Re: Inversores de s-trade españa
No, no soy de S-Trade
Y no, no me parece divertido.
Lamento os hayan ofendido mis comentarios
No, no soy de S-Trade
Y no, no me parece divertido.
Lamento os hayan ofendido mis comentarios
No lo sé, a ver si "abogadodeprovincias" puede responder a esto que has reeditado sobre la denúncia, supongo, pero no me hagas mucho caso en esta ocasión, que la misma el juez la pasaría a la fiscalía que si considera que hay delito puede actuar de oficio, pero repito no soy abogado y no tengo conocimientos/experiencia en un tema así. Tengo experiencia (algo) en temas de demandas civiles, pero penales por fortuna no. También puede ocurrir, entiendo que el juez al que vaya a parar la denúncia la archive, no obstante y salvo error si la demanda hay que presentarla en el domicilio del causante (presunto causante) no sé si del mismo modo tal denuncia habría que hacerla en una comisaría del partido judicial de S-Trade ... a ver si "abogado...." responde a esto con mejor conocimiento legal.
A ver, esto es en líneas MUY GENERALES.
La acción penal puede iniciarse mediante dos formas típicas, la denuncia y la querella.
La diferencia estriba en que en esta última (amén de ser preceptiva para perseguir ciertos delitos, aunque no es vuestro caso) constituye al querellante como parte.
Te explico, cualquier ciudadano debe denunciar aquellos hechos que entienda que son constitutivos de delito ante la Autoridad competente (art 259 LECRIM) pero el hecho de interponer una denuncia , que constituye una "mera notitae criminis" o puesta en conocimiento de la autoridad judicial de un hecho que pudiera revestir naturaleza delictiva no constituye en parte a la persona que la efectue aun cuando ésta sea el presunto ofendido o perjudicado por el delito puesto que para ostentar la condición de parte es preciso un acto formal, esto es que se interponga querella (articulo 277 de la Lecrim en relación con el articulo 761.2 del mismo texto legal si de un Procedimiento Abreviado se trata) lo que otorga al querellante (que está ejerciendo su derecho constitucional a accionar) la condición de Acusación Particular y le confiere el derecho a recurrir la decisión del Juez que inadmitiendo a trámite la querella le traba dicho derecho ( articulo 313 de la Lecrim ) o bien en el caso de que se trate de alguno de los delitos que se sustancian por el cauce del procedimiento abreviado( articulo 757 de la Lecrim) que, incoado un proceso penal ( por ejemplo, porque se ha admitido la denuncia) el perjudicado u ofendido, una vez instruido de los derechos que le asisten conforme a lo dispuesto en los artículos 109 y 110 de la ley procesal , comparezca formalmente mediante abogado y procurador y manifieste su deseo de constituirse en parte (articulo 761, 2 de la Lecrim).
Es decir, si denunciáis (bien en comisaría, bien en el Juzgado) el Tribunal en el que se reparta, investigará los hechos y, en su caso, podrá proceder contra los presuntos culpables, pero vosotros no seréis parte en tal procedimiento, ni podréis exigir la imposición de una pena para ellos, ni recurrir la resolución que recaiga, sea cual fuera (aunque salvo que renunciéis, si el Ministerio Fiscal lo estima conveniente, ejercitará por vosotros las acciones).
Para obtener la condición de parte, y poder ejercitar las acciones circunstanciadas en el párrafo anterior, precisaréis bien presentar querella, bien personaros (en su caso) en la causa mediante Abogado y Procurador.
El problema, es que tal y como he puesto en algunos post de mi blog, muchos Juzgados entienden que en vuestro caso no se está en presencia de ningún tipo de delito y claro... La cosa se complica
De hecho, en el caso de Finanzas Forex, varios Juzgados de Instrucción archivaron no menos de 20 denuncias que interpusieron varios clientes afectados sin iniciar investigación alguna.
No busco clientes en Rankia, pero si tenéis cualquier duda sobre el proceso y demás (que, naturalmente, no colisione con la defensa que estoy llevando) escribidla y os contestaré.
