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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#3271

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Buenos días; Alguien por favor puede aclárame que este más entendida que yo para reclamar lo de los ejercicios del 2019 al 2022 ? Si he de hacer cuando lo pongan en Web otra vez todo el Formulario Pidiendo del 2019 al 2022 OJO O SOLO PIDIENDO EL DE 2019 EN ESTA RENTA QUE VA A EMPEZAR? SE PIDEN LOS 4 EJERCICIO O SOLO EL 2019 ESTE AÑO, ? Lo del año pasado si que puse los 4 ejercicios pero queda nulo hasta ahí lo se. Si alguien es tan amable? Gracias y disculpad. El Impreso de este año aún no ha salido. Si que guardo el del año pasado que pedí del 2019 al 2022. Y este Año como lo relleno. Disculpad mi poco conocimiento. 
#3272

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Nuevo formulario.
calendario:

  • En 2025 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos.
  • En 2026, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2020.
  • En 2027, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2021.
  • En 2028, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2022.
#3273

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Muchas Gracias Mivisa, entonces este año otra vez el formulario igual que el año pasado del 2019 al 2022 Todo todo igual que el pasado y los ejercicios siguientes será Un Formulario del ejercicio no prescrito pero pendiente de pago. Es así? Este igual que si empezáramos como el año pasado? Lo entendí bien. 
#3274

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No.
Este año sólo se pueden solicitar las devoluciones que correspondan de los ejercicios 2019 y anteriores no prescritos
#3275

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Según parece, una gran parte de los funcionarios jubilados de clases pasivas tienen derecho a la devolución por mutualistas porque en los años correspondientes (1967 a 1978) todavía no se habían instaurado las clases pasivas y cotizaban a ciertas mutuas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3276

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

no acabo de entender lo de "los anteriores no prescritos": a mi parecer, entiendo que te refieres a los años que hayas hecho alguna reclamación que permita que esos años no estén prescritos, no? osea que si yo me enteré el año pasado de que podía hacer toda la milonga esta de reclamación, y nunca he dicho ni mú de lo anterior a 2018, no tengo derecho a nada de antes de 2019, verdad?
gracias!
#3277

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Uy estoy un poco torpe. O sea cuando esté el formulario. Solo tendré que rellenar lo del 2019 y nada más. Y el que viene 2025 Formulario para 2020 y así sucesivamente. Lo entiendo bien ahora? Formulario esta renta solo reclamando 2019 y nada más es así? De hecho ya tengo grabadas y rectificada las de 2019 2020 2021 y 2022 en mis expedientes aeat. Pero solo pido esta renta 2019. Es así? Solo disculpa mi torpeza y Gracias De verdad. Saludos 
#3278

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

correcto, es así. Y entiendo que si tienes reclamación de 2018 para atrás, que ha hecho que no prescriban, también.
#3279

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias. Era de cajón pero claro hasta que te lo aclaran como tu y otros foreros.  Iba muy despistada. Ahora a esperar que lo pongan en Web de Aeat ya que lo del año pasado ya lo hice pero queda anulado. De 2018 no tengo ya opción a nada . Es de 2019 en Adelante.  Después de tanta molestia.  Gracias por vuestra ayuda y Disculpad mi Torpeza. Saludos 
#3280

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Vaya papelón el de ese digital y ese par de asesores, por muy presidente y vocal que sean. ¿Siguen la instrucción general de que “el que pueda hacer, que haga”?. 

Ley General Tributaria: 
Artículo 32. Devolución de ingresos indebidos.
1.   La Administración tributaria devolverá a los obligados tributarios, a los sujetos infractores o a los sucesores de unos y otros, los ingresos que indebidamente se hubieran realizado en el Tesoro Público con ocasión del cumplimiento de sus obligaciones tributarias o del pago de sanciones, conforme a lo establecido en el artículo 221 de esta ley. 

Artículo 66. Plazos de prescripción.
Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos: 
a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías. 

La prescripción sigue siendo pues de cuatro años, no ha cambiado durante la reunión de la AEDAF que cita la noticia. El conocido precepto publicado en BOE de 21-12-2024 sobre la devolución de las mutualidades, reguló que las solicitudes de rectificación de autoliquidación correspondientes a los cuatro años 2019 a 2022, se realicen a razón de un período impositivo por cada año natural iniciado a partir de 2025. No existe actualmente ninguna norma jurídica que impida la devolución “más allá del primer año” (asesores dixerunt). 
Dado que a estos dos asesores se les suponen amplios conocimientos de derecho tributario, su manifestación no puede ser una opinión jurídica, yo creo que es un pálpito del que no se nos dice el fundamento. En gente tan seria como un presidente y un vocal de una asociación profesional se hace muy duro pensar ¿o no? que su presentimiento esté influido o determinado por sus preferencias políticas partidistas y lo manifiesten para preocupar, alarmar o malinformar a los ciudadanos afectados.
#3281

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

exacto, ejemplo mutualidad nacional de enseñanza primaria y otras  antes de integrarse en MUFACE creo que en 1978
#3283

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

importante 
#3284

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

La verdad es que me pierdo, no llego, ni tengo los conocimientos jurídicos para entender el resultado. pero entiendo que España se libra de pagar las demandas que tiene por incumplimiento del tema. 
Por otro lado , todo lo que nos han embargado por el impago en diversas partes del mundo, tendrán que liberarlo?
Ojala sea así.  Pero vamos, como empresario me evitaría invertir en España por la inseguridad fiscal y jurídica, no se si de España de Europa o ambas.