Si, pero si se hace a modo "nómina" con su código correspondiente, teóricamente se trata de un pago salarial como si en la bodega estuvieran las cantidades de tu empresa, que le paga a un trabajador que tiene el mismo nombre porque el titular de la cuenta empresarial y el trabajador es el mismo, ¿no? Tengo entendido que suele ser así en los autónomos, que tienen una cuenta de empresa y otra particular de nómina por gerente de la misma, o algo así. No se si me he explicado bien...
Según lo que indica la página, si a un banco le da por fastidiar, ¿no podría remitir esos movimientos al ver que van codificados como nómina y considerarlos "ganancias patrimoniales", con la consiguiente multa por parte de hacienda por "ocultación de ingresos"?
Sería lo ideal. Yo tampoco he utilizado el procedimiento de momento, pero estoy planteándomelo. Como dice berebere, estaría muy bien conocer lo que dice la ley al respecto para poder obrar en consecuencia sabiendo, si hay algún riesgo, cuál es y digerirlo o no.
¿También puede suceder que se incremente el %IRPF en la declaración de la renta porque, teóricamente, los tintos enviados suponen un incremento en el salario?
Buenos días y feliz año a todos. Es muy interesante y jugoso el tema, pero me surge una incertidumbre: ¿alguien se ha planteado la posibilidad de que el banco entre en demanda judicial por fraude, en corto o medio plazo, pidiendo la devolución de los importes abonados más los intereses legales acumulados? Normalmente las demandas son del cliente al banco pero, ¿podría ser en este caso al revés? ¿Hay algún abogado por aquí que pudiera dar luz a esta cuestión?
Eso mismo he hecho yo (llevo con la de recibos desde junio), pero me preocupa que me den de baja las dos por incompatibilidad. ¿Vosotros las tenéis las dos activas?
Yo llevo 6 meses con la promoción de los recibos, abonados correctamente. Me acojí mediante enlace a la promoción nómina de 400€, que está en revisión y con la incertidumbre de si enviar tinto o no. ¿Me cancelarían la de los recibos si lo hiciera?Lo pregunto porque en las condiciones de la nómina leo lo siguiente:"Podrás disfrutar de esta Promoción siempre que no hayas tenido tu nómina o pensión domiciliada en BBVA y que no hayas disfrutado con anterioridad de alguna otra Promoción por domiciliar tu nómina, pensión o prestación por desempleo en BBVA, u otra Promoción por incentivación de uso de tarjeta de débito o crédito, o por domiciliación de recibos"
Yo llevo 6 meses con la promoción de los recibos, abonados correctamente. Si me acojo a la promoción nómina de 250€, ¿me cancelarán la de los recibos?Lo pregunto porque en las condiciones de la nómina leo lo siguiente:"Podrás disfrutar de esta Promoción siempre que no hayas tenido tu nómina o pensión domiciliada en BBVA y que no hayas disfrutado con anterioridad de alguna otra Promoción por domiciliar tu nómina, pensión o prestación por desempleo en BBVA, u otra Promoción por incentivación de uso de tarjeta de débito o crédito, o por domiciliación de recibos"
Leo en el hilo que, en el proceso de alta, se pide una copia de la nómina. Eso obligará a que los tintos sean por ese mismo importe, ¿no? ¿O no lo controlan, pudiendo hacerlos por 1200€ siendo la copia de nómina aportada de un importe superior?
Hola.Desde el pasado día 8 de diciembre soy cliente de ING Direct con la Cuenta Nómina, por la promoción Código amigo ING que hice con el objetivo de transferir 700€ mensuales hasta el mes de agosto.La cuestión está que, en el momento de la contratación, el sistema me dió un error con la contratación paralela de la Cuenta Naranja, diciéndome que lo podría realizar con posterioridad.Así las cosas, hice después la contratación de la Cuenta Naranja, pero me acabo de fijar que la realicé el día 16 de diciembre y, mirando las condiciones de la promoción, me indica que también esta cuenta debería estar dada de alta el día 15 como máximo, punto que desconocía.¿Creeis que me lo tendrán en cuenta y no me abonarán los 250€? ¿Me recomendais dar de baja la cuenta?