Acceder

Deuda subordinada en Caixa Catalunya

10,4K respuestas
Deuda subordinada en Caixa Catalunya
4 suscriptores
Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Página
72 / 1.310
#569

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola cabreado76,

A ver qué te dicen en tu oficina y entre todos vamos recopilando información. Lo único que sí me han dicho en varias ocasiones es que en CX no pueden ofrecer "acciones" ya que no cotizan en bolsa. Eso por ahora, porque si al final se la queda otro banco, no descartes que sea una de las posibilidades. La directora tb me mencionaba el tema de posibles depósitos a largo plazo, etc.

Los de La Caixa tb nos la jugaron bien: yo tb tengo algo de preferentes (muy poco por suerte) y es lo que tú dices. Si ahora quisiera cancelar mi cuenta con ellos tampoco puedo porque tengo ahí ese "depósito" a 10 años que no se puede tocar. Sí, el interés que dan no es malo, pero es que nadie de los que se metió en sus preferentes buscaba depósitos tan largos ni que les encasquetaran un 30% en acciones.

Salud.

#570

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Leinad 78,

Tu explicaciones son correctas por que lo que e ha explicado tu directora es lo mismo que me ha explicado a mi dentro de la subordinada cada caso es diferente pepetuas o no, el mayor problema son la perpetuas, a mi me dijo mas a opinion personal que con este tema hay mucha gente pillada y no creen que les nos quite tanto capital que si se pierde algo sera una pequeña cantidad. es mas que entendia que la gente este indignada por que hasta los mismos empleados estan indignados por que ellos tambien tienen deniero en estos productos

#571

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Eso es verdad Torvic. En la oficina de mi pueblo (no la de mi directora) me dijo una vez el empleado de ventanilla que él también tenía DS (perétua tb en ese caso). Quizás soy ingénuo y quiero creer que al menos ciertos empleados tenían tan poca información o que la situación era tan diametralmente opuesta que ni ellos mismos contemplaban que podía darse un giro tan radical... Pero ello no exime de que "alguien" de las altas esferas supiera realmente la mier** que estos productos tenían y no hicieron nada, llámense preferentes o deuda subordinada.

Como dice el amigo Ff_pp sólo podemos esperar a los acontecimientos, o bien iniciar nuevos caminos.

#572

Lo que HA FIRMADO el gobierno español

Saludos Leinad y resto de foristas,

A mí no me gusta echar agua al vino, ni ser el Pepito Grillo que aparece constantemente para (perdón) "joder la marrana" y contradecir lo que os dicen en las sucursales. Espero que sepais tener bien claro que "yo sólo soy el mensajero", y que no me disparéis. Sólo soy el pianista. Y sabéis perfectamente que deseo que podais recuperar TODA vuestra inversión. Vaya esto por delante.

Pero como ya os han engañado una vez ... Me sabría mal que os la volvisen a pegar, o que "se os saquen de encima" con buenas palabras. Me parece fantástico lo que os cuenten en las sucursales ... PERO ... por encima del "sueño de una noche de verano" de un Director de Sucursal, y de las pajas mentales que desde su central le han inculcado ("cuando te venga un cliente afectado ... tú le cuentas esto, todos hemos de contar lo mismo"), por encima de eso está LO QUE HA FIRMADO EL GOBIERNO ESPAÑOL en el Memorandum of Understanding. Y eso no son sólo palabras ... Es un documento firmado con los sres. de Bruselas que están poniendo 100.000 kilos de euros para que no se vaya a (perdón) la mierda la banca española al completo. Quiero decir ... Al señor que pone 100.000 sobre la mesa, que no le vengan con "negociaciones particulares con CX o con Bankia". Ni Bankia, ni CX, ni NovaGalicia, ni BdV van a obtener trato de favor alguno. Los "hombres de negro" de Bruselas, no entienden de "bueno, vamos a hacer una excepción ...".

