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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#1936

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


 una pregunta el abono de la DT  Solo lo veo en la del 2023 en los datos fiscales, donde puedo 
comprobar el resto de años ?
#1937

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Perdona, no te entiendo bien la pregunta. A mí padre tampoco le han metido en los datos fiscales el DT2, solo le pone en la declaración de la renta que si antes era 31000€ lo que había recibido, ahora son 25000€. Comparando las 2 declaraciones se puede calcular. 
No sé si es eso lo que preguntas 😃 
#1938

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Vale, he vuelto a leer tu mensaje, y no, a nosotros tampoco nos han modificado los datos fiscales. Imagino que los cambiarán, pero creo que a los que nos han modificado las declaraciones, a nadie les ha cambiado los datos fiscales.
#1939

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Gracias por vuestras respuestas, en mi caso me liquidaron de la mutualidad de Banca 
2019-20-21  un importe pequeñisimo pues de esa mutualidad solo tengo 5 dias, eso fue 
en el 2023, luego salio la sentencia de que eran todas las mutualidades y tengo 17525 dias 
con lo cual en la de 2023 me liquidaron bien y la de 2022 está rectificada y tambien aplican
los dias correctos, no se si podria reclamar la de 2019/2020/2021 ya que la sentencia 
es del 2024 .... o la puedo rectificar yo mismo haciendo una complementaria .... es complicado 
repito muchas gracias por vuestra ayuda.
#1940

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En los datos fiscales la DT2 sólo aparecerá en la renta de 2023 porque se incluyó antes de presentar las declaraciones.

En las rentas 2019-2022 no se modificarán los datos fiscales ya que no sirve de nada. Hacienda modificará directamente las declaraciones.

La DT2 de cada año de la renta no es una cantidad exacta sino que se aplica el mismo % que el que se aplicó en la renta 2023.

Aquí un ejemplo real. Calculas el % con la de 2023 y lo aplicas sobre el resto de años anteriores.

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#1941

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

El formulario DT2 específico de la AEAT ya reclama los años 2019-2022 automáticamente. Si tu caso es especial no sé las repercusiones.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/mutualistas-solicitudes-devolucion.html
Léete todas las preguntas frecuentes.

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#1942

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Hola de nuevo, tabla con importes muy parecidos a la mia  o sea el tanto por ciento es el 100%
#1943

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


 Seguramente tendre que reclamar pues las del 2019/20/21   las liquidaron solo con los dias de la mutualidad de banca y entonces no entraban la otra mutualidad metalurgica en la que trabaje anteriormente son  17525 dias.... indican que hay 30 dias para reclamar pero la sentencia creo que fue en el 2024  
#1944

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En datos fiscales de la delaraciones modificadas no aparecen los importes a a la DT 2ª.
Solo han aplicado los nuevos importes que corresponden por aplicacion de la DT 2ª 
#1945

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Si ya te las han modificado y solo te aparece con la primera mutualidad, yo iría a hacienda y lo hablaría directamente con el de allí. Si tuvieran que presentar modificación que lo hagan ellos. 
Lo que no tengo muy claro es si la del 2019 se puede reclamar algo porque ha prescrito ya. 
#1946

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Haber si lo entendí bien en función de lo que expusiste hace meses.
Antecedentes:
En septiembre de 2023 presentaste escrito de solicitud de rectificación de autoliquidaciones por ingresos indebidos relacionados con aportacione  a una mutualidad bancaria  (que era de lo que tenías constancia).
A los 2 meses estiman tu reclamación y liquidan lo correspondiente a esa reclamación.
En esa etapa aún no cruzan datos con la SS.
En febrero o marzo de 2024 nuevas sentencias explican como deben tratarse las aportaciones a mutualidades realizadas con anterioridad a 1968.
En mayo o junio de 2024 nuevas sentencias llevan al TEAC a unifica  criterios para en su caso los jubilados mutualistas puedan solicitar rectificaciones de autoliquidaciones ya rectificadas.

Juraría que en su día (antes del 1 de julio de 2024) dijiste que habías enviado el formulario para autorizar rectificaciones de los ejercicios 2019 y siguientes, tal y como te habían sugerido que hicieras.

Por lo expuesto por varios foreros a los que ya les han rectificado algún/algunos ejercicios pero no todos, los pendientes corresponden a autoliquidaciones ya rectificadas.

En teoría todo indica que aún no han tocado las autoliquidaciones ya rectificadas en su día y que toca ser paciente y esperar, ya que están obligados a dar respuesta a cualquier solicitud.



#1947

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Al presentar el formulario se generará un justificante de presentación en el que se incluirá información sobre la solicitud presentada si hubiera alguna circunstancia que advertir en ese momento al solicitante.

Posteriormente, si de los cálculos efectuados por la Agencia Tributaria:

  • Resulta una cantidad a devolver: se producirá el abono de dicho importe en la cuenta bancaria indicada.
  • No resulta cantidad a devolver: el solicitante recibirá una comunicación indicando esta circunstancia y el motivo. Si al solicitante no se le han aplicado retenciones, o bien ya se le han devuelto cuando presentó la declaración, en términos generales no habrá ya tributación que reducir por aplicación de la DT 2ª.
  • No es posible calcular la reducción a aplicar con la información disponible: la AEAT le solicitará información adicional para realizar dicho cálculo.
#1948

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Mi padre tiene 3 declaraciones rectificadas de 2019-2021 para incluir una discapacidad. Sólo le han rectificado la DT2 de 2022 ya que esa no estaba rectificada anteriormente por la discapacidad.

Las últimas que rectificarán para poner la DT2 serán las que ya fueron rectificadas por otro motivo anterior, ya sea por meter la DT2 antes del formulario o por otros motivos como una discapacidad.

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#1949

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En caso de que no hubieses presentado formulario, deberías presentarlo ( ahora afecta a los ejercicios 2020, 2021 y 2022, dando por hecho que en la de 2023 ya te incluyeron todos los ajustes de la DT2), y con el ejercicio 2019 una opción a probar, en principio válida, sería entrar en la declaración de ese ejercicio y rectificarla manualmente; si no fuese posible, otra opción sería realizar escrito de solicitud de segunda rectificación (creo que antes la denominaban revisión extraordinaria).
#1950

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Muchas gracias por vuestra ayuda...  salud para todos