Queridos,
Cada vez más se va "aclarando" el panorama. Me da la impresión, visto lo visto, que la ÚNICA escapatoria a la quita va a consistir en poder justificar que hubo engaño, que no se advirtieron los riesgos, idealmente ... que no se firmó el Mifid, y que se creyó que se estaba contratando un depósito. Ya sé que son las circunstancias de la mayoría de foristas, pero además de serlo ... tenéis que estar en condiciones de demostrarlo. Historiales de contratación (si no se ha contratado bolsa ni bonos anteriormente ... mejor que mejor), incluso la formación académica podría llegar a valorarse (cuanta menos ... mejor). Si tenéis algún extracto donde vuestra subordinada aparezca tratada como "depósito", eso es una joya!.
En Galicia les han querido embaucar con un "arbitraje". Aclaremos los términos de "la cosa": Arbitraje que ha sido previamente aceptado por Bruselas, que desde la administración local no persigue otra cosa que no-colapsar los juzgados y, tal vez (supongámosles buena fe) acelerar el cobro de los POCOS, MUY POCOS, que sean declarados (a efectos prácticos) pobres ignorantes. El arbitraje no va a consistir en otra cosa que intentar dilucidar (por la vía rápida y sin garantías judiciales ... ya que es un simple arbitraje) si el cliente era (perdón) "un pobre ignorante" que no sabía lo que estaba firmando ... o si SÍ sabía (o ellos -los árbitros- creen que sí sabía) lo que estaba firmando. En el primer caso, laudo arbitral favorable y el cliente recupera su inversión al día siguiente del laudo. En el segundo ... ATPC (así abreviaba una amiga mía madrileña "A Tomar Por C..."), con el agravante de que normalmente, si se ha aceptado la vía del arbitraje, se renuncia explícitamente a la vía judicial. Es decir, si el árbitro "pita en tu contra" ... entonces ya no vale decir "pues me voy al juez". Una vía excluye la otra (o sea ... eso del "arbitraje" ... tiene truco: en un proceso judicial, si palmas en primera instancia, puedes recurrir; en cambio, en un "arbitraje", lo que "pita" el árbitro va a misa ... es mucho más rápido que la justicia ... pero tiene estas pegas, pierdes "garantías procesales"). En cualquier caso, no me cansaré de insistir en que NO SOY ABOGADO Y DE LEYES ENTIENDO LO JUSTO. Si se plantease la vía arbitral para CX, os tocaría consultar con vuestros abogados cuáles son las ventajas/inconvenientes (ojo! a un abogado, evidentemente, siempre le gustará más la vía judicial ... ya que cobra por ella).
En fin, veremos. No os oculto que soy pesimista, pero no insisto porque si no acabaréis odiándome. Esto tiene muy mala pinta.
Vamos a vivir un verano "curiosón": España navega a la deriva, pagando un insostenible 7.3%!!! por su bono a 10 años (incluso más de lo que pagaba la "subordinada basura" ... pues eso es nuestro bono soberano, pestilente basura que enfila una quita casi segura), somos carne de intervención y de debacle económica garantizada a no ser que el BCE se tome "en serio" la cosa. Si cae España ... Italia cae en un par de semanitas (si llega). Y no se ve al BCE muy dispuesto a hacer demasiado por evitar lo peor (habrá decidio Alemania aplicarnos un "que se jodan" a lo Andrea Fabra??).
Si los acontecimientos van yendo a peor ... cuidado porque el tema de las preferentes y la subordinada puede pasar a "segundo plano" en la opinión pública.
Una cosa está clara: Si queréis tener opción a recuperarlo todo, ya únicamente se os ha dejado una puerta abierta, al juez.
El "Estado" ya no tiene ni un chavo para dedicar a compensaciones de "nada de nada". Bancarrota, queridos. Spain ... is pain.