Acceder

Participaciones del usuario renciayera - Fiscalidad

renciayera 10/01/25 13:42
Ha respondido al tema Segunda hipoteca sobre vivienda alquilada. Derecho a desgrabacion?
Entiendo que no, son deducibles los intereses del préstamo dedicado a la compra. Si este nuevo préstamos lo dedicas a otras necesidades los intereses no los puedes deducir de los rendimientos.Manual IRPF 2023 Se consideran incluidos entre los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos, entre otros, los siguientes: 1. Intereses y demás gastos de financiación Son deducibles los intereses y demás gastos de financiación de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien, derecho o facultad de uso o disfrute, así como, en su caso, de los bienes cedidos con el mismo. 
Ir a respuesta
renciayera 28/12/24 13:12
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Sería conveniente poderlo consultar telemáticamente sin necesidad de hacerlo presencialmente, pero espero y agradezco que nos informesUn saludo
Ir a respuesta
renciayera 28/12/24 12:36
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Una pregunta¿Cómo se puede preguntar a la AEAT la situación en la que se encuentra la solicitud que presentamos con el formulario general a partir del IRPF del 2023?Un saudo
Ir a respuesta
renciayera 03/12/24 19:12
Ha respondido al tema Artesanía y fiscalidad 2024
Si la renta la pagas tu si, si no noImagina un hijo abogado autónomo, su padre tiene a su nombre y le paga el arrendamiento de la que es su vivienda habitual. No podrá deducir ningún gasto de la habitación que use como despacho Esperamos comentarios
Ir a respuesta
renciayera 16/11/24 10:05
Ha respondido al tema Embargo hacienda
De acuerdo "mivisa", "enasua" pero es que "cavalistico" habla en singular y dice que cobro, no que ese importe lo tenga depositado en alguna cuenta bancaria.Esperamos comentarios
Ir a respuesta
renciayera 15/11/24 20:22
Ha respondido al tema Embargo hacienda
Con 1.600,00 Eu/mes líquidos, solo te pueden embargar 139,80 Eu/mes (El 30% de 1.600 - 1.134 = 466,00)Esperamos más comentarios
Ir a respuesta
renciayera 12/11/24 20:16
Ha respondido al tema Sujeto pasivo de iva
Claro, es lo que te comento en mi primera intervención.- Vosotros lo comprasteis, sin Iva con ITP porque ya era por lo menos una segunda transmisión- Ahora, aunque me repita, "siempre de acuerdo con vuestro comprador"  - Se lo arrendáis durante un mes para lo que os tenéis que dar de alta como sujeto pasivo del    Iva. (modelo 036)  - Al mes se lo vendéis en el precio acordado, más el 21% de Iva correspondiente (tal como el      comprador quiere), le  cobráis el Iva, ese Iva lo ingresáis en hacienda con el modelo 303 y      todo arreglado.   - A vosotros os queda el precio neto que hayáis acordado   - El comprador paga un Iva que en el mismo trimestre se deduce y se ahorra el ITPEsperando más comentarios
Ir a respuesta