato (con la excusa de recomprar la casa cuando saliera a subasta y no tener inquilinos en ese momento)Gracias
Cachillipox,Si el error se produce en el 4º trimestre, ¿Cómo se resuelve: complementaria o se arregla en la declaración de la renta?El error producido es contabilizar todo el gasto de la compra (instrumento musical), cuando debería haberse contemplado como inmovilizado material y por lo tanto sólo contemplar la parte de amortización. Debido al error el modelo salió negativo y descontando el gasto menos la amortización, saldría a pagar IRPF. Gracias.
A ver is alguien me puede informar: recibí un requerimiento el pasado 3 de noviembre (tenía que justificar el alquiler, algo absurdo cuando lo estaba pagando desde noviembre del 2015 a la AEAT directamente por un embargo del propietario de la casa), al cual respondí presentando los papeles solicitados el mismo día via internet.
El lunes 13 paso de nuevo al estado "su declaración está siendo comprobada". ¿sabeís cuanto tiempo puede pasar desde que han recibido el requerimiento y lo han mirado (desde el 3 de novimebre al 13 indicaba que en mi declaración había discrepancias) hasta que me realicen la devolución?
gracias.
Marta
Bueno,
En mi caso, y como viene siendo habitual desde hace 3 años, a mediados de octubre pasó a "está siendo comprobada". Ahora que ya han recibido el 2° pago espero que pase a esar tramitada y cobre entre esta semana y la próxima.
Así ha ocurrido los 3 últimos años, desde que la hago conjunta con mi marido q es autónomo, con alquiler de piso y con declaracion de evolucion de ayudas de piso VPO por venta
Buenas tardes,
Tengo una duda sobre la desgravación del alquiler en la renta de este año. La cuestión es que tengo un contrato de alquiler firmado en marzo del 2014y con duración inicial de año y medio (hasta septiembre del 2015). Despues de esa fecha se prórroga de manera automática si ninguna parte comunica lo contrario con duración de años naturales (tengo que decir que actualmente la casa esta embargada (la casa está a nombre de una sociedad) y pago el alquiler a hacienda directamente).
Mi duda es: en la retna del 2015, ¿tengo que desgravarme sólo el alquiler hasta septiembre del 2015 o al ser una prórroga automática (no he firmado ningún otro contrato) puedo seguir desgravandome todo el año 2015?
Gracias.
Saludos,
Maby.
Pashenjo, ¿eres catalán?
La respuesta del 15 de septiembre que te han dado, a mí me la dan cada año.
Por lo que se, NO miran declaraciones en las oficinas hasta esa fecha.Tras esa fecha, mucha gente va a la Agencia a preguntar y si está parada por algún tema sin importancia, la desbloquean y en 1 semana la tienen cobrada (esto me conto una mujer que llevaba hacinedo 5 años puesto que desde que cambió de hipoteca por no se que motivo el programa informático s elo paralizaba, iba el primer día de septiembre a quejarse y s ela liberaban).
En mi caso, no me la liberan, me dicen que al tener una perdida patrimonial por venta del piso en 2012, mi marido ser autónom que seguramente me pediran documentación (la devolución sobrepasa los 3500 €). Este es el tercer año que llevo así, nunca me han pedido documentación y en los dos anteriores (uno en dlegación de Barcelona y otro en delegación de Lleida) me han pagado cuando los contribuyentes han hecho el segundo pago: entre el 5 y el 10 de noviembre.
Para este año, aún me queda algo menos de 2 meses... a ver si pasn pronto :)
Primero gracias por las respuestas.
En la carta, pone como hacer el pago, pero tengo muchas dudas porque hay que cumplimentar una anexo, por eso ya tengo cita para ir mañana a la Agencia a aclararme.
Por una parte me preocupa que la carta sólo la haya recibido mi marido, porque aunque nos hacen una factura que va sólo a su nombre, el contrato está a nombre de los 2; estando casados por separación de bienes por lo que la relación comercial la tendremos los dos, y por eso me preocupa el tema de desgravar en la declaración.
Respecto al tema de aguas y basuras: las aguas las pago directamente al ayuntamiento (la factura va a nombre d ela empresa, pero la cuenta de domiciliación es la nuestra). respecto a las basuras, pago directamente a la empresa puesto que no está domiciliado a mi nombre (de hecho propuse a la empresa cambiar el número de cuenta por el mío justo el pasado jueves).
Respecto al tema de embargos de créditos y cantidades futuras pone en negrita: " Se declaran embargaos los créditos a favor del mismo que usted tenga pendientes de pago a la fecha en que reciba esta diligencia, ya sean cantidades facturadas, pendientes de facturar o que no requieran facturación, así como aquéllos que sean consecuencia de prestaciones aún no realizadas derivadas de cualquier tipo de contrato en vigor con el citado obligado al pago". Por lo que entiendo que afecta a alquileres futuros.
Me temo que somos los únicos a los que le facturan y si la AEAT espera cobrar la deuda con mi alquiler..... no tiene ni para cubrir los nuevos intereses que se generan anualmente.
Hoy hablaré con el propietario, por lo menos para informarle de que he recibido la carta, y mañana a la AEAT para aclarar puntos.