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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#4261

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Perdona en renta y después ejercicios anteriores
#4262

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Está igual,bueno sé que no le van a devolver nada,no sé si lo dirán por email o simplemente no le devuelven.
#4263

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Hola Tres Cantos.
Es posible que haya leido que las cantidades a devolver por los cuatro ejercicios eran entre los tres y cuatro mil euros en total?
#4264

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Hola, no me contestaste o al menos lo he visto, sobre mi ultima preguntas de tu caso
gracias
#4265

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Lo miré y no le han retenido nada, gracias por sacarme de dudas.
#4266

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias a ti por la aclaración, tenia dudas.
saludos
#4267

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

A mi me ha pasado lo mismo todos menos el 1019
#4268

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Tienes que comprobar que en los años comprendidos entre 2019 y 2023 exista una declaración rectificativa aparte de la que presentaste en su día. Si existe, comprueba en cada año la cantidad que sale a devolver.

Si no tienes ninguna declaración rectificativa, se supone que no tienes derecho a ninguna devolución.

Un saludo.
#4269

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Perdón 2019
#4270

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ya decia yo, el 1019, no te devuelven nada, pues ha prescrito
#4271

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Cuando he dicho que el importe a devolver es alto (más de 4000 euros), estaba hablando de la declaración ORDINARIA del IRPF 2024. Nunca habían tardado tanto en devolver, por eso decía que nos estábamos preocupando.

Respecto a las rectificaciones por Mutualidades, ya somos conscientes de la demora debido a los volantazos que han pegado para devolver.
#4272

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En mi caso particular tenía rectificadas por funcionario público habilitado desde septiembre 2024 , las rectificaciones de 2022-2021 y 2020, estando pendiente 2019 , he entrado hoy para comprobar la situación y me aparecen aceptadas y conformes 20-21-22, comunicándome el ingreso en tres días hábiles, la de 2019 sigue sin ninguna información.
#4273

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pues me alegro, parece que ya son 5 a los que devuelven, vaya goteo
#4274

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En nuestro caso, como he dicho, aceptadas y pendientes de ingreso en 3 días hábiles las de 2019-20-21. Sin información la de 2022.
#4275

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Jo, pues eso no lo sabia, que alegria