Re: Recibida compensación clausula suelo COMO DECLARAR EN RENTA
El párrafo que a ti te afecta dentro de la explicación dada por la Agencia Tributaria, es el siguiente:
"Acuerdo con la entidad financiera, sentencia o laudo del año 2017 : En este caso la regularización de las cantidades deducidas se realizará en la declaración del año 2017 (que se presentará en abril, mayo y junio de 2018) y afectará, con carácter general, a las deducciones del año 2013, 2014, 2015 y 2016.
No obstante, si la sentencia o acuerdo es anterior a la finalización del plazo de presentación de la declaración del IRPF del año 2016 (30 de junio de 2017), los intereses del año 2016 no se tendrán en cuenta para aplicar la deducción en vivienda y, por tanto, la regularización no afectará a dicho ejercicio."
Por tanto, lo primero que tienes que comprobar es si de la cantidad que te han devuelto, hay alguna que no pertenece a los ejercicios 2013, 2014, 2015 o 2016.
Una vez que hayas comprobado la cantidad que corresponde a la devolución de esos años, será sobre ella por la que tienes que regularizar. Y lo tendrás que hacer en la declaración del año 2017 (la que se presenta en el año 2018).
Ahora bien, si el acuerdo que has logrado ha sido con fecha anterior a 30.06.17, no tendrás que regularizar el año 2016. Bastará con que en la declaración de ese año te practiques la deducción de los importes ya pagados menos los intereses ya devueltos.
Como ejemplo, vamos a suponer que tus pagos por la hipoteca en los años 2013, 2014, 2015 y 2016 fueron de 5.000 euros anuales. Te practicaste una deducción del 15% sobre esa cantidad. Si ahora te devuelven 1.000 euros de intereses por cada uno de los años, es obvio que en vez de deducirte por 5.000 euros anuales, tendrías que haberlo hecho por 4.000 euros anuales. Tendrás que regularizar esa diferencia en la declaración del año 2017 (que se presenta en el año 2018).
Si el acuerdo se lleva a cabo el día 30.03.17 (por ejemplo, y siempre que sea anterior al 30.06.17), lo que tienes que hacer en el IRPF del año 2016, es declarar que no has pagado de hipoteca 5.000 euros, sino que ya directamente deduces sobre el importe de 4.000 euros ya que 1.000 euros ya te los han devuelto.
Y en la declaración del año 2017, regularizarías 2013, 2014 y 2015.
Un saludo.