Muy malas noticias para ti, buenas para el resto de la humanidad:
Tanto la Unión Europea como el Gobierno de Boris Johnson asumen ya que lo más probable es que no haya acuerdo del brexit. Reino Unido abandonará el próximo 31 de diciembre el mercado único y la unión aduanera con una ruptura total, sin un pacto comercial que amortigüe el impacto de la salida. Iberia y Vueling se salvan de las turbulencias del brexit caótico y podrán seguir volando con normalidad dentro de la UE, según ha asegurado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
Durante muchos meses, Bruselas ha expresado dudas sobre los planes de Iberia, Vueling y su matriz IAG para garantizar que seguirán siendo compañías europeas tras el brexit. El origen del problema está en la propiedad de la compañía. La normativa europea establece que el 50% del capital de las empresas con licencia de vuelo en la UE debe ser propiedad de accionistas de Estados miembros. Tras la salida de Reino Unido, los accionistas británicos dejan de contar como europeos, y de ahí la dificultad.
Sánchez asegura que este escollo "en principio está resuelto". "No habría problema para que Iberia pudiera operar en el espacio aéreo europeo después de la salida de Reino Unido de la UE", ha dicho este viernes el presidente del Gobierno durante la rueda de prensa posterior al Consejo Europeo celebrado en Bruselas.
El grupo presidido por Luis Gallego recuerda que las aerolíneas presentaron sus planes sobre propiedad y control a las respectivas autoridades nacionales en España e Irlanda. “Los reguladores de estos países confirmaron que los planes cumplen con la normativa aplicable sobre propiedad y control de la Unión Europea en caso de un brexit sin acuerdo. La Unión Europea ha sido notificada acerca de los planes por parte de las respectivas autoridades nacionales”, añaden.
La propiedad
Para hacer cumplir la legislación europea en materia de propiedad, el pasado año IAG estableció un límite en el porcentaje de los inversores no europeos en el 47,5% del capital. Una vez cumplido, a principios de este año, levantó este límite.
Más tarde, como consecuencia de la crisis del coronavirus, el
holding acometió una
ampliación de capital por 2.750 millones de euros con el objetivo de mejorar su balance y su posición de liquidez. Tras la ampliación de capital, Qatar Airways -el mayor accionista de IAG-
aumentó su peso al alcanzar el 25,1% de las acciones.
Y aquí es donde la duda está sembrada puesto que el anterior límite (47,5%) no contemplaba como capital no comunitario al británico (que tras el brexit sí lo sería) y la ampliación de capital podría suponer cambios también en el accionariado que desde IAG no revelan, sino que se ciñen a los acuerdos anteriores.
También hay ciertas lagunas sobre si una salida abrupta podría romper dichos acuerdos; cosa que fuentes cercanas a la empresa no contemplan.
Acuerdos en 2019
La cronología arranca en abril de 2019, cuando las compañías españolas del grupo IAG afectadas por la problemática del brexit (Iberia, Vueling e Iberia Express) presentaron ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), organismo dependiente del Ministerio de Transportes responsable de la emisión de las Licencias de Explotación a las compañías aéreas españolas, un plan para el cumplimiento de la normativa europea una vez que Reino Unido dejara de formar parte de la UE de forma definitiva.
En junio de ese mismo año el plan fue aceptado por AESA, condicionado a su efectiva implementación antes de que la legislación europea dejara de aplicarse definitivamente a Reino Unido, algo que sucederá a la finalización del periodo transitorio el próximo 31 de diciembre.
“Y todo ello sin perjuicio de las competencias de verificación del cumplimiento que la normativa de aplicación asigna a la Comisión Europea. Las compañías afectadas han indicado a AESA que están en disposición de implementar el plan de medidas antes de que finalice el año”, señalan a Invertia desde el Ministerio.
“Se trata de un plan para mantener el cumplimiento de la normativa europea de explotación de servicios aéreos, una vez finalice el periodo transitorio y Reino Unido pase a ser considerado un tercer país a todos los efectos. El cumplimento de esta normativa es condición necesaria para mantener la licencia de explotación”, añaden desde el Ministerio.
Desde el Mitma defienden que la licencia de explotación es, en definitiva, el título que habilita a las compañías aéreas de la UE a prestar servicios aéreos comerciales. Adicionalmente, la licencia les garantiza el libre acceso al mercado aéreo intraeuropeo.
Además, cabe recordar que IAG tiene el control económico de Iberia y Vueling, mientras que el poder político de Iberia está en manos de la sociedad española Garanair (controlada por El Corte Inglés). Un punto a favor más a la hora de defender la nacionalidad de estas compañías aéreas.
El poder de Bruselas
El Ejecutivo comunitario no ha contestado a las preguntas de este periódico sobre si ha dado su aval a los planes de IAG. Bruselas ha propuesto un reglamento de emergencia para mantener las conexiones aéreas básicas entre la UE y Reino Unido si se confirma el brexit caótico. Pero no tiene intención de dar más tiempo a las compañías para que ajusten su estructura accionarial porque ya lanzó varios ultimátums el año pasado.
"Algunas aerolíneas han llevado a cabo las actuaciones necesarias, y las medidas de contingencia no deben dar una ventaja injusta a las partes interesadas y empresas que pueden haber omitido adaptarse a la nueva situación", explica el Ejecutivo comunitario, sin citar a ninguna aerolínea en concreto.
Si detecta que no se cumplen las condiciones, Bruselas tiene poder para en última instancia suspender o revocar cualquier licencia. Eso significa que la compañía en cuestión ya no podría operar rutas intracomunitarias. Por ejemplo, Iberia ya no tendría permiso para hacer el puente aéreo Madrid-Barcelona ni ninguna otra conexión dentro de España. Únicamente podría realizar las rutas entre España y Reino Unido si obtiene licencia británica.