Un saludo
Si lo entiendo bien, de tu respuesta, detallada respuesta, la cosa es:
Si se presenta la denuncia, la justicia a través de la fiscalía investigaría si hay indicios de delito, si los hay a su entender, iniciará las acciones que crea aplicables, pero los perjudicados no podrán decir ni mu al no ser considerados parte a estos efectos, incluso si la fiscalía entiende que no los hay y el juez archiva la denuncia, los perjudicados a callar.
Con lo cual me parece que has dejado muy claro que conviene a un afectado personarse como acusación particular, porque en caso contrario estás en la manos de terceros, y si observas que tus derechos no están siendo defendidos en tu opinión, o no con la contundencia que tu desearías, vas y te jodes……. estarás siempre a lo que estime la fiscalía, que no tiene porque ser un mal plan siempre, en algunas ocasiones puede coincidir con lo que harías como parte, en otras tal vez no …… yo si fuese afectado en un tema que tendrá tintes muy técnicos y con el actual colapso de la administración justicia, me parece una apuesta con ciertos riesgos.
Llegados a este punto tengo una duda, y perdona porque tal vez confundo las cosas, a ver yo tuve un problema, exactamente un acto de vandalismo que fue presenciado los la policía (ya es casualidad), ésta denuncia de oficio, como la cosa va de un vehículo (el mío) el juez archiva la denuncia, al considerar que es un asunto de tráfico, en este momento yo no era parte …… bueno me cabreo como una mona, nombro abogado y procurador y recurrimos el archivo ……. consecuencia, “se desarchiva” y se inician las actuaciones … y ahí estamos. Por tanto cuando la policía denunció yo no era parte, era el perjudicado, nadie me llamo a nada, me encontré con el archivo del tema, y me enteré porque me preocupe de saber que estaba ocurriendo dando la lata al juzgado ….. con lo cual si se denuncia ya queda claro que no eres parte, pero más tarde no puede uno “meterse” ….. lo digo porque parece que aquí están negociando con abogados, esperando ponerse de acuerdo en una reunión unos cuantos, en tiempo pasa y no precisamente a favor de los perjudicados ¿si uno denuncia? La cosa no iría para adelante y ganan el tiempo de ponerse de acuerdo y luego personarse como acusación particular.
Perdona mi confusión en estos temas.
No solo tu lo digo en general este Foro es para sentirse ofendido.
Parece que no interesa entrar a la ACCION.
Es de RISA Y DIVERTIDO os pasais casi todos los dias nada de nada.
Eso que la OPINION que no decaiga seguir co el cachondeo......
Actualmente, la investigación, en el Derecho Procesal Español, se denomina "Instrucción" y la hace el Juez de Instrucción.
La fiscalía también puede investigarlo, pero va a remitir las actuaciones al Juzgado porque ya hay denuncias de varios afectados.
En tu caso, tuviste suerte que te hayan admitido personarte en el asunto de tu coche, en muchos Juzgados o Audiencias, cuando se archiva la denuncia y no estás personado simplemente te remiten a que interpongas una querella (la doctrina, no es igual en toda España)
Es igual, denunciar o interponer querella, pero si no te "personas" si lo archivan no puede recurrir esa decisión.
Un saludo
Con todos mis respetos, creo que TODAS LAS RESPUESTAS, al menos mías (o esto he intentado indicar) también por mi interpretación de las mismas, las de Manolok y de Abogadodeprovincias …..van en la misma dirección “DENUNCIA YA, DEMANDA YA …. EL TIEMPO VA EN CONTRA”
¿No indicas tu lo mismo? Yo debo ser muy “cortito” pero no entiendo tu cabreo cuando unos intentan dar guías, ideas, etc. para evaluar ….. que luego no sirven, pues vale …… sin embargo no se hace por cachondeo, se hace para ayudar a quien quiera ser ayudado.
A partir de ahí, yo ya me habría largado hace algunos días, pero resulta que tus impresiones en nuestras intervenciones son compartidas solo un parte de los foreros, no de todos, como puedes comprobar.
Por supuesto que estoy MUY CABREADO se han llevado mi dinero por la cara.
Aqui en el foro nada mas se colabora para dar opiniones. Donde estan los verdaderos afectados. ¿Les da lo mismo que pierdan su dinero?. BASTA ya de tanta opinion y el que verdaderamente le interese, movamonos conjuntamente para ir por estos sinverguenzas de S-TRADE. ESTO YA MAREA puro CACHONDEO tanta opinion....