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Declaración de la renta, prórroga de cobro aplazado de inmueble
venta inmueble con precio aplazado cuando se indicó expresamente y correctamente en la declaración de la renta del ejercicio en que tuvo lugar la ventahttps://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2021/8-cumplimentacion-irpf/8_2-ganancias-perdidas-patrimoniales/8_2_7-cumplimentacion/8_2_7_2-apartado-f2/ganancias-perdidas-patrimoniales-derivadas-otros/operaciones-plazo.html
mivisa26/04/25 16:41
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Declaración de la renta, prórroga de cobro aplazado de inmueble
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Declaración de la renta, prórroga de cobro aplazado de inmueble
ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.Si desea confirmarlo de manera oficial o por seguridad adicional, pueden solicitar consulta vinculante a la Dirección General de Tributos o contactar con un asesor fiscal colegiado.
mivisa26/04/25 15:48
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Declaración de la renta, prórroga de cobro aplazado de inmueble
En su caso: La venta fue en 2022, por tanto debió declararse en el IRPF 2022 (que se presentó en 2023).La prórroga del aplazamiento firmada después de la venta (en 2023) no cambia el hecho de que la ganancia se imputó en 2022.No corresponde modificar ahora la declaración de este año (Renta 2024 sobre ejercicio 2023), ni rectificar la de 2022 por ese motivo.Respecto a que en el borrador de este año (Campaña Renta 2024) le aparezca "a pagar" por esa ganancia patrimonial, puede estar ocurriendo que: Estén trayendo automáticamente datos pendientes o regularizaciones relacionadas, pero no debería afectar si ya lo declaró en su día correctamente.Si ya tributó en 2022 por esa venta, no debe volver a tributar este año. Solo debería reflejarse si hay algún nuevo hecho (cancelación, pérdidas, etc.).
mivisa26/04/25 15:46
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Declaración de la renta, prórroga de cobro aplazado de inmueble
La ganancia patrimonial por la venta de un inmueble se genera en el momento de la transmisión, no en el momento del cobro, aunque el precio esté aplazado (fuente: Manual de Renta 2022, página 356).
mivisa26/04/25 15:45
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Declaración de la renta, prórroga de cobro aplazado de inmueble
Revise si la ganancia patrimonial ya se declaró en la Renta 2022.Si fue así, no tiene que modificar ni la declaración de 2022 ni la de 2023.Simplemente, en el borrador de este año, revise y elimine cualquier dato duplicado sobre esa venta.
mivisa26/04/25 15:02
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Declaración de la renta, prórroga de cobro aplazado de inmueble
salvo mejor opinión,Según el sitio web de la Agencia Tributaria: la ganancia patrimonial por la venta de un inmueble se entiende producida en el momento de la transmisión, con independencia de cuándo se cobre el precio, salvo que se haya pactado de manera válida un pago aplazado. En ese caso, si el cobro se fracciona en varios ejercicios y la venta cumple los requisitos de transmisión a plazos o precio aplazado (más de un año entre la entrega y el último pago), puedes optar por imputar la ganancia conforme vayas cobrando ("criterio de cobro"). Fuente: Manual práctico Renta 2023 (PDF) – apartado "Ganancias patrimoniales por transmisiones a plazos" (páginas 383-386). En tu caso: Si ya en 2022 la venta estaba sujeta a un precio aplazado, debías haberlo declarado así en la Renta 2022, optando por el criterio de cobro.Como ahora se ha prorrogado el cobro, si no lo declaraste bien en su momento, deberías solicitar una rectificación de la autoliquidación del ejercicio 2022, no modificar la declaración de este año.Para ello tendrás que aportar el contrato original de venta y el acuerdo de prórroga como justificación.El procedimiento sería presentar un “Solicitud de rectificación de autoliquidación” en Renta 2022 a través de Renta Web, adjuntando la documentación pertinepertinente.
mivisa26/04/25 14:57
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Ayuda Natalidad Comunidad de Madrid de 500€
La ayuda por embarazo será de 500 euros mensuales por hijo a partir de la fecha de presentación de la solicitud. La ayuda se recibirá hasta el último día del mes en que se cumplan 24 meses contados desde la fecha de parto.salvo mejor opinión fundamentada
mivisa26/04/25 13:36
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Ayuda Natalidad Comunidad de Madrid de 500€
la recibirás mientras no salgas de la Comunidad de Madrid
mivisa26/04/25 13:06
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Incongruencias entre la Nota Simple del Catastro y la declaración de Hacienda
Lo que no entiendo es que dices que tu padre a través de testamento dejó toda la herencia a tu madre, lo que no es posible de ejecutar por ley. El testamento es el acto jurídico formal mediante el cual una persona dispone de sus bienes para después de su muerte, cumpliendo requisitos legales estrictos (artículos 667 y siguientes del Código Civil). Si existe un testamento, sus disposiciones deben respetarse, salvo que sean contrarias a la ley (por ejemplo, vulnerar la legítima de los herederos forzosos). Nota:Un documento o acto privado ("key" o similar) que contradiga lo establecido en el testamento podría ser impugnado por los herederos o interesados, salvo que se trate de bienes que se transfirieron válidamente en vida y no formen parte del caudal relicto (el patrimonio que queda al fallecer).