Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
ok!a seguir luchando!!
ok!a seguir luchando!!
hola de nuevo y disculpa , veras tengo obligaciones subordinadas que vencen el 2019, de la caixa penedes, las ultimas noticias fiables son que esta entidad va a ofrecer el canje de este producto por un plazo fijo al 100% del nominal a 4 años, entiendo que en este periodo no se puede sacar el dinero, tengo muchas dudas veras necesito el dinero son todos mis ahorros y los necesito para ya, segun tu punto de vista y experiencia en este sector crees que si no acepto este canje podria a llegar a abonarme las obligaciones subordinadas ?, segun voy leyendo estos productos no cuentan como capital core1 por lo tanto tienen plazo para deshacerse de ellas segun normas de basilea, no quiero ponerte en el compromiso de que me digas lo que hacer , pero si te pido tu opinion objetiva y conocedora de estos temas,
la emision es ES 0214966030
gracias un saludo
Dios mío, W.Petersen, pero quién eres.?
Estoy anonadada.
Claro que en toda mi vida, habría pensado para nada en PP´s, y similares, si no me sintiera tan mal ahora, con el abuso de confianza de esta entidad.
y me pongo a leer y es como estar con un libro abierto, no serás un robot verdad.?
Bueno no te quiero quitar tu tiempo, a ver como salgo de esta.
gracias i saludos,
Que ofrezcan una solución es mas que probable, todas las entidades "están puestas" o se van a "poner a ello" en breve, ahora bien lo que casi me atrevo a garantizar es que no será una conversión en imposiciones a plazo, y también me atrevo a indicar que dicha solución pasa por un tipo de deuda a un plazo mínimo de 5 años y un día.
¿Porque? Pues porque esta caja, como casi todas tiene un problema de capitalización, y los bancos y cajas que no lo tenían hace tres o cuatro meses, ahora también lo tienen ya que las normas de capitalización se han modificado al alza, por tanto NO PUEDEN REDUCIR SU CAPITALIZACIÓN AUNQUE QUIERAN.
Mira un balance de una empresa debe guardar unas proporciones adecuadas entre lo que debe a clientes impositores, deuda institucional, etc., y lo que es el capital (capital en forma de aportaciones de los socios o acciones y las reservas, que es el dinero de beneficios no repartidos que se queda ahí para reforzar la solvencia), pero a diferencia de otro tipo de empresas y aparte de que las proporciones deben guardarse por un mero sentido común, las entidades financieras tienen una reglamentación, y no puede crecer en cifras si al mismo tiempo no lo hace en la parte de capitalización, y a estos efectos se consideran tanto las preferentes, que a partir de 2013 se endurece esto, y tendrán que tener otros requisitos, o sea que las "viejas" ya no valdrán, y también cuenta la deuda subordinada, siempre y cuando sea emitidas a mas de 5 años, por lo tanto es así de simple, no se pueden permitir reducir la cifra de capitalización, y pagar esto para ir a plazo fijo supondría reducirla, con lo cual dudo que vayan a hacer, otra cosa es que el tipo del banco que ha dicho esto se refiera a un tipo de deuda subordinada a un plazo limitado, siempre por encima de los 5 años, no obstante si La Caixa que en cuando a capital está bastante mejor de Caixa Penedès, lo ha hecho a 10 años (y otra parte en acciones) no veo muy probable que C.P. mas chulos que un ocho, ellos a 5 años y un día, ya que para dicha "chulería" se necesita estar sobrado de capitalización, y me parece que no es precisamente el caso de tu entidad financiera.
Un simple director financiero de empresas mas bien modestas, que casualmente y como las empresa es pequeña (repito) tiene a su cargo también la tesorería, lo cual (entre ambas cosas) debe conocer los temas financieros, es su trabajo, por el que le pagan, repito, así de simple, peeeeeeeeeeeeero, aún con ello toda esta coña empezó en https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/787425-guia-andar-por-casa-para-venta-participaciones-preferentes , y si observas no es mío, está redactado entre 3 foreros (yo, Jtorres, y Manolok) cuyos trabajos o inversiones no son iguales, y dónde no llegó uno, lo hizo el otro.
Si me pagan para la financiación, y cuando se tercia las inversiones, se supone que algo debería saber, si no supiera algo de ello ya estaría metido en el primer ERE (que no ha llegado el caso, de momento) o puede que ni eso .... a la calle sin mediar ERE, por inútil.
Por cierto "la guía de andar por casa ..........." y debido a los acontecimientos de noviembre de 2011, ya no sirve cómo método hoy.
si, la informacion del plazo fijo es real canjearan las obligaciones subordinadas a un plazo fijo de 4 años en breve, en el caso de que no acepte la oferta crees que me devolveran el dinero ???
No creo que lo cambien por un plazo fijo ...... lo harán por otro tipo de deuda, pero no un plazo fijo, sino al tiempo ...............
¿Devolver el dinero? hay dos formas, a ver tu deuda subordinada vence en 2019, pues a esta fecha lo tendrás, si lo quieres antes, pues la segunda forma que es venderlas en los mercados y que otro inversor te las compre, pero claro será al precio que esté dispuesto a pagar por ellas, y no será el 100%. No tengo ni idea de la cotización en el SEND de estos títulos, esto mejor a Manolok , y ni siquiera sé si cotizan en dicho mercando, y cada cuando lo hacen, o sea que liquidez hay.
Buenaa a todos;
Estoy buscando información sobre normativa.
Concretamente me gustaría saber que normativa se encontraba en vigor antes de la entrada en Novienbre de 2007 del MiFiD.