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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a cdsioux
    -
    #6320
    21/01/17 16:29

    Cdsioux, como sabes que los propietarios son extranjeros que no residen en España? Lo de que son extranjeros entiendo que lo sabes por nombre y apellidos, pero como sabes si viven en España o no?

    Saludos

  2. en respuesta a reydmus
    -
    Top 100
    #6319
    21/01/17 16:22

    A ver, macho, si se trata de un castillo feudal con las murallas y la torre del homenaje intactas... no, no creo que te lo dejen llevar por mil euros. Ahora, que si es una perrera en un pueblecillo olvidado y semidehabitado de la serranía, entonces puedes probar.

    Joer, que cuando dijiste de pujar algo ridículo no pensé que te refirieras a menos de mil euros por una casa.

  3. en respuesta a reydmus
    -
    #6318
    21/01/17 16:08

    No creo que acepten menos de un 15% de la valoración del bien. Pero por probar no pierdes nada. Ah, pide la nota simple y te enteras de la deuda.

    Saludos
    DAvid M

  4. en respuesta a Jotaerre
    -
    #6317
    21/01/17 13:35

    Ha habido varias subastas previas y no se ha adjudicado. La deuda la desconozco ya que en las subastas de hacienda no las indica. Lo de pujar algo ridiculo es lo que habia pensado, lo que no se es hasta donde llega la definicion de ridiculo para hacienda y si adjudica a precios ridiculos.

    Es para un regalo con un simple valor sentimental pero como tal yo no pagaria ni un euro. No se si hacienda adjudica a 1€, 10€, 100€, 1000€, etc pero vamos que 1000€ no doy ni loco.

  5. en respuesta a reydmus
    -
    #6316
    21/01/17 08:21

    Buenos días,
    Hombre, también dependerá de la deuda y de los antecedentes de las subastas previas.
    Saludos,

  6. en respuesta a reydmus
    -
    Top 100
    #6315
    21/01/17 07:46

    Puja algo ridículo y a ver qué tal

  7. #6314
    21/01/17 02:39

    Resulta que hacienda subasta un bien en adjudicacion directa y querria comprarlo para regalarlo asi que la cosa seria saber el precio minimo que acepta hacienda.

    Cuento la historia porque tiene su miga. Resulta que en la posguerra a causa del hambre se vendio un bien por harina, tal cual, para comer. Se aprovecharon de la situacion y consiguieron un bien inmueble que por estar en un pueblo perdido hoy en dia pues es invendible pero tiene su valor sentimental. Querria comprarlo y devolverlo a sus dueños originarios, aunque sean descendientes.

    Hacienda se va a morir del asco antes de venderlo pero no se si pujar algo ridiculo o si en el fondo si hay un minimo.

  8. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #6313
    20/01/17 22:57

    Gracias Tristán,

    Estoy seguro que tu método acierta infinitamente más que el de todos estos, y de los tasadores mejor ni hablo.

    Lo de estudiar...es casi un jovi, soy inquieto y curioso por naturaleza, que se le va a hacer.

  9. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #6312
    20/01/17 22:12

    Puede ser, pero estas técnicas las observo en inmuebles cuyos propietarios son extranjeros que no residen en España o en inmuebles de herencias cuyos herederos son desconocidos o pasan del tema...Creo que está todo bien estudiado...Además, con lo poco transparente que es el sistema, cómo se entera el ejecutado que ha sido el ejecutante el que ha quebrado, que debería de ser informado por ser parte, sí, pero....El único problema es que el depósito cubra la deuda y la vivienda vuelva al propietario pero no suele darse este caso....No sé....yo estoy empezando en ésto de las subastas pero, o elijo muy mal o en casi todas que había seleccionado han pujado por encima del valor real de calle y del 70% del valor de tasación....A ver si con el curso aprendo a elegir mejor las presas o poder detectar esos cotos privados que dónde dices que cazas jejejeje.