Os pego la traducción (ya que no os la facilitan en vuestras cajas ... me tomo yo la molestia de traducíroslo) de aquellos parrafos del MoU que disponen, en forma resumida, que la legislación nacional se va a cambiar, y se va a cambiar rápido (antes de que termine Agosto) para que se pueda hacer legalmente lo que Bruselas ORDENE. Por eso yo pongo entre muchos interrogantes lo que diga la legislación actual (por ejemplo, "la subordinada con vencimiento pagará cupón y se recuperará el principal" ... me intranquiliza mucho el hecho de que siga siendo ... deuda subordinada, por más vencimiento que tenga), ya que para Agosto esa legislación habrá quedado probablemente en "agua de borrajas" y se habrá sustituído por una legislación mucho más "agresiva" con los derechos de los tenedores de subordinada. Me temo que eso es lo que no os cuentan en la sucursal: Que la legislación de hoy, mañana va a ser papel mojado. Ojalá me equivoque.

Bien, os pego lo que he traducido:

"Compartir cargas:
17. Se tomarán medidas que permitan minimizar el coste de la reestructuración bancaria para el contribuyente.
Después de asignar pérdidas a los accionistas, las autoridades españolas exigirán medidas que supongan compartir las cargas (del rescate) con los tenedores de instrumentos híbridos (preferentes) y de deuda subordinada de los bancos que vayan a recibir capital público, incluyendo la puesta en marcha de “Ejercicios de Responsabilidad Subordinada (ERSs)” voluntarios y, cuando sea necesario, obligatorios. Los bancos que no requieran ayuda estatal se mantendrán fuera de cualquier perspectiva de ejercicio obligatorio para compartir cargas. El Banco de España, en coordinación con la Comisión Europea y la EBA (European Banking Authority), supervisará cualquier operación que convierta capital híbrido (preferentes) y deuda subordinada en deuda sénior o capital.
18. A finales de Agosto-2012 se habrá introducido la legislación necesaria para asegurar que los ERSs se puedan hacer efectivos. Las autoridades españolas adoptarán las enmiendas legislativas necesarias que permitan ejecutar ERSs obligatorios cuando el proceso de compartir cargas no pueda conseguirse voluntariamente. Estas enmiendas deberán incluir disposiciones que permitan que los tenedores de instrumentos de capital híbrido (preferentes) y deuda subordinada participen completamente en los ERSs. A finales de Julio-2012, las autoridades españolas habrán identificado los pasos legales necesarios para establecer éste marco legislativo, de forma que su adopción pueda completarse a finales de Agosto-2012. El Banco de España no permitirá que ningún banco que requiera ayuda estatal pueda ejecutar ERSs que contemplen una prima superior al 10% del precio de mercado hasta Diciembre-2012.
19. Los bancos que requieran capital y precisen ayuda estatal ejecutarán ERSs conforme al marco legal revisado y de acuerdo con las reglas de ayuda estatal, convirtiendo capital híbrido y deuda subordinada en capital en el momento en que se proceda a la inyección de capital, o comprándolos con descuentos significativos. Para los bancos del Grupo 3 (aquellos que puede que requieran ayuda, o no, según se derive de los stress tests que deberán finalizarse en Septiembre-2012) esta regla aplicará a 30 de Junio de 2013, si todavía están recibiendo fondos públicos (ojo pues con la subordinada de cajas/bancos “dudosos”, todavía no nacionalizados, que como en Junio de 2013 todavía estén recibiendo ayuda pública ... verán también como se ve afectada su subordinada, ... Cuidado Popular, BMN, Liberbank y compañía). Para los bancos inviables, se usarán ERSs en toda su extensión para minimizar el coste para el contribuyente. Cualquier necesidad de capital adicional que se derive de hipotéticos problemas al ejectuar los ERSs no quedará cubierta por la asistencia del EFSF (Fondo Europeo para la Estabilidad Financiera).
20. El marco (legal) de liquidación de bancos será mejorado. A finales de Agosto, las autoridades españolas, consultando a la Comisión Europea, el ECB (Banco Central Europeo) y el IMF (Fondo Monetario Internacional), modificarán la legislación relativa a la liquidación de bancos para conceder poderes especiales de liquidación que fortalezcan al FROB. Esta enmienda legislativa tendrá en cuenta la propuesta regulatoria de la UE sobre gestión de la crisis y liquidación bancaria, incluyendo herramientas especiales para liquidar bancos, tales como la herramienta de venta de negocios y los bancos puente; la legislación incluirá también la clarificación de las responsabilidades financieras a cargo del FGD (Fondo de Garantía de Depósitos) y del FROB. La legislación incluirá disposiciones preeminentes (más importantes que, que pasarán por delante de) sobre los derechos de los accionistas en procesos de liquidación."

