mivisa
15/04/25 20:00
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Norma antiaplicación. Regla de los dos meses
Según el sitio web de la Agencia Tributaria: la regla de los dos meses (también conocida como regla antiaplicación de pérdidas patrimoniales) sí puede afectar a las operaciones de trading intradía, pero depende de si se venden y recompran valores homogéneos en ese periodo. Esta norma está recogida en la Ley del IRPF (art. 33.5, letra g de la Ley 35/2006) y establece que: “No se computarán como pérdidas patrimoniales las derivadas de la transmisión de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados regulados [...] cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores a dicha transmisión.”¿Cómo afecta esto al trading intradía? Si realizas ventas con pérdidas y recompras los mismos valores (o valores homogéneos) dentro de los 2 meses anteriores o posteriores, no podrás computar esas pérdidas en tu declaración del IRPF.No importa si la operación ha sido dentro del mismo día (intradía) o en varios días. Lo relevante es la existencia de pérdida y la recompra dentro del plazo de 2 meses.¿Qué se considera valor homogéneo? Acciones de la misma empresa, fondos de inversión con la misma política, etc. No se considera diferente por cambiar de bróker, ni por operar en diferentes mercados si el activo es el mismo. Ejemplo: El 1 de abril vendes acciones del BBVA con una pérdida.El 10 de abril compras de nuevo acciones del BBVA.Esa pérdida no podrás computarla en tu declaración.Referencia legal: Ley 35/2006 del IRPF, artículo 33.5.g Salvo mejor opinión