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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1486

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Muchas gracias Jalcper!. He modificado el EXCEL con tu información.
También he modificado el IPC de 2026 para que se acerque la pensión a los 2640,4 de 2021.
Con IPC del 2025= 3,1% y del 2026=1,8% estaríamos en el límite (2641,48€)
#1487

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Entiendo que si. Yo me fui de mi empresa en Octubre 2017. Me fui con una DVI y coticé con convenio especial y el salario de mi empresa hasta ahora. No tuve ERE , ni pase por desempleo. Desde noviembre 17 hasta ahora mi empresa me pagó mes a medio mi salario acordado. Esa es mi situación. Una compañera del 61 también con JAV y 23 meses de anticipación y 39,5 años cotizados le han confirmado PMax menos 5,25%. Es lo que te puedo decir. 
#1488

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La DT34 solo afecta a las Jubilaciones Anticipadas Voluntarias así que es lógico que no te aparezca en la simulación.
Por 30 meses de anticipación, con menos de 38,5 años cotizados, restan al total (corregido por años computables) de tu BR un 18,75%    
3600 X 0,8125=2925€.    Que es mas o menos lo que te da el simulador.
#1489

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Por curiosidad ¿qué es una DVI?
#1490

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Desvinculación Voluntaria Individual.
#1491

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ahh Gracias. Supongo que entonces si te harían el doble cálculo...


#1492

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues esto es lo que parece que va a dar de si la adaptación a la Ley 21/2021
Dos años "pretransitorios" y dos años "transitorios"  y ya. La Ley en toda su crudeza. Sin vaselina... Sin perdón.
#1493

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues no lo se,  lo se. Lo que si te digo es que el resultado es clavado a los coeficiente reductores de la DT 34. 2
#1494

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ah, muchas gracias !! No tenía claro que la DT32 solo aplicaba a las JAV !!
También me ha parecido entender que con esta "confusa transitoriedad" podría salir mejor optar por una JAV que por una JAI (cumpliéndose las condiciones, en este caso con adelanto máximo de 24 meses), aunque según estoy interpretando parece que las JAV con adelanto de 24 meses van a estar más "penalizadas" en 2025, 2026, etc. debido a esa aplicación o interpretación de la DT32 tan drástica que le está dando la Administración ...
#1495

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No le des mas vueltas y no te "comas el tarro", el Criterio de Gestión 4/2024 que se publico a primeros de Marzo lo deja bien claro para el año 2024, se aplica la DT34, el resto..... ya veremos.
El Informe (subido por Ap Mm) en el que se apoya el Criterio de Gestión que te indico, explica el porque de aplicar la DT34, a TODOS, con independencia del tiempo cotizado, los que en 2024 superamos la P. Máxima de 2024,  y se aplica nada más que porque hay cuatro casos de Pensiones anuales INFERIORES (Ver la Tabla 2, las marcadas en color amarillo) a la Pensión Máxima penalizada con el 4% del año 2021 (36965,64 € Ver Tabla 1), si esos cuatros casos, hubiesen sido SUPERIORES, en mi opinión, NOS HUBIERAN "CALZADO" la penalización TOTAL en función del tiempo cotizado, es decir el 13%, 17%, 19% y 21% sobre la P. Max, y nos hemos "librado" por 1849,7€, que es la diferencia entre la P. Max. de 2021 ( 36.965,64 €) y la P. Max de 2024 ( 35.115,94 € penalizada con el 21% ) para los que cotizaron menos de 38,5 años.
Respecto al articulo de la pagina del Pensionista, creo que este Sr. debe de actualizarse e informarse. El día que hizo el video explicando la DT 34, se equivoco de LLENO en la explicación y hubo una persona de este foro que le saco del error, no recuerdo quien fue. Al mismo tiempo que debe de actualizarse, debe de corregir los errores de interpretación que tenga publicados. Un ejemplo de lo que digo: " En términos generales, el INSS asume que todos los pensionistas cuya pensión calculada según la regla general, tienen derecho a la penalización que les corresponda según la DT 34. (Salvo aquellos a quienes se apliquen las excepciones del apartado 3 que posteriormente se comentará). ", de esa primera frase se puede entender, y yo si no hubiese releído la Ley que esta afectada por esos artículos y la DT34, creería que afecta a TODOS los futuros pensionistas, pues siendo profano me fiaría de quien es un abogado laboralista y entiende de leyes. Creo que, como profesional que es; deberia de ver porque el INSS ha aplicado asi la DT34, es decir, pedir acceso al informe que ha mostrado Ap Mm y que él creo, aparentemente, no ha leído.
Espero haberme explicado. También ten en cuanta que en este foro, estamos aprendiendo todos e intercambiando opiniones, información y lo que escribimos es siempre nuestra interpretación, al final lo que manda es la resolución del INSS a la hora de darte el valor de pensión, aunque esta pueda ser errónea.
#1496

