Economía El PP abre una vía en el Congreso para revertir el atraso de las devoluciones a mutualistas en el IRPF
El PP abre una vía en el Congreso para revertir el atraso de las devoluciones a mutualistas en el IRPF
El Partido Popular quiere reabrir en el Congreso la discusión política en torno al controvertido retraso de las devoluciones en el Impuesto sobre la Renta a los antiguos miembros de mutualidades laborales que el Ministerio de Hacienda consiguió introducir en medio de todo el maremágnum de medidas de su reforma fiscal. Los populares registraron este miércoles una proposición no de ley para que el asunto se vuelva a abordar en la Comisión de Hacienda del Congreso e intentar concitar una mayoría parlamentaria que permita conseguir los objetivos de la iniciativa: dejar sin efecto la disposición final de la ley de impuso a las multinacionales que sustanció la modificación y forzar a la Agencia Tributaria a llevar a cabo la devolución íntegra y sin aplazamientos de las cuantías a que tienen derecho según la sentencia del Tribunal Supremo.La disposición planteada por Hacienda y aprobada por el Parlamento tras la turbulenta negociación política para sacar adelante la reforma fiscal -durante la cual cayeron entre otras iniciativas del Gobierno el impuesto a las energéticas o la equiparación fiscal del diésel con la gasolina- modificó el sistema de devoluciones exprés que instauró la Agencia Tributaria el pasado mes de mayo de cara a la Campaña de Renta de 2023 y que permitió reintegrar a los beneficiarios de la sentencia del Supremo más de 1.300 millones de euros hasta el pasado mes de noviembre, según los datos proporcionados por la propia Agencia Tributaria.Noticia Relacionada estandar Si Hacienda usa su reforma fiscal para desactivar sentencias que han costado 4.000 millones este año Bruno Pérez Retoca el sistema de devoluciones a los antiguos mutualistas para dilatarlas hasta el año 2028 y restaura el decreto Montoro tumbado por el TCLa Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que acostumbra a fiscalizar con mirada exigente los trámites y procedimientos tributarios, definió el esquema dispuesto por la Agencia Tributaria, que preveía la regularización de oficio en los casos en que la administración tributaria dispusiera de la información de los contribuyentes y daba facilidades para que los que tuvieran que aportar información adicional lo hicieran, como un sistema «ágil y eficiente».Sin embargo, en una sorprendente decisión que pudiera tener que ver con el elevado coste recaudatorio del sistema, Hacienda decidió incluir una enmienda en el trámite parlamentario de la ley del impuesto a las multinacionales para cambiar este sistema de devolución rápida por otro diferente que lo que hace a grandes rasgos es tratar de demorar esas devoluciones en el tiempo durante los próximos cuatro años. El nuevo esquema, ya aprobado, prevé que todos aquellos mutualistas que no hayan recibido aún la devolución íntegra que le correspondía, bien porque el servicio de gestión de la Agencia Tributaria no se la haya tramitado hasta la fecha, bien por que se les haya tenido que requerir alguna información extra o bien porque no reclamaran sus derechos en la Campaña de Renta del año pasado, tendrán que solicitarla de manera secuenciada en el tiempo . Es decir, ya no podrán exigir las cuantías correspondientes a todos los ejercicios ya prescritos en un mismo ejercicio como sí se permitió en la última Campaña de Renta sino que lo tendrán que hacer de manera sucesiva en los próximos años según esta secuencia: este año 2025 solo se podrá reclamar la devolución correspondiente a 2019 o años anteriores no prescritos; en 2026, la devolución correspondiente a 2020; en 2027, la de 2021; y, finalmente, en 2028, la de 2022, el último ejercicio fiscal anterior a la sentencia del Supremo.En términos prácticos, el retoque implica que los mutualistas no podrán recuperar todo el perjuicio sufrido hasta el año 2029 o 2030 , en función de lo ágil que sea Hacienda con las devoluciones. Hay que recordar que se trata de deudas tributarias que se generaron entre los ejercicios de 1967 y 1978, el año hasta el que estuvieron operativas las mutualidades laborales a través de los cuales los trabajadores adscritos realizaban las aportaciones para su jubilación.Cambio arbitrario de criterioPara los populares se trata de un cambio de criterio arbitrario que «excede y retuerce el cumplimiento del criterio jurisprudencial» del Tribunal Supremo y que ataca a los derechos de los contribuyentes, a los que se modula el ejercicio de unas devoluciones a las que una sentencia judicial les da derecho.Solicitan la revocación de la medida para evitar generar una diferencia difícil de justificar entre los contribuyentes que han podido ya recibir la devolución que les correspondía de forma íntegra y los que «presentaron en tiempo y forma ante la Agencia Tributaria el formulario de solicitud de devolución de las cuantías indebidas y no lo han cobrado ni en 2025 ni a principios de 2025».En una nota difundido por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) se dice que el Ministerio de Hacienda justifica el cambio en que «la calendarización de las devoluciones ofrece certidumbre sobre la imputación en la contabilidad nacional de las devoluciones e implica establecer un proceso más reglado y ordenado». Sin embargo, para Aedaf esto no justifica la decisión adoptada, «ya que lo que realmente está provocando es retrasar injustificadamente la devolución de cantidades que los tribunales han reconocido como legítimamente exigibles por parte de los afectados». La nota difundida por Aedaf subraya que «este retraso no hace sino aumentar el descrédito de una Administración tributaria que debería velar por la protección de los derechos de los contribuyentes y no complicar su ejercicio» y exige la revocación de la medida y «que la Administración actúe con la misma celeridad con la que exige a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones fiscales». El Partido Popular quiere reabrir en el Congreso la discusión política en