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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#1636

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Para que lo entiendas ;

Una copia simple es una FOTOCOPIA que te da el administrativo de la notaría. Va sin firma y sin nada.

La copia autorizada es uno de los originales de la escritura,  con el sello notarial y la firma del notario original. 

En principio,  en el SEPE con la copia simple te sirve 
#1637

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias por tu ayuda. Mi intención es comunicarlo en persona, pero como es tan complicado obtener una cita presencial...
#1638

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La Ley de Seguridad Social dice que deben comunicarse las causas de suspensión y extinción en el momento en el que se produzcan,  y la LISOS marca como falta grave el no comunicar las causas de suspensión o extinción en el momento en que se produzcan si con ello se ha generado un cobro indebido.
Ese es el único "plazo" marcado en la legislación, que no se haya cobrado indebidamente por la no comunicación.
Puede que alguien haya identificado el no cobrar indebidamente, con el no cobrar el mes siguiente y del mes siguiente se haya pasado a 30 días o un mes y así se haya ido creando el bulo, en cualquier caso no es una interpretación correcta y ha generado muchos problemas a mucha gente.
Ahora mismo el SEPE admite la presentación en cualquier momento antes de la siguiente reanudación, DAR o prorroga, aunque esto sólo aparezca en sus propias instrucciones y no en ninguna Ley y esto es debido a las múltiples sentencias judiciales provocadas por una Ley que no marcaba plazos.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1639

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si tienes problemas en forma presencial,  comunícalo por la sede electrónica.

#1640

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas tardes, es posible realizar la DAR una semana antes de que finalice el plazo anual?, mi mujer tiene que realizarla el dia 1 de Agosto, y estuvo hoy en el sepe para notificar que se marchará unos dias de vacaciones del 28 al  19 de Agosto y entiendo que le supenderan la posibilidad de realizar la DAR en periodo de vacaciones. Gracias.
#1641

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Por la sede electrónica es posible (un mes antes y un mes después de la fecha)

Si la haces en la oficina del SEPE te pueden decir perfectamente que no te la admiten (la ley dice que el plazo es de 15 días hábiles siguientes a partir de la fecha en la que se cumpla los 12 meses de percepción o desde la fecha de la última reanudación)

A ver si tienes suerte y admiten que vas a estar fuera,  pero te pueden decir que no.  


#1642

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días, yo tengo unos ahorros y hago operaciones de compra y ventas de acciones. Cada mes puede variar las ganancias o pérdidas. Este año por ejemplo he obtenido unas plusvalías de 8.000 sumando ganancias y pérdidas.
Cómo se computa eso para el subsidio de 52 años. Estoy echo un lío. Y como se presenta esa ganancia? Y los dividendos se debería sumar a esas ganancias?  Ejemplo 8000 más 500 dividendos...total 8.500. tendría derecho al subsidio? 
Muchísimas gracias 
#1643

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días.
Estoy cobrando el subsidió por primera vez, tengo 49 años haré en octubre. me otorgaron 480 euros. No estoy casado. Tengo pareja y una niña pero no estamos casado.
En agosto debo ir porque me cumple los 6 meses.
Me dejen prorrogar el subsidio? Estoy hecho un lío. Tras 28 años sin parar de trabajar, estás cosas las desconozco. Me estoy formando en otra rama, y me interesa seguir formándome antes de trabajar, ya que mi intención es cambiar la obra , por otro tipo de trabajo menos forzado .

#1644

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Otra pregunta si es tan amable. Termino el curso para finales diciembre. Y he leído muchas cosas, pero no lo acabo de entender. Si luego empiezo a trabajar, podría compensar el subsidio con el trabajo? No he acabado de entender ésto nuevo de lo que están hablando. Si es compatible, si depende de si es media jornada o completa. 
Muchas gracias 
#1645

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Dividendos y venta de acciones normalmente no coinciden en el mes por tanto nunca se podrían sumar. 
Los dividendos son rentas periódicas corresponden a X meses, debe dividirlos entre el número de meses a que corresponda e imputar cada parte a su mes. 
La venta de acciones es un pago único el beneficio de esa venta se divide entre doce siempre y el cociente se imputa al momento de la venta. 
Deberá calcular todos los meses si supera o no supera rentas.
Ganancias y perdidas patrimoniales solo se pueden compensar si son dentro del mismo mes

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1646

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Su pareja y sus ingresos no los deberían tener en cuenta, por lo tanto se podrá prorrogar el subsidio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1647

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Lo nuevo no lo entiende ni usted ni nadie. 
Si el subsidio nace antes del 1 de noviembre se regirá por las normas antiguas incluida la compatibilidad. Por lo tanto le dará igual lo nuevo. 
Si el subsidio nace después del 1 de noviembre podrá compatibilizar de acuerdo a una tabla independientemente de sus ingresos de salario y un máximo de 180 días.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1648

Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días. Envié por la sede electrónica una comunicación de variación de situación por el cobro de una herencia, quería saber cuanto suelen tardar en verificar o contestar a esas comunicaciones, para ver si me suspenden el subsidio durante un mes como habéis indicado en otras ocasiones en el foro.
Y puesto que no me fío mucho de la sede electrónica y no consigo cita en ninguna oficina del SEPE quería saber si hay alguna posibilidad de que te atiendan en una oficina si vas sin cita.
Gracias a todos y un saludo.

#1649

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

1) Lo que tarden en contestarle dependerá del volumen de trabajo de la provincia o de la oficina gestora correspondiente.  Si lo ha comunicado y tiene el justificante de la presentación, puede estar completamente tranquilo;   ha cumplido con su obligación.  
Puede confiar plenamente en la sede electrónica.
No tiene que hacer nada mas. 

2) Sin cita NO le van a atender.

Saludos.

#1650

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Me vencen unas letras del tesoro a 12 meses el próximo 9/08/24.
No voy a reinvertirlas en la próxima subasta por lo que me van a tranferir en principal con los intereses en el curso de este mes.
Tendré un beneficio de 1074.37€ antes de aplicar la comisión del 0.15%
Entiendo que el resultado de dividir el beneficio entre 12 = (89.53€) y computalo al mes del vencimiento (agosto), no supone obligación de informar al SEPE si sumado a otras rentas no supera 850.50€.
¿Estoy en lo cierto?

Gracias....