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si que podrías optar a la JAV, que a 24 meses te saldría mejor con la DT34-2. Prueba a plantearle al simulador una jubilación anticipada voluntaria...
Pero como estarás leyendo en los últimos post... en 2026 que cumples los 63 años está por ver que "alcance" para la transitoria. A ver.
#1497

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias Abril. Enhorabuena y a disfrutar... :-)
#1498

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para 2024 la JAV sale mejor en BR bajas. Para 2025 seguramente también. Para 2026 no sé qué aplicarán.
Pero si cumples las condiciones para los dos casos (JAV y JAI) puedes hacer doble cálculo y solicitar la mejor. El INSS dice que ellos te realizarán el doble cálculo. Pero por si acaso, hazlo tu :-)
#1499

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

 
Muchas gracias por tu respuesta, 
 
  espero tranquilizarme cuanto antes porque me va a dar algo   ja ja   ¿tu me entiendes ? y no comerme mas el tarro, palabrita del niño Jesús   , ja ja 
 Por lo que puedo interpretar espero no equivocarme, pero necesito porfa que me lo confirmes que no me he equivocado al entenderte 
 
1 que gracias a los cuatros casos, nos hemos librado de las penalizaciones directas 13%, 17%, 19% y 21% sobre la P. Max, en mi caso hubiera sido de 13% por más de 44.6 años. 
 
"librado" por 1849,7€, que es la diferencia entre la Pensión de 2021 ( 36.965,64 €) y la Pensión de 2024 ( 35.115,94 € ) para los que cotizaron menos de 38,5 años.     
 
 
2  ¿Qué no tiene nada que ver que en mi caso viendo la tabla 2  + de 44,6 años cotizados  sale 38.746,56  euros ?    ¿ se me aplicara la DT34  gracias a los 4 casos comentado ? 
 
 
3 ¿Qué para el año 2024, se aplica la DT34 paras todos los supuestos mencionados ? 
 
 
 4 en tu caso ¿Cuántos años de cotizaciones tienes ¿? Mas que nada por saber si estas en la misma cotización que yo + de 44.6 años. 
 
Saludos y gracias por tu cercanía y aportaciones a este grupo 
 
#1500

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Veo que esta vez he sabido explicarme y que entiendas lo que es mi modo de entender TODO este "galimatías" con el que nos han complicado la existencia y la jubilación proxima. 
No se si el resto de participantes de este foro están de acuerdo conmigo en lo que te comente anteriormente.
En mi caso tengo cotizados, cuando me jubile, Julio 2024, 46 años y medio (46,5 años), mi Base Reguladora es Superior a la P. Máxima de 2024, por lo que mi pensión bruta será 3019,46€. Cese en el trabajo con anterioridad a 2022, por lo me coge la DT34.3 y se me aplica la DT34.2 por ser esta mejor que la aplicación de la norma de 2021.
Entiendo que te jubilas en 2024, por lo que te recomiendo, haz una simulación y veras si lo que te comento coincide con la simulación. 
Ojo!! tus circunstancias, que no conozco, pueden hacer que te apliquen la DT34.3, es decir, si dejaste de trabajar antes de 2022, si fue voluntario o involuntario por un ERE.