  10. #6311
    20/01/17 21:27

    Expongo un caso:
    Se trata de una vivienda en construcción, que tienen una hipoteca de promotor como primera carga por un valor en subasta de 250.000 euros a favor de la entidad BANCAPEPE, se expide certificación de cargas porque no paga ( que finalmente no se ejecuta ) . Se inscribe un embargo a continuación a favor de la empresa constructora ( que no es la propietaria ) una anotación preventiva por credito refaccionario ( que básicamente es por el valor de lo construido ), y a continación un embargo por titulos no juedicales por el mismo Banco de la Hipoteca primera BANCAPEPE.
    Parece ser que al Banco no le interesa ejecutar la hipoteca porque ha prestado poco dinero ( es un prestamo de promotor que se va liberando con las certficaciones) y si ejecuta por la primera hipoteca, y se la adjudica por la deuda que es menos del 50% del tipo, está a la expensa de lo que diga el LAJ de turno, y puede que como existe el embargo posterior no lo acepte y no apruebe el remate.
    Por lo tanto. lo que hace el banco es ejecuta la hipoteca como Títulos No Judiciales ( embargo posterior) y se la adjudica por la deuda quedando subsistente el embargo de la constructora, pero si que se libera de la carga de la primera hipoteca y del embargo de BANCAPEPE.
    He simplificado, el caso es mas complejo, pero la operativa es la descrita.
    Mi pregunta es la siguiente:
    ¿ suele ser esto habiual ?
    ¿ se puede identificar las ejecuciones de titulos no judiciales con una hipoteca que da lugar al embargo, y que esta inscrita anteriormente?.
    ¿ si una hipotaca se ejecuta por un embargo posterior por títulos no judiciales se tiene que liberar el bien de la carga del embargo y la hipoteca?
    Un saludo para todos.

  11. en respuesta a clanderjander
    -
    Top 100
    #6310
    20/01/17 20:28

    Bienvenido Clanderjander.

    Y un consejo, no estudies tanto. Cuando veas en el curso cómo taso yo los pisos vas a alucinar. Se parece más a chuparte el dedo y levantarlo para ver de dónde viene el viento que a todo lo que hayas podido leer de esas prestigiosas universidades.

    Y te aseguro que acierto mucho más.

  12. #6309
    20/01/17 19:17

    Buenas,

    Primero me presento. Soy lector del blog desde hace bastantes años ya, pero nunca he intervenido, para que, ¡si no tengo ni idea y menos visto el nivel! Bueno, me he animado a empezar a intervenir dado que espero poder hacer el curso de Tristán en breve y entonces preguntaré seguro cosas con sentido.

    Yo a parte del tema central de este hilo, la subasta y sus intríngulis procedimentales, también estoy intentando ver y analizar el resto del negocio antes de tirarme a la piscina, es decir, tasación, desratización, reforma y venta, y mientras estoy en ello intentando emular de manera bastante cutre al subastero geek (me estoy hinchando a aprender Python para hacer Scraping, recordando lo que sabía de GIS de la universidad etc…) me encuentro con una zona bastante oscura para mí en la valoración real del bien, es decir, en cuanto podríamos vender en un tiempo razonable, análisis imprescindible.

    No paro de leer Papers de prestigiosas universidades con los métodos de valoración más reconocidos e internacionales y con los más esotéricos, pero al final todos me parecen un poco brindis al sol, pues falta un dato fundamental para elaborar un modelo, la estadística de precio real de cierre de operaciones similares, si se quiere en €/m2 frente al Asking Price o precio de anuncio. Lo anterior solo lo tienen las inmobiliarias y quizás el notariado ¿no? ¿Vosotros que metodología a grandes rasgos seguís si se puede decir? Sé que Idealista tiene un servicio de pago de valoración basado entre otras muchas cosas en el precio al que los interesados empiezan a contactar con el anunciante en inmuebles colindantes, pero no sé hasta qué punto es fiable o si se desvía mucho de la realidad como por ejemplo el truño ese que se han inventado en el BBVA….

