Re: Clausula suelo CAJASUR
Buenas tardes, varias cosas:
1 La calculadora ideal (la mejor que he encontrado), tiene en cuenta amortizaciones parciales, si hay interés inicial fijo y dá cuadro de amortización. En su resultado separa por un lado intereses cobrados de mas, por otro lado, lo que se hubiera amortizado de mas si no se hubiera tenido CS <---- Esto no lo tiene en cuenta Cajasur, y por otro lado, los intereses legales que corresponden. http://www.calculo-clausulasuelo.com/#/
Esta calculadora me dá resultado casi idéntico a Cajasur (me refiero a intereses cobrados de mas).
2 Según el abogado, se hace una sola demanda por todo, pero luego, por un tema judicial que tampoco entiendo mas, es como si la cuestión de gastos de hipoteca se separara.
3 Lo habitual es que se haga condena en costas al banco si hay mejora para el cliente, si la cantidad resultante fuera la que ofreció el RD, seguramente costas al cliente, aunque seguro que habrá casos para todos los gustos, pero parece ser que eso vá a ser lo habitual.
4 Creo imprescindible hacer el cálculo con el enlace que he puesto arriba ya que muchas calculadoras dan una cifra total (intereses + intereses legales + amortizaciones que se hubieran hecho sin CS) y esto confunde a quienes reciben la carta, Cajasur, a mi entender, por lo que he podido ver por amistades y mi propio caso, el cálculo de intereses cobrados de mas es correcto tal como lo envía Cajasur, lo que no nos suele cuadrar es que algunas personas esperaban la suma total de intereses cobrados de mas + intereses legales + capital amortizado si no hubiera tenido CS, de ahí el descuadre.
Cajasur solo está devolviendo (que yo sepa), intereses cobrados de mas, las demás cuantías no.
El RD solo obliga a pagar intereses cobrados de mas y intereses legales, de reajuste de cuadro de amortización (lo que hubieramos amortizado de mas al no tener CS incluso pagando menor cuota), no dice nada, por eso no lo hacen. A mi entender.
Otras entidades si están dando respuestas similares pero haciendo recalculo de esas amortizaciones sin CS, ofrecen los intereses cobrados de mas y una amortización (además) en el mismo tipo de carta que estamos recibiendo.
Ojo, no soy del gremio ni abogado, pero así lo veo yo.