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Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

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Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
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Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
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#841

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

No existen. 
#842

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Me puedes ayudar por favor.

Notaria de Vizcaya y la vivienda esta en Vizcaya. Se formalizó la hipoteca en esa misma notaría. 

El dinero por el que solicite la hipoteca es 1520000 Euros. Esta amortizada ya hace mucho tiempo. La entidad bancaria Bankoa que ha pasado a ser Abanca. Yo aporte en papel la nota simple. Me subrogaron al crédito del promotor en 82000 euros. Me han enviado el documento de cancelación.
Me enviaron del documento de la escritura en pdf y tiene 6 caras con lo que entiendo que son 3 hojas.  También viene en el pdf mi nota simple total 15 caras todo.

Indique por email antes de hacer la cancelación: 
Sólo quiero la escritura de cancelación de hipoteca, las gestiones con hacienda y el registro de la propiedad los realizaré yo. 
No autorizó ninguna copia en soporte electrónico (ni autorizada, ni simple). 
Sólo quiero una copia autorizada y simple.

He reclamado y me han contestado lo siguiente: 

Buenos días. De acuerdo con sus observaciones procedemos a formular una nueva factura en la que se ha realizado la reducción de un setenta por ciento de la base arancelaria y se ha aplicado la bonificación de un cinco por ciento adicional a la del 25 ya practicada. Solo señalarle que la base para la aplicación del nº 2 del Arancel no es el principal del préstamo, sino la cantidad total garantizada por principal, intereses y costas, que asciende en su caso a 228000 euros. También aclararle que solo se le han facturado una copia autorizada y una simple, pues los números que aparecen en el margen izquierdo (4) no indican el número de copias, sino el nº del arancel que es de aplicación. Por otro lado, la incorporación al protocolo electrónico es una nueva imposición legal, de obligado cumplimiento para el notario autorizante y las diligencias que hacen referencia a dicho procedimiento resultan de la aplicación general del nº 6 del Arancel. 

 Me puedes revisar la factura por favor. Esto es después de reclamar.

#843

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenas noches. 
Te voy respondiendo por partes.
Pones que solicitaste una hipoteca de más de un millón de euros. Supongo que por error pusiste un cero de más y realmente solicitaste 152.000€
También pones que te subrogaron al crédito del promotor en 82.000€. Entiendo entonces, que de los 152.000€ que tú solicitaste 82.000€ fueron por los que te subrogaste y otros 70.000€ fue la nueva hipoteca, o te subrogaste y te hicieron una novación para ampliar hasta 152.000€.
Partiendo de esa premisa, para calcular tu minuta se reduce esa base al 70% (o sea que se reduce un 30%) y con esa cantidad se calculan los derechos. Esos derechos llevan una reducción de un 50%, y al resultado se le aplica el 5% adicional. En cuanto a que para la aplicación del n.º 2 del arancel se aplica la total responsabilidad y no el principal, no están en lo cierto. Ahora hay que facturarlo según el Real Decreto Ley  n.º 18 del año 2012.
Según ese RDL, a mí me sale una cuantía en derechos de 137,61€ (+ IVA).
La primera copia autorizada y la primera copia simple de la escritura de cancelación no te las pueden cobrar, por tanto sobran los 24,04€ y los 4,21€.
Del timbre del matriz y autorizadas yo calculo que han utilizado 15 folios de papel notarial y respecto al timbre simples, no te lo pueden cobrar. Ellos utilizan un papel corporativo que en ningún caso es un timbre. 
El resto de conceptos (las diligencias del P.E. y el sello de seguridad) están bien.
Podrías reclamar que te calculen bien los derechos, aplicando el RDL 18/2012 y que no te pueden cobrar la primera copia autorizada ni la primera simple, ni tampoco el timbre simples.

Si no te hacen caso, impugna la factura.
Ya nos irás contando.


