Vagalume
05/07/10 08:25
Ha respondido al tema Duda en cuenta vivienda.
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Muy buena la alusión al santoral! :-D
Efectivamente, te conceden un año para que te asientes definitivamente en tu nueva vivienda, a no ser que ésta sea de protección oficial, en cuyo caso el plazo se limita a tres meses (mi caso).
Yo he aportado a una cooperativa todo el saldo de mi cuenta vivienda. El piso me lo entregarán a finales del próximo año, si todo marcha según lo previsto.
Por cierto, supongo que sabes (y si no es así yo te cuento) que el dinero de tu cuenta vivienda lo puedes usar para comprar una casa en construcción (incluso sobre plano). Desde el momento en el que tú haces el primer pago al constructor con dinero procedente de tu cuenta vivienda, se abre un nuevo plazo de cuatro años para que la vivienda sea construida y pase efectivamente a tus manos (escrituras). Durante ese período, puedes seguir deduciendo por pagos al constructor (la máxima cantidad deducible anualmente por este concepto es 9015 euros, igual que sucedía con la cuenta vivienda). Una vez que se han firmado las escrituras, es cuando da comienzo el plazo de un año para irse a vivir allí. (En tu caso particular, al tratarse de una donación de una casa no terminada, no tengo claro cuál sería la fecha de referencia... busca un caso similar en las consultas de la DGT)
En cualquier caso, con independencia de que inviertas tu dinero en una vivienda ya terminada, hecha a medias, o sobre plano, la cuenta vivienda la debes cancelar este año 2010, usando la totalidad del saldo (más lo intereses) para el pago de aquélla.