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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

más de Maite ai

Analizaré tu consulta sobre la legalidad de la eliminación del formulario y otros medios para solicitar rectificaciones de autoliquidaciones relacionadas con el ajuste de mutualidades.

**Aspectos clave a considerar**:

1. **Procedimiento de rectificación**:
El [artículo 23 de la Orden sobre Procedimientos y condiciones generales para presentación de determinadas autoliquidaciones](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12385#a2-2) establece que los contribuyentes tienen derecho a solicitar la rectificación de sus autoliquidaciones cuando consideren que han perjudicado sus intereses legítimos.

2. **Garantías del procedimiento**:
El [artículo 126.2 del Reglamento General de actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-15984#a127) establece que la solicitud de rectificación podrá realizarse:
- Una vez presentada la autoliquidación
- Antes de que la Administración haya practicado liquidación definitiva
- Antes de que prescriba el derecho de la Administración

3. **Derechos de los contribuyentes**:
El [artículo 99 de la Ley General Tributaria](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a99) garantiza que la Administración debe facilitar en todo momento a los obligados tributarios el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

**Conclusión sobre la legalidad del cambio**:

1. La eliminación del formulario específico no supone la eliminación del derecho a solicitar la rectificación, ya que:
- El derecho sigue existiendo por ley
- Deben existir medios alternativos para ejercer este derecho
- La Administración está obligada a facilitar el ejercicio de los derechos

2. Sin embargo, el cambio en los medios de presentación durante un proceso abierto podría ser cuestionable desde el punto de vista de:
- La seguridad jurídica
- La confianza legítima de los contribuyentes
- El principio de buena administración

**Recomendaciones**:

1. Los afectados pueden:
- Presentar la solicitud por los medios generales disponibles
- Fundamentar su derecho en la normativa vigente
- Solicitar información sobre los nuevos procedimientos habilitados

2. En caso de denegación:
- Pueden interponer los recursos correspondientes
- Argumentar la vulneración de derechos procedimentales
- Solicitar la aplicación de los principios de seguridad jurídica y confianza legítima

La modificación de los medios de presentación no debería afectar al derecho sustantivo de los contribuyentes a solicitar la rectificación, aunque el cambio en los procedimientos durante su tramitación podría ser objeto de impugnación.
#3002

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pues como se ve que esta todo muy legal solo nos quedara el derecho a pataleo y sobre todo recordarnos el dia que tengamos que ir a las urnas que no van a tener nuestro voto y son muuchooos los jubilados afectados
#3003

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Misiva:  Gracias por tu aportación:
Según te he entendido, abrirán de nuevo formulario en cada periodo de la renta, en la renta 2024 podremos reclamar 2019 .
Si hacemos la reclamación de 2019 a primeros de Abril, los importes por Mutualidades de 2019 les dará tiempo a incluirles en el borrador de la declaración 2024?. Un saludo,
#3004

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Esta claro que este Gobierno socialcomunista y corrupto tiene tentáculos en todos los sitios y aquí una buena muestra es este bloguero, que continuamente está justificando este atropello y abuso contra los ciudadanos. Por mi parte, no voy a ser tan exhaustivo como "el enviado del 1" y me voy a limitar a decir que, en mi opinión, la "disposición de la vergüenza" podría ser inconstitucional, al suponer, en la práctica, la irretroactividad de una norma restrictiva de derechos individuales y ser contraria a la seguridad jurídica

Imagino que ahora nos soltarás otro alegato a favor de esta norma y de la organización en nombre de la que escribes, pero la realidad es la que todos estamos viendo y exponiendo libremente aquí: es una vergüenza y un abuso de poder contra los ciudadanos. Por mucho que nos sueltes rollos de tres páginas, no nos vas a convencer de que tu Gobierno ha actuado dentro de la legalidad.

#3005

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Estoy totalmente de acuerdo con tus cálculos, que coinciden con los que anticipé aquí hace más de ocho meses, pero reconozco que nosotros podríamos estar equivocados. Si tenemos que hacer este tipo de hipótesis es porque el Gobierno, único que conoce los datos reales, los está ocultando... con la inestimable ayuda de la oposición, que ni pregunta por ello ni parece saber de qué va el tema.

Independientemente de las cifras, lo que reclaman todos los jubilados antiguos mutualistas es que paguen lo que les han robado durante estos últimos años... ya que lo que les "mangaron" los años anteriores ya está perdido.
#3007

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Es que aparte del cobro de las mutualidades hay otro frente que no hay que subestimar y es el relativo al IRPF que nos pensliza el pobre incremento anual
#3008

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ninguno de los que has mentado está jubilado todavía, por tanto a ninguno les afecta, por eso ninguno dice nada, están a otras cosas, los unos y los otros. 
#3009

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Esta es otra película más de terror y de sacar dinero año tras año. 
#3010

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

De legal no tiene nada.
#3011

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 Abrirán un nuevo formulario como el anterior, muy fácil, muy bonito. 
Los importes de las mutualidades de 2019 no tienen que incluirlos en el borrador de la declaración de 2024, son dos cosas distintas que nada tienen que ver, una la declaración normal del ejercicio de 2024 con su descuento las mutualidades y otra distinta la reclamación del 2019 a través del formulario que habiliten. 
Después, si hay dinero y tienen a bien, nos devolverán una cuarta parte de nuestro dinero. 
#3012

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Todo esto no te lo crees ni tú, es mucho más simple, simplemente es un Expolio.
#3013

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Menos cuento, no necesitamos, por aquí, tus largas y tediosas explicaciones, solo necesitamos que nos den nuestro dinero, si tú puedes colaborar a ello, ponte a la faena, si no, no nos cuentes más películas, menos aún de terror.
#3014

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Otra cosa será que nos lo paguen, eso está por ver.
#3015

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Nos pones tu panfleto por triplicado, por quién nos tomas?