Pues amigo menudo problema se te plantea ..... no me gustaría estar en tu piel!!!!!!!!!!!!!
Opción 1: Como todo apunta que no hay documentación suficiente hay elevadas posibilidades de que ante una reclamación formal y en toda regla, no sé si sería suficiente por la vía administrativa, o sería necesaria la judicial incluso, tendrían un problema gordo para demostrar que eras conocedor de que esto no era un plazo fijo, sino unos híbridos financieros que nada tienen que ver con imposiciones a plazo, en la contra parte (el banco) es mas que probable que esgrimiera el hecho de que has recibido liquidaciones, cupones, información fiscal, de posición de valores, etc., por tanto de alguna forma existe una aceptación tácita de los hechos, por cuanto y en tanto no les consta oposición alguna a los documentos recibidos. Luego tu alegarías que por el mero cobro de los intereses, y como no eres especialista en temas financieros no hay diferencia de recibirlos como cupón o como intereses normales, porque ambos tienen la misma retención, se pagan trimestralmente, vamos como todo ...y a ver de dónde caray un ciudadano de a pie observa la diferencia, y seguramente alegarías que el 99% de los ciudadanos saben como funciona una libreta de ahorros o una de ahorro a plazo, e incluso una tarjeta de crédito, y si fuera uno de estos dos productos, pues si .... puede que la "aceptación tácita" fuera un hecho aceptable, pero pretender algo así con un producto que la Unión Europea lo califica como complejo (no lo dices tu, es la U.E.) pues es tener mucha imaginación (o mucha cara dura), luego el árbitro si es en reclamación administrativa o el juez en una judicial, determinaría quien tiene la razón. Hombre decir que al 50% de posibilidades creo que sería un error, pero aseverar que tienes un 95% tampoco.
La otra opción es tragar con esto de 4 años al 1,75%, y cuando firmes el canje, resulta que de alguna forma estás aceptando que lo de antes tiene tu conformidad, porque si no la tuviera de que firmas un canje (*) luego te pongo un ejemplo mas claro.
Todo esto es con un sentido práctico, ahora bien si tu prioridad no es ser práctico, sino tener la razón ante todo, el planteamiento será otro.
(*) El ejemplo, mira ..... no sé si te ha pasado, a mi si, en dos ocasiones he tenido que dar de baja contratos que nunca suscribí, en una ocasión un contrato de telefonía móvil, la opción que me daban era que cancelase la línea, vamos a ver ... si cancelo una línea estoy dando por hecho que tengo una linea, lo estoy aceptando, con lo cual me negué a cancelar nada, con motivo de que nada contraté. Te aseguro que hubiera sido mas fácil dar la puta línea de baja, pero no, no lo hice por las consecuencias, y estuve mandando cartas para evitarlo, pues menudas ganas ¿verdad?
Otra vez con una tarjeta de crédito no solicitada, pues lo mismo, tiene que darla de baja usted, vamos a ver ..... que voy a dar de baja, algo que no he solicitado ?????
¿TOP 10? Vamos a ver, yo me dedico a "los papeles", la empresa me paga por ello, y admito que "moderadamente bien", y si no es tan bien, lo que cobro me permite vivir (que no es lo mismo que "sobrevivir") si no sé dónde buscar "papeles" me parece que tengo un problema gordo, pero muy gordo.