Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Leyendo el folleto de la 8ª emisión, se encontrado este interesante párrafo en la página 14.
3.4.2. Descripción del tipo y clase de los valores
bla, bla, bla.
Desde el momento en que el plazo remanente de la Emisión sea de cinco años, ésta verá
reducido su cómputo como recursos propios a razón de un 20% anual, HASTA QUE SU PLAZO REMANENTE SEA INFERIOR A UN AÑO, MOMENTO EN EL QUE DEJARÁ DE COMPUTARSE COMO TAL.
Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, sobre recursos propios de entidades de crédito
Artículo 14.4
Real Decreto 771/2011, de 3 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras
La ley 711/2011, de la Salgado también lo contempla pero no sale en el RD.
Según ésto, todas las subordinadas con vencimiento a menos de un año vista no computarían como recursos propios y por lo tanto no las podrían tocar, a no ser que lo hayan modificado en el RD.
En este caso serían la 3ª emisión Caixa Catalunya 01/01/2013 y la 4ª de Caixa Manresa, 28/02/2013