Tienes razón, existe la "aceptación tácita", pero si uno va a "justicia" y se trata de un contrato muy complejo, el que no aparezcan puede ser un verdadero problema, de hecho en el caso de los swaps, que si bien es mas complejo que esto, hay varias sentencias, por las cuales la conversación telefónica gravada no fue suficiente, ya que demuestra la existencia de un contrato, esto es un hecho, pero en dicha conversación se omitieron (o dejaron por sentados) conceptos que no lo son, y que ni por asomo se puede entender que un "minorista" a efectos de la MiFID los puede o debería conocer.
Un dato relevante sería el tema del "call" o vencimiento, que el cobrar los intereses cada x tiempo, no significa que uno conozca su perpetuidad, si conocerá que tiene el dinero ahí, pero no va quedar claro este extremo por ejemplo.