Ayer publiqué una entrada en este hilo posicionándome a favor de la tesis de José Luis sin haber visto el debate y diciendo que sólo eran interesantes los PP para las rentas altas. Lo cierto es que me dejé llevar por la oposición que tomé a los planes de pensiones cuando se eliminó la reducción del 40% si se recuperaba en forma de capital. En su día me pareció tremendamente injusta por cuanto para el resto de rentas del trabajo si existe esa exención (ahora el 30%) para compensar el efecto de la progresividad del impuesto.
Ahora me toca reconocer que Marcos me ha movido la silla tanto que me he caído de ella y no puedo hacer otra cosa que darle la razón en todo su razonamiento. Cuando vi su video en youtube
https://www.youtube.com/watch?v=aANL0beHCwU, en concreto en el minuto 5:10, me quedé fascinado por la forma sencilla de presentarlo. Excelente la forma de acabar con el debate: Suponiendo el tipo marginal igual tanto en el momento de la aportación como en el momento de cobrar la pensión, SIEMPRE es mejor la opción de suscribir PP con respecto a FI y sólo en el caso de que las rentas del sujeto pasivo vayan a incrementarse substancialmente en el futuro, podría ser al contrario. Después de visionar este video, sólo me quedaba por ver el debate para ver que podía aportar José Luis para defender sus argumentos y hacerme ver que no podía ser tan fácil como Marcos lo planteó.
A continuación os presento mi valoración sobre las aportaciones hechas por José Luis:
No considero que los PP estén perjudicados porque toda la renta futura sea considerada como renta del trabajo porque es lo que corresponde para que los PP sean neutrales desde el punto de vista impositivo tanto para el contribuyente como para la agencia tributaria. Considero, eso sí, que debería restablecerse la deducción del 30% si se rescatase como capital para equipararlo al resto de rentas procedentes del trabajo.
Es muy improbable que el tipo impositivo máximo en IRPF se incremente substancialmente en el futuro. De hecho, desde el restablecimiento de la monarquía, ese tipo máximo no ha hecho otra cosa que reducirse, pasando de un 65% en 1978 a un 43% en 2006, pasando por un 53% en 1991, un 48% en 1996 y un 45% en 2002. Con la crisis, se volvió a incrementar el tipo máximo llegando al 52% en 2012 (subida de 9 puntos desde el mínimo). Este porcentaje de subida es justo el sufrido por el coeficiente máximo de las rentas del ahorro que pasaron del 18% hasta el 27%. Conclusión: tendencia a la bajada del tipo marginal máximo, incluso así lo sugiere José Luis en el post 116 de este hilo (creo que no se hace en mayor medida porque electoralmente no interesa) y, en caso de necesidad de subida de impuestos, es previsible una subida impositiva igual de fuerte en las rentas del ahorro que las del trabajo por cuanto se acepta mejor socialmente (generalmente se vincula la capacidad de ahorro con la riqueza).
La tabla de tasas de sustitución para Europa, que nos presentó Marcos en el post 88 de este hilo, habla bien a las claras del camino que llevarán nuestras pensiones en el futuro. Tendremos muy difícil que el tipo marginal aumente en el momento de la pensión con respecto a la situación previa para la inmensa mayoría de los que nos jubilemos a partir del 2040, incluso desde antes.
Aunque es cierto que el Impuesto sobre el Patrimonio puede afectar a las rentas pendientes de cobrar del PP, también es cierto que eso sólo afecta en el momento en que se arranca con su rescate. Además, en el caso de los FI están aún peor por cuanto contabilizan en el Impuesto del Patrimonio en todo momento, según tengo entendido. No veo, por tanto, el efecto negativo de tener un PP con respecto a tener un FI, más bien considero que es al contrario para los que tengan un patrimonio superior a 700.000 euros, a los que interesaría más subscribir PP que FI. Igual estoy equivocado y entendí algo mal porque José Luis lo expuso muy convencido, pero es que no acabo de verlo.
Estoy de acuerdo con José Luis, eso sí, en que la poca oferta de planes de pensiones, el hecho de no poder suscribir PP extranjeros y la iliquidez son los puntos flojos principales de esos instrumentos pero pienso que este último problema, la iliquidez, se ha reducido substancialmente al poder rescatarlos a los 10 años (que no es mucho más del horizonte temporal que todo el mundo recomienda para inversiones a largo plazo, sobre todo en value).
Por último, de la exposición de José Luis considero muy acertado la presentación de la ventaja de los FI con respecto a los PP en el caso de fallecimiento del partícipe derivado de que los beneficios en el fondo de inversión están exentos para los herederos. Aún así, pienso que al ser los fondos traspasables y no tributar por el rendimiento hasta el momento de su reembolso, dudo que esa exención se mantenga en el tiempo porque la hacienda pública dejaría de ingresar su trozo del pastel y no tiene excesivo sentido. Creo que es algo que se acabará corrigiendo en nuestro sistema impositivo.
Disculpadme por el tostón pero es que vi la fórmula de Marcos y me emocioné por su sencillez y claridad.
Gracias a Marcos y José Luis por “regalarnos” este debate y a Rankia por seguir haciendo esfuerzos en convertirnos en mejores inversores.