Pregunta que me surge: Vosotros anteriormente, en tiempo y forma, hicisteis las liquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones correspondientes (una por cada uno de los herederos) y si en la relación de bienes y derechos de vuestro familiar fallecido incluisteis los derechos de crédito sobre Hacienda (devoluciones mutualidades + devoluciones IRPF del familiar fallecido de los ejercicios correspondientes, otros), haríais una estimación y este importe total estimado figuraría en el documento de reparto y aceptación de herencia. ¿Es así?
#3634
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
No, en el momento de hacer la liquidación del impuesto de sucesiones no sabíamos ni el importe de la devolución del año de fallecimiento (2023 que se liquido en 2024) ni los importes correspondientes a la dt2 (2019-2022) por tanto no se incluyeron ni se hizo estimación.
Cuando nos aprobaron la devolución de 2023 (declaración hecha en 2024) tuvimos que hacer una complementaria del impuesto de sucesiones.
Cuando nos confirmen el importe a devolver por dt2, tendremos que volver a hacer complementaria incluyendo dichos importes.
Este era otro de los problemas de haberlo cobrado en 4 años (cada año un ejercicio) ya que tendríamos que haber hecho 4 complementarias del impuesto de sucesiones.
#3635
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Es lo correcto. No podéis incluir en el I. de Sucesiones ningún derecho no reconocido. Tenerlo solicitado no es suficiente, al tratarse de la Administración sólo hay un derecho cuando ya lo ha reconocido expresamente.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
#3636
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Y nosotros de ti
#3639
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Ha sido terrible, otra vez todos los papeles y como tardan en revisar la documentación para hacerte sucesor, por teléfono me ha dicho una funcionaria de hacienda, que fuese allí, me ha dado cita en dos horas (estoy en Zaragoza) y me ha presentado el DT2 una funcionaria a nombre de mi padre, pk yo aun no soy sucesora. Gracias
#3640
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF