#16
#17
Re: Compra de vivienda 2024
#18
Re: Compra de vivienda 2024
“Concepto de vivienda habitual
Qué se entiende por vivienda habitual a efectos de la deducción”
Lo dice en castellano claro, “a efectos de la deducción”. Nadie ha hablado de deducción sino de renta imputada.
#19
Re: Compra de vivienda 2024
Nuevamente tu link repite lo mismo:
“Qué es una vivienda habitual según la Agencia Tributaria?
“Qué es una vivienda habitual según la Agencia Tributaria?
Para la Agencia Tributaria la vivienda habitual es la casa en la que vives normalmente y se considera tu hogar principal. Para que una casa sea considerada como tu vivienda habitual y puedas beneficiarte de deducciones fiscales, debe cumplir con estas condiciones:”
La casa en la que vives normalmente y se considera tu hogar principal precisando que hay que añadir para beneficiarte de deducciones fiscales, que no es el caso.
La casa en la que vives normalmente y se considera tu hogar principal precisando que hay que añadir para beneficiarte de deducciones fiscales, que no es el caso.
#20
Re: Compra de vivienda 2024
Coincido con Rucko.
El artículo donde se dice los de los tres años (41 bis del Reglamento), hace referencia a los artículos de la ley a los que se aplica. Entre ellos no está el que se refiere a las rentas imputadas.
El artículo donde se dice los de los tres años (41 bis del Reglamento), hace referencia a los artículos de la ley a los que se aplica. Entre ellos no está el que se refiere a las rentas imputadas.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
#21
Re: Compra de vivienda 2024
cierto, lo que entiendo es que si una persona que alquila una casa por uno o más años, y la habita, esta vivienda pasa a ser su vivienda habitual a efecto fiscales desde ese momento.
Si una persona compra un piso y lo habita en ese momento ese piso pasa a ser si vivienda habitual a efectos fiscales.
Eso sí, no se consolidará plenamente el carácter de vivienda habitual hasta transcurridos los 3 años que se señalan (vivir de forma continuada 3 años en ella).
Bajo mi punto de vista puede declarar el piso como vivienda habitual en 2024
Si una persona compra un piso y lo habita en ese momento ese piso pasa a ser si vivienda habitual a efectos fiscales.
Eso sí, no se consolidará plenamente el carácter de vivienda habitual hasta transcurridos los 3 años que se señalan (vivir de forma continuada 3 años en ella).
Bajo mi punto de vista puede declarar el piso como vivienda habitual en 2024
#22
Re: Compra de vivienda 2024
Aunque no menciona cuál es su interés en declararla como vivienda habitual, quizás sea para poder aplicar deducciones autonómicas...que aún establece algunas CCAA.
#23
Re: Compra de vivienda 2024
y cuando en la próxima declaración, ejercicio 2025 que se presentará en 2026, ponga otra vivienda como habitual, con justificar de forma motivada la razón/razones de por qué se ha mudado, Hacienda no va a decir nada.
#24
Re: Compra de vivienda 2024
Viviendas
¿Esta forera también eres tú?
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6827423-sorpresa-declaracion-por-venta-vivienda-que-he-tenido-alquilada-aportaciones-eso?page=1
¿Esta forera también eres tú?
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6827423-sorpresa-declaracion-por-venta-vivienda-que-he-tenido-alquilada-aportaciones-eso?page=1
#25
Re: Compra de vivienda 2024
No tiene nada que justificar, cada uno puede vivir donde quiera. Por contra justificar un cambio de vivienda habitual con derecho a deducción fiscal por reinversión antes de que hayan pasado 3 años es un proceso estricto que hacienda vigila con lupa para casos específicamente admitidos.
#26
Re: Compra de vivienda 2024
estoy de acuerdo, planteo un supuesto: que si este año la declara como vivienda habitual, digamos por tema deducción autonómica, como dice que por circunstancias se ve "obligada a mudarse, en la próxima declaración (ejercicio 2025 que presentará en 2026) figurará una vivienda habitual distinta, y Hacienda le pedirá explicaciones (,por el tema de deducciones)
#27
Re: Compra de vivienda 2024
Entiendo que lo normal es no imputarse rentas del inmueble en el que vives, aunque no cumplas estrictamente lo de los tres años, y que se acepta por la AEAT, cosa que por otro lado es lógica por una vez, ya que sería muy injusto tener que hacerlo.
Pero lo cierto es que no queda claro 100% en la normativa, no se dice expresamente o al menos no se dice claramente
Pero lo cierto es que no queda claro 100% en la normativa, no se dice expresamente o al menos no se dice claramente