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Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

104 respuestas
Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital
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Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital
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Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Ajajaj ya está aquí el cuando dices.......
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Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias. La verdad es que yo no sabía que la Rai computaba y la descontaban. Teniendo en cuenta la rai que cobre en 2020 y haciendo la cuenta que me indicó Habisya, me cuadra la cuota que me han dejado ahora para 2022 Con respecto a los 423 que me han estado pagando durante este año 2021 he hecho la misma cuenta con 1  mes de Rai que cobré en 2019 y también me cuadra la cantidad. Otra cosa es que no esté de acuerdo con que se compute la rai. Y también estoy nerviosa por lo que pagaron de más con los atrasos. He conseguido hablar con Seguridad Social y no me dan información de nada. Que espere a la carta y si no estoy de acuerdo que reclame. Tal cual. Gracias de nuevo, no creo que mi caso pueda defenderse pero si es verdad que me siento muy perdida
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Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Lo he releido y es todo mentira, siguen descontando la RAI en cualquier caso porque han mezclado que no se resten los subsidios con la "pobreza sobrevenida". Si el ejercicio anterior cumplias los requisitos se sigue restando y en el otro caso se restaria parte. Pero es que ademas tambien eso es mentira porque aunque restan ingresos del año en curso tambien miran el año anterior, eso de la "pobreza sobrevenida" quiere decir que no lo podias pedir el año anterior por tener rentas dos años antes. Vamos que esencialmente sigue todo igual. Esto es tan retorcido y tan vil que es dificil de entender. Ademas no se para que retuercen tanto la ley si luego no la van a cumplir. Y tambien dijeron que iban a legislar para no desincentivar el empleo y no lo hicieron, los ingresos del trabajo se siguen descontando integros (anunciaron que establecerian la parte que se restaria). Es el articulo 11, por si alguien quiere perder el tiempo leyendolo:
5. Cuando no se reúna el requisito de vulnerabilidad económica en el ejercicio anterior, se podrá solicitar desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre del año en curso el reconocimiento del derecho a la prestación de ingreso mínimo vital en aquellos supuestos en los que la situación de vulnerabilidad económica haya sobrevenido durante el año en curso.
Para acreditar la situación de vulnerabilidad económica producida durante al año en
curso, se atenderá exclusivamente al cumplimiento del requisito de ingresos de conformidad con lo previsto en el apartado 2 de este artículo, considerando para ello la parte proporcional de los ingresos que haya tenido el beneficiario individual o, en su caso, la unidad de convivencia durante el tiempo transcurrido en el año en curso, de conformidad con los datos obrantes en los ficheros y bases de datos de la seguridad social que permitan la verificación de dicha situación, o bien, y en su defecto, lo que figure en la declaración responsable para el año en curso. En todo caso, para el cómputo de las rentas del año en curso no se tendrán en cuenta las prestaciones o subsidios por desempleo, en cualquiera de sus modalidades, incluida la renta activa de inserción, ni la prestación por cese de actividad, percibidas durante
dicho año siempre que en el momento de la solicitud de la prestación de ingreso mínimo vital el derecho a aquellas prestaciones o subsidios se haya extinguido por agotamiento, renuncia, o por superar el límite de ingresos previsto, en su caso, para el mantenimiento del derecho y sin que se tenga derecho a una prestación o subsidio. Estos extremos deberán ser acreditados en el momento de la solicitud de la prestación de ingreso mínimo vital mediante el oportuno sistema de interoperabilidad electrónica por medio del cual el Servicio Público de Empleo Estatal, o la entidad gestora de la prestación de cese de actividad, facilite al Instituto Nacional de la Seguridad Social los datos necesarios para su comprobación.
Asimismo, se requerirá que en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud el beneficiario individual o, en su caso, la unidad de convivencia, no haya superado los límites de renta y patrimonio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 y primer párrafo del artículo 21, apartado 7 de la presente ley, establecidos en el anexo IV, de conformidad con la información proporcionada a la entidad gestora de la prestación por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o las haciendas tributarias forales de Navarra y de los territorios históricos del País Vasco.
En todo caso, en el año siguiente al del reconocimiento de la prestación de ingreso
mínimo vital al amparo de lo previsto en este apartado, se procederá a la regularización de las cuantías abonadas en relación con los datos de promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas anuales computables de la persona beneficiaria individual o del conjunto de miembros de la unidad de convivencia, correspondientes al ejercicio en el que se reconoció la prestación, de conformidad con la información de que dispongan las Administraciones Tributarias, dando lugar, en su caso, a las actuaciones previstas en el artículo 19. 
 
