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Miguel.belenguer 15/04/14 09:44
Ha respondido al tema ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?
Buenos días, debes llevar tu mismo el control. Por ejemplo en la declaración de la Renta de este año, las pérdidas patrimoniales de años anteriores a integrar en la base del ahorro, se introducirían en la casilla 369 y, además, el importe de dicha cifra nunca puede ser superior al de la casilla 368. El importe que hay que introducir en la casilla 369 lo tienes que tener en cuenta tu, no aparece en ningún lado. Un saludo.
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Miguel.belenguer 14/04/14 17:02
Ha respondido al tema ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?
Buenas tardes,  gracias por volver a ponerlo, no lo había visto. Debes diferenciar entre el rendimiento (negativo) obtenido por la venta de preferentes. Y luego deberías calcular la ganancia patrimonial que obtienes con la venta de acciones. Te incluyo el link de un artículo que habla sobre las casillas más importantes del Programa PADRE que te puede servir de ayuda. Casillas más utilizadas en el programa PADRE 2013 También te recomiendo, que para estos casos de preferentes, lo mejor es acudir a un asesor fiscal, ya que ellos están más al día del tema. Un saludo.
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Miguel.belenguer 14/04/14 10:02
Ha comentado en el artículo Doble retención en los dividendos europeos
Buenos días, si la empresa reparte scrip dividend, tienes 3 opciones: 1. Recibir las acciones nuevas a coste cero. No hay retención 2. Vender los derechos al mercado. La venta de derechos reduce el precio de compra de las acciones. No hay retención. 3. Vender los derechos a la empresa. El cobro de la venta de los derechos se considera como cobro de dividendos. En este caso si que habría retención y se seguiría el procedimiento correspondiente para la devolución de la doble retención, en función de cada país. Un saludo.
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Miguel.belenguer 14/04/14 09:39
Ha respondido al tema ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?
Buenos días, Casilla 367: Saldo neto negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales imputables a 2013 a integrar en la base imponible general: importe pendiente de compensar en los 4 ejercicios siguientes.  Para la base imponible del ahorro no hay casilla como tal, la única casilla que te puede servir de guía es la 360 que índica el total de pérdidas patrimoniales imputables a la base imponible del ahorro. Un saludo.  
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Miguel.belenguer 10/04/14 17:36
Ha comentado en el artículo Las 8 estrategias de inversión en bolsa a largo plazo
Los datos se pueden calcular a partir de la información que las empresas incluyen en los informes trimestrales y anuales: ROA = Beneficio neto/Activos. El cálculo del Cash flow lo puedes encontrar aquí: http://www.rankia.com/informacion/cash-flow#descripcion El margen bruto aparece en la cuenta de resultados. Rotación de activos = Ventas / Activo total neto medio.
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Miguel.belenguer 10/04/14 15:24
Ha respondido al tema ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?
La diferenciación entre corto plazo y largo plazo no se realizaba en años anteriores al 2013, por lo que todas las ganancias y pérdidas patrimoniales, procedentes de transmisiones de elementos patrimoniales (venta de acciones), generadas en años anteriores computan en la base del ahorro. Por tanto, sólo se pueden deducir de la Base Imponible del Ahorro durante los 4 años siguientes, con el límite de la cuantía de dicha base. Ejemplo: Año 2012: Pérdidas por vta. de acciones (con indiferencia del plazo) de 100 € (Base del ahorro)  Pérdidas a compensar en 4 años = 100€  Año 2013: Ganancias por vta. de acciones con más de 1 año = 75€ (Base del ahorro) Compensación saldos negativos años anteriores = 75€ -----> Faltan por compensar en 3 años = 25€ 
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Miguel.belenguer 10/04/14 12:34
Ha respondido al tema ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?
Teniendo en cuenta que hasta el 1 de enero de 2013, de todos los tipos de ganancias y pérdidas patrimoniales, se consideraban renta del ahorro las obtenidas por transmisiones de elementos patrimoniales (venta de acciones). Te copio la descripción de la casilla 369, que es en la que deberías incluir las pérdidas a compensar de años anteriores: Casilla 369. Saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2009 a 2012 a integrar en la base imponible del ahorro. Si el contribuyente tuviese alguna cantidad pendiente de compensación procedente de los ejercicios 2009, 2010, 2011 y/o 2012, en concepto de saldo neto negativo de ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro, se consignará en la casilla 369 el importe de los citados saldos que se compensa en la declaración del presente ejercicio, teniendo en cuenta que dicho importe no podrá ser superior en ningún caso al previamente consignado en la casilla 368 anterior.   En tu caso, debes tener en cuenta que para poder compensar pérdidas de la base del ahorro, debes obtener saldos positivos en la base del ahorro y, a partir de 2013, las ventas de acciones a corto plazo se consideran parte de la renta general. Por tanto, deberías vender acciones a largo plazo, para que se considerasen renta del ahorro.   Supongamos que se trata de ventas de acciones que compraste más de un año antes al momento de la venta (largo plazo):   Al obtener pérdidas patrimoniales el saldo de la casilla 368 será cero, por tanto no podrás introducir ninguna cantidad a compensar en la casilla 369. Entonces te quedarán 3 años para compensar los 100 euros del 2012 y 4 años para compensar los 50 euros de 2013. Al obtener ganancias por 50 euros, el saldo de la casilla 368 será de 50 euros, por tanto en la casilla 369 podrás compensar hasta 50 euros. Entonces te quedarían 3 años para compensar los 50 euros procedentes del 2012 que faltan por compensar. Es un poco lioso, pero espero que te sirva. Un saludo.  
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Miguel.belenguer 10/04/14 10:18
Ha respondido al tema ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?
Buenos días, Lo primero de todo, hay que tener claro que las participaciones preferentes y las obligaciones subordinadas no son depósitos, ni plazos fijos, ni acciones. No son activos de renta variable y por ello su venta no se considera una ganancia o pérdida patrimonial. Se tratan de emisiones de deuda  y, por tanto, se considera renta fija. Tanto las participaciones preferentes, como las obligaciones subordinadas o cualquier otro activo de renta fija, pueden generar 2 tipos de rendimientos: Intereses (Cupón): se considera rendimiento explícito y están sujetos a retención. Rendimiento por venta: se considera rendimiento implícito. Se calcula como la diferencia entre el valor de venta y el valor de suscripción. No está sujeto a retención. Ahora es cuando contesto a tu duda Crazybone: Los cupones se declaran en la casilla 021, junto con las retenciones. El rendimiento por venta se declara en la casilla 025. Un saludo.
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