    Añadir que tengo familia política que se dedica profesionalmente a tasar para el estado, Patrimonio Nacional y tal..y cuando he visto alguna tasación suya de alguna casa familiar…no sé qué se fuman la verdad.

    Para acabar, agradecer enormemente a Tristán este blog y el gemelo, gracias Tristán por compartirlo desinteresadamente. Disiento de aquellos con años en el negocio que crean que esto les ha podido generar más competencia y que por tanto les ha podido perjudicar, desde mi punto de vista es todo lo contrario, cuando empiezas a leer y ves lo tremendamente complicado que es y los riesgos que tiene creo yo que lo que hace es quitar de en medio a muchos que se lo pensarán mejor y optarán o por no pujar o por hacerlo de la mano de un profesional.

  13. en respuesta a cdsioux
    -
    Top 100
    #6308
    20/01/17 15:48

    Habrá cosas raras, pero si es el ejecutante quien quiebra la subasta... ojo que ahí el ejecutado tendría mucho que decir

  14. en respuesta a cdsioux
    -
    #6307
    20/01/17 15:44

    Menos mal que no soy yo solo.
    Ayer iba a hacer dos reservas y es que no entiendo ya ni de subastas.

    Saludos.

  15. en respuesta a Alisios
    -
    #6306
    20/01/17 14:37

    Así es, Alisios y adjetivo. Me quedé a cuadros cuando me lo dijo la empleada del registro. Y por supuesto que no tiene razón. Esta es una engañifa más de las que intentan colar en sus minutas. Y si el cliente no dice nada ni reclama, más ganancia para ellos. He consultado el arancel de los registradores y dice literalmente así:

    Arancel 4.1.f

    Por nota simple informativa o exhibición, por cada finca, y cualquiera que sea el número de asientos que contenga el folio registral: 3,005061 euros.

    ¿Está claro no?
    Por CADA FINCA y CUALQUIERA que sea el Nº DE ASIENTOS.

  16. en respuesta a Jotaerre
    -
    #6305
    20/01/17 11:23

    Tienes razón, he tenido un lapsus, quería decir que si no se la llevan en la subasta hacen cualquier triquiñuela para llevásrsela después, lo que pasa que en el caso que el ejecutante haya pujado, y la mayor puja no sea suya y cubra la deuda, entiendo que ya no tiene opción alguna legal, tras la subasta de quedarse con el bien, salvo que haga alguna jugada para aumentar los intereses moratorios y las costas de forma que sean superior a la puja máxima y así birlarle la presa....aumque esto en deudas pequeñas en las que las pujas superan de sobra esa cantidades es muy dificil....
    Pero, en definitiva lo que pretendo decir es que se están haciendo ciertas maniobras que hacen que adjudicarse un bien sea muy dicifil, al menos los de un valor bajo....

  17. en respuesta a cdsioux
    -
    #6304
    20/01/17 11:03

    Muy probable, cdsioux, pero al tercero solo lo puede presentar el ejecutado.
    Saludos,

  18. en respuesta a Jotomar
    -
    Top 100
    #6303
    20/01/17 10:48

    ¿Para qué pujar antes del último día a la última hora?

  19. #6302
    20/01/17 10:40

    Señores qué esta pasando en esta subasta SUB-JA-2016-43488...el famoso cerito de más...en los dos lotes?....Yo ya no sé que pensar...Estoy observando cosas muy raras...
    En otras subastas por deudas con la CCPP, pujan hasta el valor real en la calle o incluso por encima...empiezo a pensar que están compinchados con el abogado de la CCPP...porque si él puja alto ahuyenta a los posibles postores, después la quiebra y el compiche que ha hecho reserva se la lleva, en el caso de que haya otro reservista superior, pues presenta a ese compinche de la mano como tercero y vámonos que nos vamos....todo ello poniendo la mano claro está....

    Es que sino no me explico tantas subastas con pujas que están al precio de calle de los inmuebles....

  20. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #6301
    19/01/17 23:50

    Cuándo recomienda usted pujar? El último día?


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