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Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

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Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
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Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta
Página
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#106

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Muchas gracias crack. Eres un fenómeno
#107

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Buenos días, a ver si me puedes ayudar y a ver como lo ves tu.
Cónyuge que tiene derecho porque no pasa de los 8.000 euros y está cobrando los 100 euros mensuales. Pero a finales de Diciembre vende acciones y por tanto se pasa de los límites.
Entonces si ha cobrado todo el año, es decir los 1200 euros, cuando haga la declaración de la renta, habrá que colocar que no tenía derecho y la declaración lo regularizará. Hasta ahí lo tengo claro, tú lo ves así.

Pero la otra cuestión era lo siguiente; como ha sido a final de año y a cobrado todo (1200 mensuales), como al año siguiente si que tiene derecho,si que podría continuar cobrándo los 100 euros mensuales porque si que cumple con lo de los 8.000 euros. Entonces no habría que decir nada a Hacienda, como le ves.....

Saludos y gracias.
#108

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

quien tiene que cumplir el límite de ingresos es el cónyuge discapacitado. Si se ha cobrado y finalmente sus ingresos han sido superiores, entonces al regularizar la deducción en la declaración, habrá que devolver lo cobrado anticipadamente.
En 2020, entiendo que se sigue disfrutando del cobro anticipado. La cuestión es que creo que Hacienda puede chequear en algún momento que los ingresos del cónyuge en un ejercicio fiscal anterior han superado el límite, y entonces puede cortar ese cobro anticipado, aunque no lo tengo claro; con lo cual, tendrías que esperar a la siguiente declaración para cobrarlo.
#109

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Entonces hacienda mira el año anterior para poder cobrar por anticipado los 100 euros.
#110

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Buenas tardes, en referencia a lo que me explicaste del rendimiento neto y reducido, me puede explicar por favor esto que no lo tengo claro, tengo un inmueble alquilado y los inquilinos tienen el inmueble como vivienda habitual, entones cuando se realiza la declaración sale esto:

Rendimiento neto. Inmueble
Reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda. 
Rendimiento neto reducido. Inmueble 

¿Cúal de los tres debo coger para luego contabilizar que no sobrepaso los 8.000 euros anuales?.
 Gracias.
#111

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

la primera opcíon, el rendimiento neto, sin restar la reducción por vivienda habitual.
#112

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Buenos días, gracias por contestarme.
Saludos.
#113

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Buenas tardes.
He hecho la rectificación de la declaración de la renta de 2018 para reclamar los 500 euros y me ha pasado lo siguiente: (La declaración la hice conjunta.)
Después de incluir los datos necesarios, entré en el resumen de la declaración y me ponía en la conjunta: a devolver 1400. Como ya me habían devuelto 900, pues me tenían que devolver 500.
Pero le dí a presentar la conjunta y me indicaba error por doble titular o algo así. y no me dejaba seguir ni rectificar.
En la individual me ponía a devolver 500. y he presentado la individual.
¿He hecho lo correcto?
He llamado a información de Hacienda  y me han dicho que he hecho lo correcto pero he notado una cierta inseguridad en la información.
¿ Que te parece?
Gracias de antemano.
Un saludo.
#114

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Buenas tardes Bacalao, a ver si me puedes volver a explicar y ayudar sobre esta cuestión.

Un cónyuge que tiene rentas inferiores al año de 8.000 euros y está cobrando el anticipo mensual de los 100 euros hasta ahora el mes de Junio.

Resulta que  ha vendido unas acciones este mes con bastantes plusvalías y entonces se pasa de los 8.000 euros.

Ha cobrado 600 euros anticipadamente, entonces cuando haga la declaración del año que viene, cuando coloque los datos en la declaración de la renta del 2020, el sistema le restará los 600 euros.

Y además debe notificar a la Agencia Tributaria ya, que no le paguen más anticipadamente los 100 euros mensuales.

Esto es lo que se debería hacer o ves algo más que faltaría.

Saludos y gracias.
#115

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta


Buenas tardes Bacalao, a ver si me puedes volver a explicar y ayudar sobre esta cuestión.

Un cónyuge que tiene rentas inferiores al año de 8.000 euros y está cobrando el anticipo mensual de los 100 euros hasta ahora el mes de Junio.

Resulta que  ha vendido unas acciones este mes con bastantes plusvalías y entonces se pasa de los 8.000 euros.

Ha cobrado 600 euros anticipadamente, entonces cuando haga la declaración del año que viene, cuando coloque los datos en la declaración de la renta del 2020, el sistema le restará los 600 euros.

Y además debe notificar a la Agencia Tributaria ya, que no le paguen más anticipadamente los 100 euros mensuales.

