No le des mas vueltas y no te "comas el tarro", el Criterio de Gestión 4/2024 que se publico a primeros de Marzo lo deja bien claro para el año 2024, se aplica la DT34, el resto..... ya veremos.
El Informe (subido por Ap Mm) en el que se apoya el Criterio de Gestión que te indico, explica el porque de aplicar la DT34, a TODOS, con independencia del tiempo cotizado, los que en 2024 superamos la P. Máxima de 2024, y se aplica nada más que porque hay cuatro casos de Pensiones anuales INFERIORES (Ver la Tabla 2, las marcadas en color amarillo) a la Pensión Máxima penalizada con el 4% del año 2021 (36965,64 € Ver Tabla 1), si esos cuatros casos, hubiesen sido SUPERIORES, en mi opinión, NOS HUBIERAN "CALZADO" la penalización TOTAL en función del tiempo cotizado, es decir el 13%, 17%, 19% y 21% sobre la P. Max, y nos hemos "librado" por 1849,7€, que es la diferencia entre la P. Max. de 2021 ( 36.965,64 €) y la P. Max de 2024 ( 35.115,94 € penalizada con el 21% ) para los que cotizaron menos de 38,5 años.
Respecto al articulo de la pagina del Pensionista, creo que este Sr. debe de actualizarse e informarse. El día que hizo el video explicando la DT 34, se equivoco de LLENO en la explicación y hubo una persona de este foro que le saco del error, no recuerdo quien fue. Al mismo tiempo que debe de actualizarse, debe de corregir los errores de interpretación que tenga publicados. Un ejemplo de lo que digo: " En términos generales, el INSS asume que todos los pensionistas cuya pensión calculada según la regla general, tienen derecho a la penalización que les corresponda según la DT 34. (Salvo aquellos a quienes se apliquen las excepciones del apartado 3 que posteriormente se comentará). ", de esa primera frase se puede entender, y yo si no hubiese releído la Ley que esta afectada por esos artículos y la DT34, creería que afecta a TODOS los futuros pensionistas, pues siendo profano me fiaría de quien es un abogado laboralista y entiende de leyes. Creo que, como profesional que es; deberia de ver porque el INSS ha aplicado asi la DT34, es decir, pedir acceso al informe que ha mostrado Ap Mm y que él creo, aparentemente, no ha leído.
Espero haberme explicado. También ten en cuanta que en este foro, estamos aprendiendo todos e intercambiando opiniones, información y lo que escribimos es siempre nuestra interpretación, al final lo que manda es la resolución del INSS a la hora de darte el valor de pensión, aunque esta pueda ser errónea.