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Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

En la práctica: para acogerte a la medida de misería súbita; para una persona (como ejemplo), has de haber percibido el año anterior una cantidad inferior al máximo de cuota de IMV que te hubiera correspondido, en este caso: 5639,20 (2021) menos 10 euros x 12 meses= 5519,20 euros. Y no tener ningún tipo de ingreso de enero a marzo....??? (si los hay:  ingresos; habrá que ver cómo los restan???) para poder solicitarlo a partir de el 1 de abril hasta el 31 de diciembre.

Es una criva que va a pasar poca gente; está claro.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007

Artículo 11. Situación de vulnerabilidad económica.

2. Se apreciará que concurre este requisito cuando el promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas anuales computables de la persona beneficiaria individual o del conjunto de miembros de la unidad de convivencia, correspondientes al ejercicio anterior, en los términos establecidos en el artículo 20, sea inferior, al menos en 10 euros, a la cuantía mensual de la renta garantizada con esta prestación que corresponda en función de la modalidad y del número de miembros de la unidad de convivencia en los términos del artículo 13.
#66

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

En la práctica es lo mismo con una vuelta de tuerca, nada más.
#67

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Cuando dices "...  Cuando me empezaron a pagar el IMV con normalidad en febrero mi cuota la bajaron a 421 euros y es lo que he estado cobrando durante todo el 2021 exceptuando este mes que me lo han dejado en 123... " 

Tienes que presentar demanda ante los Juzgados de lo Social.

https://imvmadrid.wordpress.com/2022/01/19/como-presentar-una-demanda-ante-los-juzgados-de-lo-social/
#68

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Habisya,tu sabes si yo por ingresar 200€ mensuales que me deja mi hermana,me reduciran? Esque yo cobro 400€ de imv,y claro,si pago alquiler,luz etc,me quedo a cero...
#69

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Un ingreso de tu hermana en tu cuenta no es una nómina ni nada similar, eso no cuenta en nada puede ser para un regalo para un viaje o para cualquier cosa, es un ingreso personal 
#70

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Te doy un consejo, si tu hermana te hace transferencias periódicas de 200 euros, en tres o cuatro meses da aviso el banco a hacienda y te lo pueden considerar como una donación si es así, es incremento de tus rendimientos o sea que si que te lo pueden descontar, habla con un gestor que te lo explique bien.  Lo mejor, el dinero en mano es lo más preferible o, en mi caso, a mi me debían un dinero de algo más de 2000 euros y me hicieron bizum en varias veces y en mi declaración de la renta no ha aparecido, pero eso no quiere decir que ahora también lo controlen, esta gente está poniendo las cosas cada día más apretadas.  Un saludo.
#71

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Si te lo puede dar en mano mejor a veces cuando hay ingresos o transferencias frecuentes el banco informa a hacienda
#72

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Habisya,tu sabes si yo por ingresar 200€ mensuales que me deja mi hermana,me reduciran? Esque yo cobro 400€ de imv,y claro,si pago alquiler,luz etc,me quedo a cero...
#73

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Gracias por tu respuesta y a todos los demas!!
#74

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

Holaa!!! Una pregunta, he cobrado la Rai dos veces y ahora estoy cobrando imv, Tengo que pedir obligatoriamente la última pròrroga de la Rai que me queda??
#75

Re: Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital

No estas obligada dejate lo de la,rai por si en un futuro lo necesitas