No sé si alguien te habrá contestado ya. El referencial que se utiliza en tu hipoteca es el Indice de Referencia de Prestamos Hipotecarios de Cajas de Ahorros, (IRPH Cajas)y se obtiene por la media del tipo a que venden hipotecas para compra de vivienda estas entidades.Siempre está por encima del Euribor, ya que viene a ser, podríamos decir, como un precio final, mientras que al Euribor siempre se añade un diferencial. Hace años, el IRPH era equiparable al Eribor +1,5, pero en estos momentos, la diferencia entre uno y otro es más que nunca. Está prevista su desaparición para el próximo mes de Octubre, por lo que debes revisar en tu escritura cual es el Indice que lo sustituye, si es que está previsto esto en tu hipoteca. Parece que el Gobierno debe publicar un régimen transitorio para las hipotecas que revisen con este índice. Me ha parecido ver en RANKIA algún foro de afectados por el IRPH. En cuanto a lo de la clausula suelo, salvo que esté expresa en la escritura, bien bajo la formula clausula suelo o bien con la expresión de un mínimo en la revisión, no la tienes.