Si alguien quiere el enlace al documento completo en Inglés, que es más que interesante porque determina de manera absolutamente precisa los plazos en los que cada cosa va a ser cumplida:

http://ep00.epimg.net/descargables/2012/07/10/14540e59ee5504648623c2bb5da808b8.pdf

Insisto: mi ánimo es simplemente informar, no vengo aquí a joder (perdón Sra. diputada Fabra por utilizar su lenguaje sobre los parados) a nadie. Entiendo que tiene más valor lo que ha firmado el Gobierno de España con la Comisión Europea (unos señores muy antipáticos y muy serios) que según que cosas os digan en la sucursal. Escuchad a todos y sacad vuestras propias conclusiones.

Saludos.

#573

BRUSELAS NO ES LA LEY; nuestros contratos están por encima de la UE.

Hola Ff_pp_. Muchas gracias por tus clarificadoras y largas exposiciones.

Ya que en esencia el problema es el mismo en Bankia que en Caixa Cataluña me permito escribir este pequeño mensaje.

Quiero enviaros muchísimo ánimo a todos y deciros que la ley estaba de nuestro lado cuando firmamos los contratos y NADA NI NADIE PUEDE CAMBIARLA VULNERANDO LA LETRA DE LOS MISMOS.

Estoy al día con relación a las modificaciones legislativas que se quieren hacer para poder llevar a cabo quitas y creo que vas bastante atinado, desgraciadamente, en tu predicción.

Soy un inversor en deuda subordinada en Bancaja, 10 emisión, con vencimiento en 2019. Cuando firmé el contrato sabía de los riesgos entrañados,(La posible iliquidez, la dificultad para vender títulos al 100% de su valor, el hecho de no contar con más garantía que el banco, la posición desventajosa para recuperar el dinero si Bancaja quebrara etc) pero eso sí, cometí un error, fui demasiado ingenuo al fiarme de los balances de ganancias del banco, cuando ahora se sabe que su déficit es tremendo y que se falseó a sabiendas la realidad.

No obstante creo que PARA EMPEZAR, YA COMENZARON ENGAÑANDO CON LAS CUENTAS DEL BANCO.Y esto debería ser ya, en principio DENUNCIADO a CONSUMO O AL JUEZ, PUES SE puede demostrar CON TOTAL OBJETIVIDAD que ES UNA PARTE DE UNA VENTA ENGAÑOSA, que es el principio de un FRAUDE GRAVÍSIMO, ADEMÁS, A ESCALA NACIONAL. EN UN PAÍS MÍNIMAMENTE SERIO ESE SOLO HECHO PERFECTAMENTE DEMOSTRABLE YA DEBIERA HACER QUE NOS DEVOLVIERAN A TODOS LO INVERTIDO Y QUE JUZGARAN POR MALAS PRÁCTICAS AL BANCO.

Además, no se puede consentir en un estado de Derecho que UN CONTRATO DEJE DE VALER y QUE SE obligue a cambiar la ley para que el inversor pierda dinero sí o sí. LOS CONTRATOS EXISTEN PARA ALGO, DE LO CONTRARIO TODO VALE, quien legisla hará lo que le dé la real gana, ningún producto, ningún contrato, ningún compromiso firmado al amparo de un marco de normas tendría una validez real ni otorgaría seguridad ninguna al consumidor. ¡Total, en cualquier momento quienes legislan pueden modificar a su antojo las reglas y llevarse los ahorros de medio siglo de trabajo como si fuese peccata minuta!

Ni la UE, ni el gobierno ni San Pedro bendito puede conculcar las condiciones de un contrato.Y si pretende hacerlo, algo jurídicamente ilícito, hay que denunciarlo. Habrá que ir al juzgado con el contrato y explicar la situación, que no respetan lo pactado, que lo firmado en su día no significa nada, y que, por si fuera poco, crean leyes adrede para robarte tu dinero.

¿Qué es eso de cambiar la ley para que nosotros perdamos dinero? Así queda bien claro que reconocen que la legislación actual nos protege del latrocinio que quieren cometer. Cuando se firma algo hay unas condiciones, unas obligaciones, unas claúsulas a respetar y unos DERECHOS QUE SE POSEEN EN EL MOMENTO EN EL CUAL SE CONTRATA UN PRODUCTO Y NADA NI NADIE LOS PUEDE VULNERAR IMPUNEMENTE SEA LA UE O CRISTO BENDITO.

