Esto no va de verdades absolutas, va de posibilidades …… yo te las indico (las que creo posibles).
Si es cierto que no tienen nada, tienen un problema, esto es un hecho, pero como dices que la cosa viene de 2001, en este punto.
Ventajas para ti: No tienen contratos, tienen un problema gordo.
Inconvenientes para ti: Son 10 años, y la posibilidad de considerarse como aceptación tácita es un hecho real y tangible, lee el comentario 614 de este mismo hilo, y en tu caso no cuentas con la ventaja de que la MiFID lo considere un producto complejo, en 2001 existían un montón de leyes de protección al usuario, al consumidor, pero no la MiFID que es de 2007, con lo cual a esto de producto complejo no te puedes agarrar, te dirán que entonces no estaba calificado así, y es verdad.
El que sea por herencia no cambia nada, tú has recibido algo de otra persona, cuando se hereda se reciben los bienes y derechos y al mismo tiempo las deudas y las obligaciones, el fallecimiento del titular inicial, entiendo que no cambia nada.
Luego, que sea verdad que no tienen nada, o que no lo sea, si consideras lo primero pues adelante con la reclamación al SAC, pero esta vez como reclamación de los hechos, no como petición de información, que lo que has hecho hasta ahora, es probable que dicho SAC reconozca que no hay contratos, pero al mismo tiempo que 10 años sin queja del titular inicial ni de los herederos no hace más que confirmar que hay conformidad tácita de los hechos, y que recibiste información, se ejecutó la testamentaría y nadie reclamó nada …… es posible que agoten los 2 meses y no tengas respuesta, entonces podrás ir a la CNMV a ver que indican, y aquí ya no me atrevo a pronosticar nada …..
¿Y si te han engañado y tienen los documentos? Pues cuando curses la reclamación formal, te dirán que si los hay, y archivarán la denuncia o te responderán que todo está correcto, esta vez sí entregándote copias de los documentos.
Yo, en caso de iniciar la reclamación formal al SAC y esperaría a que se cumplan los 2 meses desde la petición de documentos, entiendo que te faltan muy pocos días, haría mención de que pediste copias y solo has recibido de palabra tal y cual del director, yo lo haría constar, no pierdes nada con ello, y te servirá por si tienes que ir finalmente a la CNMV ……
El otro camino es dejarse de reclamaciones y plantarse ante un juez, lo cual sigue siendo apostar a que el director te dice la verdad, de que no tienen nada ….. porque todo este proceso del SAC, CNMV te supondrá 8-10 meses fácil, y si es al juzgado seguramente un año y algo, y mientras tanto Repsol ofrece un canje ¿Qué haces?
Tomarlo, sabiendo que hoy te va suponer pérdidas ….. si son acciones siempre puedes esperar a que suban, lo cual tiene que ocurrir algún día, si la empresa sigue siendo lo que hoy es, pero nadie te puede asegurar que esto ocurra. Y si es deuda subordinada con vencimiento, esperar al mismo y cobras la totalidad. Si es un mixto, pues un poco de cada cosa ….
Apostar a que ganas en un juicio, que sin documentos el abogado que contrates, muy probablemente te diga que hay posibilidades, pero seguridad no te dará, esto no son matemáticas, y el asunto de los 10 años te perjudica mucho.
Yo creo que antes de hacer nada, pedir consejo a un abogado sí que es necesario, la factura puede ser una excelente inversión.
Yo buscaría un despacho con un mínimo de 5 ó 6 abogados asociados, no porque sean mejores ni peores, sino porque las personas tendemos a especializarnos, es improbable que si son 6, todos hagan de todo, alguno será especialista en derecho mercantil. Y que fueran ellos que redacten el escrito de reclamación, aquí te podemos ayudar pero lo tuyo es especial tanto por el tiempo como por la ausencia de documento alguno, y un abogado tal vez sepa como "lidiar" con esto de la antigüedad y la posible aceptación tácita.