#844

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenos días,
Primero dar las gracias por Ainoa por haberme sacado de dudas a través de la lectura de los msjs.
Básicamente solo x repasar la minuta he comprobado que había un error en el capital del préstamo de 51000 a 171000, q suponía un coste de casi 300e mas. En referencia al arancel 2 el cálculo lo hacen con el principal más los intereses de demora, cuando solo lo deberían hacer con el principal. Unos 15€ a recuperar, hay copias telemáticas autorizadas q en mi nueva reclamación voy a incidir que pedí gestionar todo lo relacionado con el registro y AJD, a ver qué me dicen. Aparecen conceptos como:
100 Copias Telemáticas A. 33,06 0 33,06 21 6,94 0 0
100 Papel Matriz (Norma 8ª) 1,65 1,65 0 0 0 0 0
100 Papel C.Autorizadas (Norma 8ª) 1,65 1,65 0 0 0 0 0
100 Diligencias (Nº5 Arancel) 3,01 0 3,01 21 0,63 0 0
100 Testimonio Hash (Nº5.1 Arancel 6,01 0 6,01 21 1,26 0 0
100 Testimonio Cotejo PE (Nº5.4 Ar 9,02 0 9,02 21 1,89 0 0
100 Diligencia incorporación PE (N 3,01 0 3,01 21 0,63 0 0
100 Diligencia depósito PE (Nº6.2 3,01 0 3,01 21 0,63 0 0
Q el oficial no ha entrado en explicar y me ha dicho q no tengo nada q hacer, gracias 
#845

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenas tardes Dragui.
Para el cálculo del arancel 2, se toma como base el 70% del principal (no todo el principal). En cuanto al resto de conceptos yo impugnaría porque no está nada claro que se pueda copiar el testimonio cotejo.
En cuanto a la copia electrónica, en las cancelaciones no te la pueden cobrar (salvo que pidas dos).
De todas formas si subes la factura (quitando tus datos) podremos verla mejor y decirte.
Ten en cuenta el plazo de 15 días para impugnar la minuta.

#846

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Hola! Gracias x responderme hartodeabusos, lo del 70% lo he obviado, calculé con la hoja de cálculo, ahora el tema es convencerles q no toca nada telemático a ver q pasa. Lo de los 171000 casi me da un patatus… 498€ la broma
#847

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Hola de nuevo Dragui.

Normalmente aunque no pidas copias telemáticas, suelen generar una para enviarla al Registro, y la Dirección General les ampara para cobrarla aunque no la hayas pedido. Pero como te decía en el comentario anterior, la primera copia autorizada electrónica, y la primera simple (que en teoría son necesarias para tramitar tu escritura), en las novaciones, cancelaciones y subrogaciones que se acogen al RDL e instrucción de la DG, no te las pueden cobrar. Yo más que decirles que les dijiste que no querías nada telemático, aunque fuera así, le diría que no la pueden cobrar.
Y por lo que veo en la factura sólo te cobran una copia autorizada electrónica y si es electrónica, lógicamente no va impresa en papel timbrado. Y si no va impresa, no te pueden cobrar el "Papel C.Autorizadas" puesto que no se ha utilizado ese papel.
En cuanto a las diligencias, te cobra una, además de las del PE, que no sé si procederá, al igual que los testimonios del PE que no hay nada que les diga que lo pueden cobrar.
No lo dudes e impugna la factura.
Suerte, ya nos irás contando.

#848

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Otra factura reciente de Notario de Asturias de cancelación de 2 hipotecas; una de 60000€ y otra de 36000€. Me interesaba sólamente hacer la de 36000€; pero pregunté en la Notaría si al hacerlas las 2 juntas me saldría más barato y me dijeron de palabra que sí. Ahora veo que no; que me han cobrado como si fueran por separado... :-{
¿Se puede pedir la cancelación de la operación del notario y que me devuelvan el dinero?.
¿Está bien la factura (los 36€ del certificado del catastro no sé porque son)?
Al registro y a hacienda lo voy a tramitar yo...
A ver si alguien me puede ayudar...
Muchísimas gracias.
#849

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenos días Tragón.

