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Re: Seguimiento de Dia (DIA)
Lo del fraude contable-administrativo no digo que no sea interesante y lógico de cara a intentar recuperar algo (ahora que supongo que los abogados que animan a sus clientes a “ir a por el fraude contable que es lo seguro” no les estarán contando que el tal Currás y cía., no tienen ni por asomo patrimonio para responder, y resarcir, a los perjudicados por su timo… en cambio, el que sí tiene patrimonio y el que sí ha llevado a cabo un asalto desleal e ilegal a DIA ha sido otro… uno que ya está siendo investigado por esa misma práctica por otro ASALTO a otra empresa en dificultades. A los accionistas seguramente les habría ido mal TRAS Currás, pero ni por asomo TAN MAL como tras el mafioso, que ha dejado SECA a la compañía y ha derrumbado su cotización, llegando incluso a contar como cómplice a un alto cargo en su ASALTO, ya que de seguir la Ley de Opas jamás podría haber aplicado la excepción al Precio Equitativo apelando a la “voluntariedad” (y por tanto al 50% de aceptación), y la excepción a la “voluntariedad” y el 50% de aceptación… cambiando lo que se considera Precio Equitativo en favor del opante, y en ningún caso de los accionistas (art. 31.1)… y todo ello antes de consumir plazos, sin dar opción de “negociación” a los accionsitas opados, que se vieron “luchando con una mano atada a la espalda”.
DESCONFIAD de cualquier abogado que os diga que “hay que ir a por Currás y demás mindunguis” y que hay que “olvidarse del mafioso y su secuaz”… aunque sólo sea porque donde hay dinero donde rascar sea en el segundo caso y EN NINGUN CASO, en el primero… amén de que unos son culpables de merma patrimonial por mala gestión… y los otros los son por ROBO... los penalistas del foro podrán aportar luz sobre qué tipo de delito comporta mayor responsabilidad y pena...