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Desgravación vivienda 2011

131 respuestas
Desgravación vivienda 2011
Desgravación vivienda 2011
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#81

Re: Desgravación vivienda 2011

Tendría algo que ver el que me den las llaves?? porque esta semana vamos a darles a cuenta unos 20000€ más y con eso nos darán las llaves para poder meter todos nuestros muebles, limpiar la vivienda etc.... pero la casa sigue sin ser mía hasta que abonemos el resto, aunque yo entre y salga cuando me plazca de la vivienda. No tiene nada que ver eso no?? podría hacer algo al respecto??
Gracias Rodrigo.

#82

Re: Desgravación vivienda 2011

Te copio del comentario 77:

La fecha de adquisición de inmuebles se determinará conforme lo establecido
en el artículo 1.462 del Código Civil. Para determinar dicha fecha debe tenerse
en cuenta que el Derecho español, según el Tribunal Supremo y opinión
mayoritaria de la doctrina, recoge la teoría del título y el modo, de tal manera
que “no se transfiere … el dominio si no se acredita la tradición de la cosa
vendida” (Sentencia de 27 de abril de 1983). La tradición puede realizarse de
múltiples formas, entre las que pueden citarse para los bienes inmuebles: la
puesta en poder y posesión de la cosa vendida, LA ENTREGA DE LAS LLAVES o de
los títulos de pertenencia o el otorgamiento de escritura pública.

Por lo tanto deberías mirar las opciones que tienes para , si llega el caso, demostrar que el propietario puso en tu poder la vivienda y te entregó las llaves, haciendo figurar estas circunstancias en el contrato de compraventa.

Saludos.

#83

Re: Desgravación vivienda 2011

Muchas gracias por vuestro tiempo. Intentaré hacer lo que pueda para poder desgravar el año que viene.

Saludos.

#84

Re: Desgravación vivienda 2011

Entiendo que para la declaración de año que viene(Renta 2010), te podrás desgravar por la vivienda antigua que todavía vives en ella y no has vendido.

En cuanto a las degravaciones de tu nueva vivienda debes tener en cuenta los comentarios del hilo:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/622696-notificar-hacienda-cambio-vivienda-habitual-por-compra-2-12-2010-para-mantener-deduccion#respuesta_622729

Saludos.

#85

Re: Desgravación vivienda 2011

Hola expertos, después de estudiarme este hilo no tengo clara mi situación que es la siguiente:

A Falta de dos semanas para que termine el año queremos comprar una vivienda de 2a mano (que pasará a ser nuestra vivienda habitual ), pero no tenemos tiempo material para encontrar una hipoteca y escriturar la compra. Con el fin de poder beneficiarnos de la desgravacion por compra de vivienda habitual nos han propuesto realizar un contrato, precontrato privado (o lo que sea) de compra abonando una cantidad a modo de arras y realizando la liquidacion del impuesto de bienes patrimoniales. Mas adelante, por fuerza en el 2011 se abonara el resto mediante hipoteca y se hará la escritura ante notario. Ya se que el contrato de arras no es valido para esta finalidad, pero ¿Sera suficiente el pago del impuesto de transmisiones?

Muchas gracias de antemano por vuestra respuesta

#86

Re: Desgravación vivienda 2011

Ya tratado en el comentario 81:

La fecha de adquisición de inmuebles se determinará conforme lo establecido
en el artículo 1.462 del Código Civil. Para determinar dicha fecha debe tenerse
en cuenta que el Derecho español, según el Tribunal Supremo y opinión
mayoritaria de la doctrina, recoge la teoría del título y el modo, de tal manera
que “no se transfiere … el dominio si no se acredita la tradición de la cosa
vendida” (Sentencia de 27 de abril de 1983). La tradición puede realizarse de
múltiples formas, entre las que pueden citarse para los bienes inmuebles: la
puesta en poder y posesión de la cosa vendida, la entrega de las llaves o de
los títulos de pertenencia o el otorgamiento de escritura pública.

Entiendo que el pago del ITP al igual que el contrato de arras es insuficiente para considerarse adquisición ateniéndonos al artículo 1462 del Código Civil.

Saludos.

#87

Re: Desgravación vivienda 2011

Pues con lo que estáis diciendo ahora empiezo a dudar de si podré mantener el régimen actual de desgravación o no...toy acojonao!

Os recuerdo mi caso por si ha cambiado algo...

Hola a todos,

Aprovecho esta respuesta para saludaros a todos en mi primer post.Estoy flipando con el nivel del foro por lo que he podido leer hasta ahora...

Mi caso es el siguiente...mi mujer y yo hemos firmado el contrato de compraventa hace ya unos meses. En dicho contrato la entrega se estimaba para el año 2010, pero finalmente la obra no estará lista hasta mediados del 2011, quizás algo antes.

El caso es que nosotros, al ser un promotor amigo, le hicimos un primer pago de 3000€ con la firma del contrato, y luego con financiación ajena, a través de un préstamo de empleado de la entidad bancaria en la que trabaja mi mujer, le transferimos ya más de 115000€, más o menos la mitad del coste total, y que es una parte de lo pedido en dicho préstamo, un total de 204000€.

Dicho préstamo lo estamos pagando ya, en cuotas mensuales, pero muy bajas, sólo intereses, ya que el préstamo tiene una carencia en el primer año por las condiciones especiales que éste tiene.

Ahora nos vemos que tenemos piso comprado, préstamo que estamos pagando, mucha pasta dada ya...pero no sé si con la nueva ley podremos seguir desgravando como se hacía hasta ahora o nos tendremos que conformar con la nueva Ley.¿Qué opináis vosotros?

Saludos a todos y gracias,
JRT

#88

Re: Desgravación vivienda 2011

Para mantener el régimen actual de deducción hay dos posibilidades, dependiendo de si compramos una vivienda ya construida o de si compramos una vivienda en construcción:

- Comprar una vivienda habitual ya construida antes del 01.01.2011. Es imprescindible que el comprador "entre" en posesión jurídica de la vivienda dentro de este año 2010, en este supuesto no sirve para nada un contrato de arras.

- Entregar cantidades para la construcción de la vivienda habitual antes del 01.01.2011, que es tu caso, Si está construyéndose no puedes escriturarla ni tener la titularidad jurídica hasta que no se finalice su construcción. En este supuesto sólo hay que tener en cuenta que la construcción debe finalizar antes de cuatro años desde el primer pago que se deduzca.

No vas a tener ningún problema en mantener el régimen actual.

Saludos.