En cuanto a lo primero que comentas, estoy de acuerdo con lo que te dijeron en la notaría, siempre sale más barato hacerlo en una escritura que en dos. Aunque los derechos se cobran por operación, y al tener dos operaciones pagas por ambas, el resto de conceptos como folios, diligencias,... lo pagas sólo una vez, o por lo menos pagas menos cantidad. En ese sentido creo que has tomado la decisión correcta.

Respecto a la factura, veo lo siguiente:
- Los derechos están bien calculados, tomando el 70% de la base y con el descuento del 5% aplicado.
- Respecto a las copias (simple y autorizada) en las cancelaciones no las pueden cobrar. Si pides tú copias adicionales sí, pero las copias obligatorias para el Registro y para el Ayuntamiento (Plusvalía) no. Por tanto esas dos cantidades no proceden.
- El timbre de papel de los notarios está calculado contando también la copia autorizada, y al ser electrónica lógicamente no hay papel. Pide que lo revisen que no está bien y te están cobrando el doble.
- Respecto a las diligencias, hay ciertas dudas en estas operaciones, o sea que reclama todas.
. El certificado de catastro en principio para las cancelaciones no es necesario. Es verdad que la Dirección General suele ampararlo, pero yo lo reclamaría porque me parece un atraco por imprimir uno o dos papeles de la página de Catastro que cobren 36€.
- Respecto al testimonio cotejo, nada les ampara a cobrarlo. Impúgnalo y que la Dirección General se manifieste, que ya va siendo hora que lo haga.
- Respecto al concepto envío de copia, aún en el caso de que pagases la copia, no se puede cobrar el envío. 
- La nota de expedición entiendo que en este caso no te la deben cobrar puesto que la copia tampoco deben cobrarla.
Hay una instrucción especial para las novaciones, cancelaciones y subrogaciones y es la que tienen que seguir.

Impugna la factura que te ahorrarás un dinero. Atento a los plazos, que tienes 15 días desde que te entregaron la factura.

Suerte y ya nos irás contando.



#850

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Tengo que pedir hora con la notaría, me quiere ver porque dice que el escrito que he presentado no puede ser 🤦  la dejo en barbecho 3 días y ya veremos
#851

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenas tardes Dragul.

Entiendo que si presentaste el escrito, ya tienes un justificante de que has impugnado y puedes estar tranquilo por los plazos.

Supongo que la notaría intentará "convencer" de que está todo bien y te volverán loco a citarte dos mil artículos y leyes, que seguro poco tienen que ver.

Yo siempre suelo decirles que trabajo con más notarías, y operaciones similares con el mismo importe y folios similares, suele salirme más barato.

Ya nos contarás.
Suerte.
#852

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

No querían registrarlo de entrada me pusieron un sello de la notaría y a mano el día, acto seguido les pedí un justificante para el trabajo conforme me había personado en la notaría (que no querían hacerme y al final hicieron) así pues puedo demostrar q estuve y presenté.
#853

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Muchas gracias por la respuesta Hartodeabusos; aunque posiblemente el notario podría haber "juntado" las 2 cancelaciones (me habían dicho de palabra que me saldría "bastante más barato" hacer las 2 cancelaciones juntas que por separado, aunque sin explicarme el porqué). Podría se porque ya que son de los mismos sujetos y ante en mismo banco; como he leído en el blog de justitonotario.es

"3.= Carta de pago y cancelación de un préstamo hipotecario; Fecha: 24/06/2020

En el presente caso, existe una única carta de pago por la totalidad del préstamo y tres cancelaciones, una por cada hipoteca constituida.

