#1501
Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Muchas gracias por el consejo!! Aunque todavía no estoy seguro si adelantaré 30 meses o 24 meses (o algo intermedio), en cuyo caso:
- Si adelanto más de 24 meses sólo puedo acogerme a JAI
- Si adelanto 24 meses o menos, probaré a comparar entre JAV y JAI, aunque no me valdría hacerlo ahora (este año) sino en el mismo año 2026 (para la JAV) dado que aún no se sabe si para ese año aplica la interpretación que actualmente se conoce o van a sacar otro documento de "interpretación" distinto.
- En cualquier caso, también tendré que valorar si acortar el adelanto de 30 a 24 meses compensaría o no, debido a que me tocaría pagar la cotización del Convenio Especial durante esos 6 meses. Está claro que hay que echar números y comparar las opciones viables.
- Si adelanto más de 24 meses sólo puedo acogerme a JAI
- Si adelanto 24 meses o menos, probaré a comparar entre JAV y JAI, aunque no me valdría hacerlo ahora (este año) sino en el mismo año 2026 (para la JAV) dado que aún no se sabe si para ese año aplica la interpretación que actualmente se conoce o van a sacar otro documento de "interpretación" distinto.
- En cualquier caso, también tendré que valorar si acortar el adelanto de 30 a 24 meses compensaría o no, debido a que me tocaría pagar la cotización del Convenio Especial durante esos 6 meses. Está claro que hay que echar números y comparar las opciones viables.