torno al controvertido retraso de las devoluciones en el Impuesto sobre la Renta a los antiguos miembros de mutualidades laborales que el Ministerio de Hacienda consiguió introducir en medio de todo el maremágnum de medidas de su reforma fiscal. Los populares registraron este miércoles una proposición no de ley para que el asunto se vuelva a abordar en la Comisión de Hacienda del Congreso e intentar concitar una mayoría parlamentaria que permita conseguir los objetivos de la iniciativa: dejar sin efecto la disposición final de la ley de impuso a las multinacionales que sustanció la modificación y forzar a la Agencia Tributaria a llevar a cabo la devolución íntegra y sin aplazamientos de las cuantías a que tienen derecho según la sentencia del Tribunal Supremo.La disposición planteada por Hacienda y aprobada por el Parlamento tras la turbulenta negociación política para sacar adelante la reforma fiscal -durante la cual cayeron entre otras iniciativas del Gobierno el impuesto a las energéticas o la equiparación fiscal del diésel con la gasolina- modificó el sistema de devoluciones exprés que instauró la Agencia Tributaria el pasado mes de mayo de cara a la Campaña de Renta de 2023 y que permitió reintegrar a los beneficiarios de la sentencia del Supremo más de 1.300 millones de euros hasta el pasado mes de noviembre, según los datos proporcionados por la propia Agencia Tributaria.Noticia Relacionada estandar Si Hacienda usa su reforma fiscal para desactivar sentencias que han costado 4.000 millones este año Bruno Pérez Retoca el sistema de devoluciones a los antiguos mutualistas para dilatarlas hasta el año 2028 y restaura el decreto Montoro tumbado por el TCLa Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que acostumbra a fiscalizar con mirada exigente los trámites y procedimientos tributarios, definió el esquema dispuesto por la Agencia Tributaria, que preveía la regularización de oficio en los casos en que la administración tributaria dispusiera de la información de los contribuyentes y daba facilidades para que los que tuvieran que aportar información adicional lo hicieran, como un sistema «ágil y eficiente».Sin embargo, en una sorprendente decisión que pudiera tener que ver con el elevado coste recaudatorio del sistema, Hacienda decidió incluir una enmienda en el trámite parlamentario de la ley del impuesto a las multinacionales para cambiar este sistema de devolución rápida por otro diferente que lo que hace a grandes rasgos es tratar de demorar esas devoluciones en el tiempo durante los próximos cuatro años. El nuevo esquema, ya aprobado, prevé que todos aquellos mutualistas que no hayan recibido aún la devolución íntegra que le correspondía, bien porque el servicio de gestión de la Agencia Tributaria no se la haya tramitado hasta la fecha, bien por que se les haya tenido que requerir alguna información extra o bien porque no reclamaran sus derechos en la Campaña de Renta del año pasado, tendrán que solicitarla de manera secuenciada en el tiempo . Es decir, ya no podrán exigir las cuantías correspondientes a todos los ejercicios ya prescritos en un mismo ejercicio como sí se permitió en la última Campaña de Renta sino que lo tendrán que hacer de manera sucesiva en los próximos años según esta secuencia: este año 2025 solo se podrá reclamar la devolución correspondiente a 2019 o años anteriores no prescritos; en 2026, la devolución correspondiente a 2020; en 2027, la de 2021; y, finalmente, en 2028, la de 2022, el último ejercicio fiscal anterior a la sentencia del Supremo.En términos prácticos, el retoque implica que los mutualistas no podrán recuperar todo el perjuicio sufrido hasta el año 2029 o 2030 , en función de lo ágil que sea Hacienda con las devoluciones. Hay que recordar que se trata de deudas tributarias que se generaron entre los ejercicios de 1967 y 1978, el año hasta el que estuvieron operativas las mutualidades laborales a través de los cuales los trabajadores adscritos realizaban las aportaciones para su jubilación.Cambio arbitrario de criterioPara los populares se trata de un cambio de criterio arbitrario que «excede y retuerce el cumplimiento del criterio jurisprudencial» del Tribunal Supremo y que ataca a los derechos de los contribuyentes, a los que se modula el ejercicio de unas devoluciones a las que una sentencia judicial les da derecho.Solicitan la revocación de la medida para evitar generar una diferencia difícil de justificar entre los contribuyentes que han podido ya recibir la devolución que les correspondía de forma íntegra y los que «presentaron en tiempo y forma ante la Agencia Tributaria el formulario de solicitud de devolución de las cuantías indebidas y no lo han cobrado ni en 2025 ni a principios de 2025».En una nota difundido por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) se dice que el Ministerio de Hacienda justifica el cambio en que «la calendarización de las devoluciones ofrece certidumbre sobre la imputación en la contabilidad nacional de las devoluciones e implica establecer un proceso más reglado y ordenado». Sin embargo, para Aedaf esto no justifica la decisión adoptada, «ya que lo que realmente está provocando es retrasar injustificadamente la devolución de cantidades que los tribunales han reconocido como legítimamente exigibles por parte de los afectados». La nota difundida por Aedaf subraya que «este retraso no hace sino aumentar el descrédito de una Administración tributaria que debería velar por la protección de los derechos de los contribuyentes y no complicar su ejercicio» y exige la revocación de la medida y «que la Administración actúe con la misma celeridad con la que exige a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones fiscales».
Los populares pretenden que el asunto se reabra para dejar sin efecto el cambio aprobado y forzar que los reintegros se hagan «de forma íntegra y sin aplazamientos»
Los asesores fiscales piden a Hacienda que revoque la modificación y devuelva a los mutualistas «con la misma celeridad que exige a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones fiscales»