Esto es lo que se debería hacer o ves algo más que faltaría.

Saludos y gracias. 
#116

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

 Buenas tardes Bacalao, a ver si me puedes volver a explicar y ayudar sobre esta cuestión.

Un cónyuge que tiene rentas inferiores al año de 8.000 euros y está cobrando el anticipo mensual de los 100 euros hasta ahora el mes de Junio.

Resulta que  ha vendido unas acciones este mes con bastantes plusvalías y entonces se pasa de los 8.000 euros.

Ha cobrado 600 euros anticipadamente, entonces cuando haga la declaración del año que viene, cuando coloque los datos en la declaración de la renta del 2020, el sistema le restará los 600 euros.

Y además debe notificar a la Agencia Tributaria ya, que no le paguen más anticipadamente los 100 euros mensuales.

Esto es lo que se debería hacer o ves algo más que faltaría.

Saludos y gracias. 
#117

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

sí, creo que es correcto. Paras el cobro anticipado presentando el modelo 143, y lo que hayas cobrado ya, lo devuelves al presentar la declaración.
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Modelos__Procedimientos_y_Servicios/Ayuda_Modelo_143/Informacion_general/Preguntas_frecuentes/_Cuando_deben_comunicarse_variaciones_.shtml
#118

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Gracias,muy amable.
Saludos.
#119

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

Buenas tardes Bacalao,
Vuelvo a la carga. Resulta que nos acaba de llegar una notificación de hacienda lo siguiente:
"Con el alcance y limitaciones que resultan de la vigente normativa legal y de la documentación obrante en el expediente, y partiendo exclusivamente de los datos declarados, de los justificantes de los mismos aportados y de la información existente en la Agencia Tributaria, se ha procedido a la comprobación de su declaración, habiéndose detectado que en la misma no ha declarado correctamente los conceptos e importes que se destacan con un asterisco en el margen de la liquidación provisional. En concreto:
- La deducción practicada por cónyuge no separado legalmente con discapacidad es incorrecta, según establece el artículo 81bis de la Ley del Impuesto y el artículo 60bis del Reglamento del Impuesto.
-Se ha suprimido la Deducción por Cónyuge no Separado Legalmente con Discapacidad consignada
en su declaración.
El motivo es que a la vista de los datos obrantes en la Administración, los facilitados por terceros y las declaraciones presentadas por ustedes mismos, no cumple los requisitos para ejercitar dicho derecho.
Así, tendrán derecho a aplicar dicha deducción los contribuyentes cuyo cónyuge con discapacidad no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros ni genere el derecho a las deducciones por descendiente o ascendiente con discapacidad.
Respecto al concepto de renta indicado anteriormente, estará constituido por la suma algebraica de los rendimientos netos (del trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, y de actividades económicas), de imputaciones de rentas y de las ganancias y pérdidas patrimoniales computadas en el año, sin aplicar las reglas de integración y compensación. Si bien dichos rendimientos deberán computarse por su importe neto, esto es, una vez deducidos los gastos pero sin aplicación de las reducciones correspondientes, salvo en el caso de rendimientos del trabajo, en los que se podrá tener en cuenta la reducción prevista en el artículo 18 de la LIRPF al aplicarse con carácter previo a la deducción de gatos. (Consulta Vinculante V3250-13).
Así, en tanto el cónyuge con discapacidad informado en su declaración obtiene rentas anuales,
excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, no es posible aplicar la mencionada deducción.
- Idoia ha percibido rentas por 13.813,49 euros."


Perdona la parrafada, pero quería ponerlo todo. El caso es que Idoia, o sea yo, ha percibido esos 13813.49 de retribuciones diarias sin aplicar deducciones. Así queda la declaración:


Entonces yo tenia entendido que lo de los 8000eur tenia que ser inferior en el apartado de Rendimiento neto. Tengo razón y hacienda se ha equivocado? Es que no se que hacer

Muchas gracias

#120

Re: Sobre deduccion por conyuge no separado legalmente con discapacidad - Declaración de la Renta

a ver, mirando el mensaje que pusiste en su momento, sois trabajadores discapacitados los 2.


¿a quién le ha llegado la notificación diciendo que no tiene derecho: a ti, o a tu marido? 

Si te ha llegado a ti, entonces el problema está en los ingresos de tu marido. Copia si quieres los datos de tu marido (del trabajo y comentabas que tenía alquileres) para ver qué ha ocurrido.

Si le ha llegado a él, tu rendimiento neto del trabajo es menor de 8.000 euros; si no tienes más ingresos (por ejemplo, no tienes imputado nada de los alquileres), estás por debajo de 8.000.