Tengo esa misma duda.En hacienda me dicen 50% formal/ 50% real pero hay muchas respuestas por el foro de 100% formal/50% real.Agradecería q me contases tu experiencia ya que llevas años presentándolo.Muchas gracias
Muchas gracias.Y conoces a alguien q lo haya hecho así?He preguntado en dos administraciones de Hacienda y su respuesta es igual a la tuya.Pero en otro hilo de este foro insisten en q en el caso concreto q explico el titular formal tiene q poner 100% de participación.Incluso en este hilo hay respuestas en los dos sentidos......cada día me declino por una pero el hecho es ¿Cuál es la correcta?
Maqiz según dices para modelo 720 en caso de gananciales y un único titular ¿la participación es del 50% titular ( formal) y 50% titular real?Si es tu caso ¿lo has presentado así alguna vez?Tenía entendido q era 100% titular formal y 50% titular real.¿Podrías aclarármelo?
Rucko según dices para modelo 720 en caso de gananciales y un único titular ¿la participación es del 50% titular ( formal) y 50% titular real?Si es tu caso ¿lo has presentado así alguna vez?Tenía entendido q era 100% titular formal y 50% titular real.
Siento haber creado esta controversia.He llamado a raisin y me han dicho q a algunos clientes( como es mi caso) por error le han puesto "raisin gmbh" pero q lo correcto es "raisin bank ag" Así aclarado todo.Muchas gracias a todos los q me habéis ayudado contestando😊Entre todos podemos💪
Buenos díasEn el nombre de la entidad para el modelo 720 para la cuenta de raisin yo había puesto " RAISIN BANK AG" pero en la información enviada por raisin pone " RAISIN GMBH" Entonces sería mejor ponerlo igual q en la información enviada por Raisin?Que me aconsejáis?Os pasa igual?
Muchas gracias Monillo.Estoy súper rallada con el porcentaje de participación y todas las respuestas q da la administración son super ambiguas parece q quieran q lo hagamos mal.Pregunté en la Agencia Tributaria y la respuesta fue 50% titularidad formal y se quedaron tan anchos🤦
Buenos días tengo una duda, me explico:Al estar casados en régimen de gananciales tener depósitos en el extranjero entre los dos cónyuges superando los 50000€ siendo titulares formales individuales, tengo claro q cada uno informa de los bienes q tenga a su nombre como titular formal al 100% y titular real al 50% de los de su pareja.Mi duda viene al leer la respuesta vinculante de la dirección general de tributos v2514-18 en la que resuelven que además de informar cómo titular formal, tienes q informar ese mismo bien tb como titular real, es decir un depósito con un titular formal se informa: El q tiene el depósito: 100% titular formal 50% titular real Pareja: 50% titular real¿Lo hacéis así?Aquí os dejo el enlace a la respuesta vinculante.....viene casi al finalhttps://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v2514-18-18-09-2018-1478438