Hola Bango. Disculpa que hasta hoy no había leído tus 2 recientes post en este hilo.
Los notarios pueden "pedir" (valga la redundancia) provisión de fondos, pero no deben "exigir" tal provisión para aceptar el encargo ya que tal exigencia no está amparada en ninguna norma cuando se trata de autorizar una escritura de cancelación de un derecho real (el derecho real de hipoteca, en este caso). Si un notario pide provisión de fondos para este tipo de encargos, las opciones son:
a) Le hago saber que no puede exigírmela y le "obligo" a que realicé el encargo sin dinero anticipado de por medio, pero esto ya tensaría la relación desde el primer momento y sería incómodo.
b) Como mucho le puedo anticipar a razón de 0,15 € por folio, el papel timbrado que estime va a necesitar para la confección de la matriz y de la copia autorizada en papel. Pongamos 20 folios en cada caso (como estimación "generosa") y serían un total de 40 folios timbrados cuyo coste sería (suplidos, sin IVA, Norma Octava del Anexo II Real Decreto 1426/1989) 6,00 euros. Pero nadie pide 6 euritos de provisión, pues sería pelín patético.
b) Ni me molesto en hacerle saber lo que ya sabe perfectamente y le digo adios muy buenas y acudo a otra notaría. Es la opción que, sin duda alguna, yo elegiría.
El apartado 2 de la Norma Octava del Anexo II del
Real Decreto 1426/1989 es muy clarito:
2. El Notario no podrá exigir anticipadamente provisión de fondos, salvo para los pagos a terceros que deba hacer en nombre del cliente y que sean presupuesto necesario para otorgar el documento.
En el email con tu encargo podría darse una contradicción, pues finalmente decías que "El trámite en Hacienda de Araba y el Registro lo realizaría yo mismo", pero antes le habías dicho "Quisiera realizar el encargo del levantamiento de mi hipoteca" y es que pudiera acogerse a que le habías encargado que se ocupase de todo lo necesario para que desapareciese la carga hipotecaria en el Registro de la Propiedad en la que está inmatriculada (inscrita) esa finca registral, y de ahí que pretenda justificar el tema de -al menos- una de las dos copias electrónicas (aunque él diga "telemáticas") que emitió y remitió telemáticamente al Registro. Es cierto que, ante la confusión, entiendo yo que debería prevaler lo último que decías, que te encargarías tú de los trámites del impuesto ITPAJD, Modalidad AJD, y de llevar tu copia autorizada en papel al Registro para su inscripción, pues nada, ni nadie, te obliga a llevar esa escritura al Registro. Lo harás cuando te dé la gana, si es que te da la gana.
Y sí, para un principal de 65.000 € habiendo empleado 10 folios timbrados en la matriz y 9 folios timbrados en la copia autorizada en papel, debería salirte todo (IVA incluido) por 130,47 € (menos de la mitad de lo que te ha facturado). Asumir 10 y 9 implica asumir que hay algo en la matriz que ocupó un folio que no está en la copia autorizada. Deberías saber qué contiene la matriz que no contenga la copia autorizada. ¿Pudiera ser el acuse de recibo del Registro confirmándole que ya recibió la copia electrónica y que ya practicó el correspondiente asiento de inscripción a petición del notario? No lo sé, podría ser, o no.
Es FALSO que estuviera obligado a pasar copia al Registro. Lo sabe perfectamente... Solo estaría obligado a hacerlo si lo que se escritura implica un cambio de titularidad, transmisión, de la finca registral (caso compraventa, por ejemplo) y -ADEMÁS- siempre que el interesado no se haya opuesto expresamente (que puede hacerlo, pues tiene derecho a oponerse) a que notaría remita telemáticamente una copia autorizada en soporte electrónico de la escritura al Registro por seguridad jurídica (evitar, por ejemplo, que alguien pretenda vender en la misma mañana la misma finca a 2 compradores distintos en 2 notarías diferentes), pero nada de esto es tu caso. Aquí se trata de cancelar un derecho real, nada que ver con cambio alguno en la titularidad de la finca. Lo sabe, sobradamente. Lo triste es que quiera engañarte. Dice mucho, y no muy bueno, de este señor.
Bueno, sobre esto, y el resto de conceptos que te metieron, te pasaré hoy mis comentarios personales por si de algo te pudieran servir para que se retracte este notario nada profesional. Ya lo siento mucho que te haya tocado un "ejemplar" de este tipo.
Hasta pronto y un saludo.