Re: Alguien que haya completado la subrogación de hipoteca a Ibanesto
Parece que son voluntarias,segun esto que le he mandado al de iBanesto:
"2. Las capitulaciones matrimoniales
Son un contrato suscrito entre los cónyuges por el cual establecen, modifican o sustituyen el régimen económico por el que se rige su matrimonio así como aquellas disposiciones que se otorgaron por razón del mismo.
No es obligatorio otorgar capitulaciones matrimoniales, si bien las parejas que deseen hacerlo, deben saber que están sujetas una serie de formalidades y requisitos:
* Se otorgan ante un Notario.
* Pueden pactarse antes de la celebración del matrimonio o durante el mismo.
* Se inscriben en el Registro Civil y aunque son válidas entre los cónyuges desde el momento de su celebración, no afectan a terceros hasta que no se inscriben en el mismo.
* Deben establecer el régimen aplicable al matrimonio.
Cuando se celebra un matrimonio, el régimen económico aplicable entre los cónyuges será el que se haya pactado en las capitulaciones matrimoniales o, en su defecto, por el de la sociedad de gananciales.
El régimen general de la sociedad legal de gananciales se aplica en España con carácter general salvo en aquellos lugares en los que el derecho del territorio o derecho foral dispone la aplicación de otro régimen. Así sucede en Cataluña, Aragón, Baleares, País Vasco y Navarra.
Siempre resulta conveniente obtener el consejo de un abogado sobre la conveniencia o no de otorgar capitulaciones matrimoniales y el texto que deben contener. "