El problema es recibir ayudas públicas y luego destinarla a cualquier otra cosa que no sea tu vivienda habitual.
Pero si no recibes ayuda alguna (prestamo convenido, cheque vivienda, ayuda directa) que yo sepa nada pueden hacerte. Incluso si quieres puedes vender la vivienda, en este caso al precio máximo que te marque la consejería de tu comunidad.
En caso de recibir ayudas o deducirte lo pagado en la declaración como vivienda habitual te expones a que te hagan devolver las ayudas con intereses.
Pero si no recibes ayudas, nada hay que rascar.
Saludos.
Quitartelo no creo. Siendo de VPO lo que yo haría sería no pedir ninguna subvención (si es que queda alguna) y por supuesto no deducirte en la declaración de la renta por vivienda habitual. Lo mantienes vacío, lo alquilas o lo que quieras. El piso es tuyo y nadie te podrá decir nada.
Saludos.
1. No te pueden obligar a firmar con el banco que ellos tengan la hipoteca. A ellos les interesa que te subrogues porque si te cambias los gastos que acarree los pagan ellos (puede que te los quieran encasquetar también).
2. Ayuda a la entrada creo que no ha desaparecido, la que ya no te podrás acoger es la del subsidio de la cuota del préstamo. Aparte tienes el cheque de la comunidad valenciana aunque de momento no lo han quitado no tengas prisa en cobrarlo (yo voy a hacer 3 años desde que me lo aprobaron y todavía no he visto la pasta).
Firmes un préstamo convenido o no, la vivienda sigue siendo de protección oficial, y en función del tipo de VPO pues sigue teniendo la condición. Las de régimen general tienen la condición 30 años y no se pueden vender antes de 10 años (salvo casos concretos).
Si lo vendes antes de 10 años te tocará devolver las ayudas con intereses pero si tu vas por libre y no pides ninguna ayuda pues no hay nada que devolver.
3. En los préstamos convenidos no te pueden obligar a contratar nada.
Pero pasa lo de siempre, igual te quieren colocar algo y si no aceptas simplemente te dicen que no te conceden el préstamo. En cualquier caso si te ves obligado a firmar algo, que sea que lo puedas dar de baja al año siguiente.
Saludos.
Yo tengo entendido que el subsidio ya lo han quitado y no hay renovaciones.
http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2012/refc20120713.htm
Subvención de préstamos para vivienda protegida: Se mantiene la cobertura para los beneficiarios que tienen reconocida la ayuda. No obstante, no entrarán nuevos beneficiarios.
Lo que no me queda claro si cuando hay que renovar la ayuda te tratan como nuevo beneficiario.
En ese párrafo no dice nada que impida amortizar cuota o plazo. Imagino que ese párrafo se referirá a que si tus vencimientos por ejemplo son los días 1 de cada mes y tu amortizas el día 15, pues en la siguiente cuota a la amortización te incluirán la parte de intereses que van del 1 al 15 (hasta que has amortizado) calculados respecto al capital que debías hasta ese momento.
En mi opinión si que puedes sin problemas. Prueba a llamar al 917284911 a ver si te lo pueden confirmar. Es un número de lo que era antes el ministerio de vivienda.
Yo llamé hace ya tiempo para preguntarles sobre mi préstamo vpo, no se si seguirá funcionando el número.
Saludos.
Vaya... ya no lo recordaba. Hace 2 añitos justos.
Desde mi punto de vista afecta a tanto parcial como total. De todos modos, pone que hay que aguantar 5 años en caso de recibir ayuda directa a la entrada para no devolver la ayuda pero se refiere a la ayuda a la entrada.
El caso que nombras es de hace más de 5 años por lo que ya ha pasado el tiempo y además la ayuda que ahora recibe es otra (el subsidio de cuota). Lo que si dejaría de recibir es la ayuda si cancela el prestamo. Ahí ya es valorar si compensa los intereses que pagas y la ayuda recibida.
Saludos.
Estoy tirando de movil y no puedo buscarlo pero en el BOE estan todos. Igual en la web del ministerio fomento hay enlaces a los planes por algún sitio.
En el plan 2005-2008 no puedes amortizar ni parcial ni totalmente si recibes ayudas estatales y tanto la ayuda a la entrada como subsidio de cuota (la que te restan mes a mes de la hipoteca) lo son. En caso contrario te podran hacer devolver las ayudas.
El subsidio son 5 años. Si renuevas la ayuda otros 5 (esto ya lo han eliminado a futuras renovaciones) hay que esperar otros 5 años.
Pero si la compró en 2003 pertenecerá a un plan anterior y habrá que ver qué dice ese plan que no tiene por qué ser igual.
Devolver ayudas y con intereses. Yo esperaría a que se finalizase el subsidio que le dan en cada cuota.
Edito: Si lo quieres confirmar tendrás que verlo en el plan de vivienda correspondiente. En el 2005-2008 es como te digo, en los anteriores no estoy seguro.