Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
Pero el SEND es un departamento, subconjunto o como se diga de AIAF, así que quizá no haya problema legal?
Pero el SEND es un departamento, subconjunto o como se diga de AIAF, así que quizá no haya problema legal?
Pi. pi......pi.....piiiiiiiiii............. visita obligada al hilo https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/961826-memoria-reclamacines-cnmv-2010#respuesta_965171 que hay mas madera para apoyar lo que dice la jodida y recurrida "guía de andar por casa" y si, avanzo, se puede (y es recomendable) copiar y pegar esto ..... apoya, vaya si apoya .......
Esto es oro.
Voy a copiar y pegar lo que indicas Petersen, por tenerlo aquí. Has hecho bien en traerlo al post de la guia, que este al estar pinchado no se pierde.
Hablas de la página 28 y dice algo muy interesante:
"Cuando la entidad intermedia operaciones en el mercado a precios superiores
al consignado por los reclamantes en sus órdenes, se entiende que
la entidad da prioridad a estas órdenes ejecutadas por delante de las de los
clientes reclamantes.
Esta actuación chocaría con la normativa aplicable en materia de gestión y
ejecución de órdenes, que cita al precio como una de las variables a tener en
cuenta a la hora de obtener el mejor resultado posible para sus clientes".
Dice que "chocaría" con la normativa aplicable, vamos, que tiene pinta de ser ilegal.
Esto creo que sería interesante meterlo en la reclamación al SAC de forma que no solo le decimos que esta la normativa también le decimos que la memoria 2010 ya apunta que eso no se puede hacer.
De la página 42 y 43 que muy bien dices, Petersen, también hay "manteca" para dar batalla.
Esto de la 107 también me gusta:
"Muchas reclamaciones mostraban que la entidad había intermediado operaciones a
un precio superior al consignado por sus clientes en las órdenes de venta, lo que era
contrario a la normativa y a la política de mejor ejecución de las entidades.
En algunos de los supuestos la entidad había intermediado operaciones al mismo
precio que el consignado por los reclamantes en las órdenes, resultando verosímil
suponer que las operaciones intermediadas por la entidad habrían gozado de prioridad
temporal sobre las cursadas por los reclamantes, sin que dicho extremo fuera
acreditado por las entidades reclamadas.
Con independencia de ello, se consideró que, en base a sus obligaciones de información
al cliente, las entidades reclamadas deberían haber advertido al cliente de
la dificultad en la práctica de poder vender sus valores a la par y deberían haberle
informado de que ajustando el precio mínimo de venta y fijando un plazo de validez
de la orden más amplio, habrían aumentado exponencialmente la probabilidad de
hacer efectiva la venta"
Osea, que no solo dice implicitamente que se pueden meter órdones a menos del 100 ( deberían haberleinformado de que ajustando el precio mínimo de venta), además dice que debería haberlo informado como una posibilidad para darle salida con mayor agilidad.
En fin...,
Sinceramente esto me aclara muchas cosas, principalmente que nuestro planteamiento inicial de la guia tiene mucho de sensatez, que la CNMV en las quejas apunta en el buen sentido. Y por cierto. Esto ya no es la guia de tres perturbados mentales de internet, esto está escrito y publicado por la CNMV, que es muy serio.
Vuelvo a poner el enlace que no se nos pierda.
http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Informes/memoria_WEB.pdf
Petersen eres un artista por tragarte todo el tocho! y Manolok que tú lo has encontrado, yo si acaso lo adorno un poco jejeje.
Un saludo!
Método, disciplina y tiempo
Hola a todos he seguido este hilo y parece que el metodo de reclamación va funcionando bien para deshacerse de las preferentes lo cierto es que yo tengo un problema similar pero con unas obligaciones subordinadas de Caixanova.
Os cuento en el mes de agosto hablé con mi oficina ahora (Novagalicia Banco) para comentarles que me había dado cuenta de que tenía ahi esa inversión y que queria venderlas dado que me urgía, me dijeron que tendría que esperar al día 1-09-11 para ponerlas en venta, asi lo hice, les llame el día 01-09 y les dije que las pusieran en venta, el director me comentó que saldrían en poco tiempo quizás 4 ó 5 días, pero lo cierto es que después de llamar reiteradas veces preguntado por la venta del valor y traté de decirles de que lo pusieran si era necesario al 95%( la cantidad es pequeña) para adelantar la venta como les comento me urgía para poder pagarles a ellos unos recibos por los que me estan machacando a intereses, me llega una carta con fecha 10-10-2011 de la orden de venta del valor, parece que fue el día que realmente se les antojó ponerlo en venta y además lo hicieron al 100%.
He tratado de hablar con el director de la oficina del tema pero no tengo ni idea de en que mercado se pone en venta, y cuando traté de hablar con el de a que porcentaje podíamos venderlo para acelerar la operación me respondió simplemente que las ponía al valor del mercado en ese momento.
Lo cierto es que no tengo mucha idea de como funcionan estas subordinadas, en la orden de venta solo aparece esto.
Fecha 10-10-2011
Tipo orden: Venta de valores
Código valor 0902010701-001
Clase Valor: OS.OBL SUB CAIXANOVA E/01-03
nº titulos 40
Nominal 1200
cambio limite: 100%
Fecha limite:31-10-2011
Os pido ayuda por favor esta gente no me deja vivir con los intereses de algo que puedo pagarles pero ellos no tienen ninguna prisa por darme.
¿Por donde puedo empezar?
Un saludo y gracias de antemano
Pues el primer paso es dejar de hablar con el Director. Estás perdiendo el tiempo y seguramente lo único que vas a lograr es cabrearte.
No sé por qué has tenido que esperar al 01 de septiembre ¿se abre la veda esa día?, o ha sido un mecanismo para "quitarte de encima" unas semanas.
¿por qué te las ponen al 100%?, simplemente porque les da la gana, como siempre, no quieren picar la orden al 99%.
Lo que yo haría es leer con calma y tranquilidad esto:
Cuando digo esto, digo TODO el hilo, ya que hay aportaciones muy interesante no solo en la primera entrada, (que digamos es la guia de venta en sí), hay aportaciones también aprovechables a lo largo del hilo y precisamente al final, de ayer mismo, donde estamos empezando a ver que la CNMV en su memoria anual de reclamaciones apunta a que llevamos mucha razón en nuestras demandas.
Cualquier duda pregunta, y hazme caso, deja de hablar con el banco, te van a marear para nada.
Suerte!
Método, disciplina y tiempo
Gracias a tí, Jtorrs por ponerlo aquí
Poco que añadir, JTorres.
jluisnovosi , lee todo el hio atentamente y luego si hay ddudas concretas nos vas preguntando y suerte
Hola , me gustaría saber vuestros comentarios acerca de cual pensáis que va a ser el liquido futuro, de las preferentes de Catalunya Caixa, en caso de que - como previsto- se subaste la entidad -;
Y -dando "palos de ciego por interés"-, si se acuerda que las entidades puedan computar como capital de máxima calidad las provisiones genericas, obligaciones convertibles, preferentes...., como pensáis que va esto a alterar su liquidez .
Ya ven que estoy un poco desesperado, mas cuando, he intentado formal y educadamente entregar la orden de venta al director de la oficina y me ha suplicado que no la presentara; (otra cosa es lo que haré....)
gracias