Es doctrina consolidada de la DGRN que el Notario puede y debe tener en cuenta para el cobro de sus derechos la diversidad de actos y contratos contenidos en el documento autorizado ya que, su reunión en un mismo instrumento, la labor técnica y la responsabilidad no son menores de autorizarse por separado, de tal modo que procederá el cobro por diversos conceptos cuando en la misma escritura haya pluralidad de actos, negocios o contratos. No obstante, son de exceptuar de dicha regla aquellos casos en los que hay una conexión para que ello sea así tiene que darse identidad no sólo causal sino en los demás elementos del negocio, en especial el elemento personal. Cuando se da carta de pago y como consecuencia se cancelan varias hipotecas, existiendo identidad entre acreedor y deudor y derivando del mismo título el préstamo, existe un solo concepto, debiendo de sumarse la responsabilidad por todas las hipotecas canceladas y no tantas cancelaciones como hipotecas, como ocurriría en caso de derivar de distintos títulos constitutivos.

 

Esta resolución tampoco aporta nada sobre lo que estamos estudiando pero sí que es muy interesante en cuanto al caso concreto que trata pues supone que no solo cuando se otorga carta de pago y se cancela se ha de cobrar un solo concepto (el concepto cancelación, entiendo yo), sino que cuando son varias las hipotecas a cancelar, si hay una conexión entre ellas, debe cobrarse también un solo concepto cuya cuantía sería la suma de las responsabilidades de todas las hipotecas. Es necesario para ello que haya identidad en los elementos del negocio (sujetos y objeto, a mi modo de ver)."

Voy a presentar una impugnación a la notaría a ver que dicen...

Ya sé que es mucho pedir pero, ¿algún modelo en concreto para realizarla?

Muy agradecido.
Salu2
#854

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenas noches Tragón.
Interesante lo que pones, aunque no lo tengo muy claro, la verdad.
En cuanto a "por todos los conceptos" al principio efectivamente interpretaban conceptos de arancel también actos jurídicos. Después han cambiado de opinión en la Dirección General, y dicen que por todos los conceptos se refiere a  actos jurídicos y no a conceptos de arancel. Además suelen poner siempre de ejemplo la carta de pago (puesto que antes de esta norma en las notarías cobraban la cancelación y la carta de pago).
En el texto que citas no entiendo que hable de sumar las "responsabilidades" cuando la Ley y la instrucción dicen bien claro que se cobra por el principal del préstamo (el 70%) y no por la responsabilidad.

En cualquier caso haces bien en reclamarlo y que se pronuncien.
Creo que en este mismo foro han puesto varios textos de reclamación de gente que impugno facturas.

No te olvides poner que quiere que te revisen todos los conceptos, la factura completa, porque si no lo pones sólo revisan los que impugnas y el resto, aunque estén mal cobrados, no los pueden analizar.

Suerte.
#855

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Os voy contando...
He pasado por la notaría y, de momento el certificado del catastro me lo van a quitar; ya que les he enseñado uno exactamente igual sacado por mí en menos de 5 minutos. Les he hablado de los demás conceptos y me dicen que son obligatorios, que los pide la agencia tributaria, etc...
Me han dado cita con el notario para el lunes a primera hora y que lo hable con él... Lo que más me repugna es que les he dicho que sino me hacían ningún caso les haría escrito de impugnación a ellos y al Colegio de notarios de Asturias y me han contestado, de forma chulesca y amenazante, que el secretario del Colegio trabaja con ellos, o para ellos, ... vamos que es amiguete... Les he dicho que llegaría hasta donde tuviera que llegar; y es cuando me han ofrecido la cita con el notario... Vaya cara más dura...

Voy a ir preparando la impugnación a ver cómo sale...
A la usuaria Ainhoa. Te he pedido permiso en Drive para bajarme el documento de la Propuesta Recurso Impugnación Minuta Honorarios Notariales . A ver si puedo apoyarme algo en él ...
Muchas gracias y salu2.