He revisado mi contrato, y seguro que en el de deuda subordinada de Caixa Cataluña con vencimiento sucede lo mismo, no hay ningún resquicio legal para quitas, nadie nos puede obligar a perder dinero, sólo podemos hacerlo si el banco entra en concurso de acreedores, algo que no se da hoy.

Súmese a ello que ninguna nueva ley que se aprueba puede tener un carácter retroactivo, me imagino que el gobierno español sabrá eso, y si aún sabiéndolo se quiere saltar normas constitucionales habrá que denunciarlo por inconstitucional, a él y a la UE.

#574

Re: BRUSELAS NO ES LA LEY; nuestros contratos están por encima de la UE.

mahines,

en el contrao de cx de deuda subordinada pone lo mismo que lo que tu dices, lo que esta claro que para que lo que tenenemos deuda subordinada de la 8 de CX que vuelvo a insitir que hasta el me de juni nos han pagado el cupon y esta vence en el 2018, para que la perdamos el capital CX tiene que ser liquidadada o sea que cierre, creo que en ningun caso se contemple de momento cerrar ningun banco o caja por que si no si seira el princpio del fin empezaria a caer todo el sistema finaciero de este pais y esto seria una guerra seguro, lo que esta claroa que la cajas y bancos que este mal seran absorvidos`por otros, segun algunos foreros cx ya vuelven a estar detras BBVA, SANTANDER Y SABADELL, seamos un poco optimistas que si llegan las malas noticias ya tendremos tiempo de llorar lo que esta claro que a lo mejor lo menos malo es que perdamos un poco de nuestro capital y tengamos otros problemas por ejemplo la sanidad, la educacion, la seguridad ciudadana etc, acordaros so a los que mas les han jodido de momento

#575

¡La Ue no es la ley!

Gracias por responder torvic.

Yo creo que esta situación que vivimos tal vez sea parte de la ejecución de un plan maligno y muy premeditado para empobrecer y humillar a la inmensa mayoría. Creo que se puede deducir que aquí lo que hay es una estafa general, consentida y gravísima a pequeños ahorradores o inversores. Quizás sea un acto más de este terrible drama, de consecuencias espantosas para muchísima gente, la aprobación de la quita.

Ya sabemos que la UE o el Estadoson infinitamente más poderosos que un simple trabajador que invierte su dinero y que intentarán obligarnos a perder parte de la inversión, y que, según todo lo indica, los gobiernos defienden, en último término, sólo a quienes les financian igual que tú o yo representamos a nuestra empresa o la empresa de otros y les servimos, y que aquí ya manda más Europa que España, y que pronto, en una horquilla de 2-4 años esto se parecerá muchísimo más a Colombia o a Rumanía que a Francia.

Pero no DEBEMOS CONSENTIR, BAJO NINGÚN CONCEPTO DEBEMOS ACEPTAR que LA UE Y ESPAÑA NOS ROBEN LO QUE NUESTRO Y NOS HA COSTADO GENERALMENTE HORRORES GANAR, QUE SE ATREVAN A VULNERAR EL MÁS ELEMENTAL PRINCIPIO DEL DERECHO UNIVERSAL: EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA, del que se deriva, por ejemplo, la no retroactividad de las leyes que se aprueban, salvo circunstancias absolutamente excepcionales, que no se dan ahora.

#576

Re: BRUSELAS NO ES LA LEY; nuestros contratos están por encima de la UE.

Hola machines,
yo deuda subordinada de la 8ª,si os enterais de algo, o se decide algo a nivel general,por favor contad conmigo, yo si fuì engañada, lo contratè como un deposito fijo y sin penalizaciòn si decidia sacar dinero y eso fuè justo hace un año, o sea, mi principal baza si decido denunciar, al parecer(eso lo se ahora) en estas fechas ya se sabia lo mal que iva este producto y sin embargo me lo colaron.mi correo es [email protected]

Te puede interesar...
  1. Apúntate a la MESA DE EXPERTOS de RENTA 4 GESTORA 2024
  2. Ya puedes volver a ver el encuentro Mesa de expertos de Renta 4 Gestora
  1. Apúntate a la MESA DE EXPERTOS de RENTA 4 GESTORA 2024
  2. Ya puedes volver a ver el encuentro Mesa de expertos de Renta 4 Gestora