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Vicente P 12/02/23 18:30
Ha comentado en el artículo Mejores brokers con cuentas de saldo remuneradas de 2024
Inbestme ofrece también una cuenta de ahorro en Euros interesante al 1,40 % TAE desde 1.000 euros, además de en USD al al 3,6 %TAE con cobertura en ambos casos del  FOGAIN (Fondo de Garantía de Inversiones en España) . Ambas han modificado su remuneración TAE al alza en diciembre de 2022, según el enlace  Cuenta de ahorro inbestMe: La cartera alternativa al depósito , y es previsible según ese mismo link que lo hagan en el futuro, en función de la evolución de los tipos de interés oficiales del BCE y de la FED.
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Vicente P 02/12/22 14:10
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
si te pasas de 50.000 € a 31.12. o del saldo medio del 4T del año tendras que pesentar el modelo 720 a Hacienda antes del 31.03 del siguiente ejercicio.
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Vicente P 13/11/22 12:22
Ha comentado en el artículo Planes de pensiones: Buenas noticias para algunos rescates
Me matizo. En base a esa sentencia del TEAC, tenemos derecho a realizar el rescate de esas participaciones anteriores al 31.12.2006 con la deduccion del 40% en :fecha posterior a la real y efectiva de la jubilacion por la Seguridad Social, y esto corresponde al ejercicio fiscal, el año  en que se produce esa jubilacion . Y en la declaracion del IRPF de ese ejercicio fiscal, a realizar el año siguiente, ya habrá que consignar dicho rescate "inicial"y tambien en los rescates que se realicen en los dos ejercicios fiscales posteriores enteros al del año de esa jubilacion.Esto significa que si una persona se jubila un 28/07/2023 podría rescatar participaciones de antes de 31.12.2006 con derecho a deducción despues de ese 28.07, hasta el 31.12.2023, y luego en cada uno de los dos años posteriores , o sea en 2024 y en 2025. Puede rescatar por tanto, hasta 31.12.2024 y/o hasta 31.12.2025 , o sea en cada uno de estos dos años.En conclusion puede dividir hasta en tres partes el total a rescatar ( y poner participaciones en líquidez .. ) , segun lo que decida para cada año :  una parte en 2023 ( post 28.07 ), otra en 2024 y otra en 2025, y en cada uno de esos años, con varios rembolsos tambien procedan de uno o varios planes de pensiones.  Cada uno de los rescates irá afectado de la retención IRPF correspondiente , lo que efectuará la entidad gestora en base a la formalizacion previa del modelo 145 de la AEAT.Y tambien desde el 01.01.2025 podremos rescatar por la contingencia de participaciones con 10 años o mas de antiguedad, las que reunan esa condicion, que con tratamiento  fiscal muy diferente a los derechos consolidados de las participaciones anteriores a 31.12.2006. 
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Vicente P 10/11/22 12:32
Ha comentado en el artículo Planes de pensiones: Buenas noticias para algunos rescates
Esto equivaldría a que se podrían hacer los rescates en los dos ejercicios fiscales posteriores a la fecha de la contingencia de jubilacion si esta tiene lugar pej este año de 2022 o posteriores y no necesariamente en el mismo ejercicio fiscal. Dos ejercicios fiscales que cubren el periodo desde la jubilacion del 1er año y los dos años naturales siguientes.Aun asi con la sentencia del TEAC yo no me arriesgaría mientras Hacienda no haga los cambios legales pertinentes o la DGT de Hacienda no haga respuestas con esta nueva interpretacion a consultas vinculantes en esta materia 
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Vicente P 23/09/22 11:18
Ha comentado en el artículo Yo diseñe y fabriqué garantizados. Otro punto de vista complementario del de Llinares.
Este tipo de productos con las características aconsejadas no se ha comercializado nunca en España ni creo que se vaya a ofertar en el futuro. Los garantizados de hoy  con rentabilidad prefijada  están saliendo con TAE  garantizadas muy inferiores a las que dan los depósitos, a su su vez garantizados por el FGD de España, o mejor si son productos de otros países por los FGD de Francia , Alemania e Italia. Cuando se darán cuenta los inversores que esos productos de lo que están perdiendo y de lo que le pasan al gestor, custodio y comercializador ? 
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Vicente P 20/01/22 11:10
Ha respondido al tema Depósitos Renault Bank
La unica  correccion- creo- es que la 1ª regularizacion hecha esta semana con fecha del 15/12/2021 y abonada el pasado martes 18/01  es porque los intereses devengados del 10-sep-21 al 30-11-21 debían liquidarse al 0,5% y no al 0,3% aplicado 
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