Yo creo que te estas complicando la vida ... y disculpa .... pongamos que te meten a juicio, lo harán por un procedimiento monitorio, que es sencillo https://www.rankia.com/foros/empresas/temas/478676-procedimientos-monitorios-para-cobro-deudas-importe, entonces vas a recibir un escrito del juzgado, para el cual tendrás 20 días hábiles para responder, no te hace falta abogado, pero eres tu quien debe demostrar que cumpliste ¿guardas en contrato? ¿tienes todos lo extractos de cuenta dónde aparecen las 30 nóminas? luego deberás hacerlo en un escrito, depende del juzgado, tal vez con tomarte declaración el secretario y las pruebas que tu aportaras sea suficiente ..... pero como te falta una sola demostración la tienes liada, que esto no va por un juicio donde hay un abogado, el fiscal y un juez, entre otras cosas porque no es penal, y la fiscalía no pinta un borrajo, y en vista podrías explicar, llevar papeltes ..... no, no un procedimiento de estos es mas simple, unos presentan papeles, el demandado lo suyo, y el juez dicta sentencia. Y como te pasen los 20 días, la has cagado, el juez decretará que ante ausencia de oposición la deuda es firme, entonces si que tienen un problema.
No, no, amiga, el camino del SAC es muuuuuuuuuuuuuuuucho mas simple y efectivo. Vale, vale, estás con un cabreo de tres pares y te encantaría "darles por ...." en una sala judicial, pero esto no es ser práctico, y además el monitorio solo pisa la sala si hay oposición, el juez la estima suficiente para determinar que lo que dice el demandante no se corresponde a lo que dice el demandado. Y te diré mas, vale no es tu caso, en nuestra empresa si en los últimos 5 años habremos presentado 40 ó 50 monitorios, todos de muy poco importe, ¿sabes cuantas oposiciones hemos registrado? pues exactamente tres, y a dos el juez les dijo que no era demostración suficiente, y el tercero, pues llegamos a un acuerdo. Y te hablo de empresarios o autónomos, que se supone que tienen al menos un gestor o asesor fiscal que les puede guiar un poco, o incluso que tengan abogado para otros temas, entonces una ciudadana como tu, va a ciegas ¿que harás? ¿contrataras a un abogado? pues vale, para monitorios inferiores a 2.000 € no es necesaria la concurrencia de abogado, si lo contratas es tu problema, el procedimiento no lo exige, repito, si no supera los 2.000 €, entonces ¿quien paga al abogado? me temo que tu, si no es obligatoria su concurrencia ¿el juez condenará al banco a pagarlo? yo lo dudo, pero en fin no soy abogado, no obstante si en la empresa presentamos monitorios por deudas sin abogado, con lo cual algo sabemos de ello, no mucho, pero algo si.