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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#2011

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias Angelneu

¿Cuántos días después de la venta tengo para notificarlo al SEPE?

al ser un pago único el SEPE lo divide entre los 12 meses, y hace la suspensión ese mes, ¿ es así? 

¿ Y para los meses siguientes computa esa cantidad? 

#2012

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tienes de plazo hasta la presentación de la siguiente DAR.
Exacto, te lo dividen entre 12.
Y para los meses siguientes computa esa cantidad
No.
Para los meses siguientes,  rendimiento presunto o efectivo de esa cantidad;  depende donde inviertas el dinero.
#2013

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pero aunque se venda el piso, ¿no tenéis los hijos que esperar a que fallezca también vuestra madre para acceder al dinero?.  Quizá estoy preguntando una tontería, disculpad mi ignorancia.  Pero mi caso es algo así.  Fallecimiento de mi padre, aceptación de herencia por hermanos, pero de momento nada que comunicar al Sepe porque mi madre es usufructuaria vitalicia y no es dinero nuestro.  Y si vendéis la casa el dinero sigue en usufructo de vuestra madre ¿no?.
Porque, según lo que decís, cuando fallezca también vuestra madre también otro mes de suspensión por herencia. 

#2014

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Cuando se produce la venta de una propiedad, en proindiviso de nuda propiedad en este caso.
Los propietarios obtienen en ese momento ingresos, que deben comunicar al SEPE si ello supone superar rentas 
Que una vez vendida, exista una usufructuaria, no afecta a los ingresos que han obtenido los nudos propietarios en su venta 
#2015

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Disculpa Angelneu, este mensaje no lo había visto. 
He estado mirando el impuesto de sucesiones y donaciones y tenemos los modelos 650 y 661. y no se en cual delos dos mirar el importe ni en que casilla o epígrafe. 
#2016

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola Jesgarfal¡¡

Lo hemos consultado y estamos los tres de acuerdo, mi madre venderá su parte de pleno dominio el 50% mas el 50% que tiene de usufructo y mi hermano y yo el 25% cada uno de la nuda propiedad. Nada que heredar de mi madre cuando fallezca. Eso nos han dicho. 
#2017

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Los modelos pueden variar dependiendo de cada CCAA.
Tiene que aparecer en la relación de bienes que integran el caudal hereditario -bienes inmuebles- (solo conozco Andalucia, modelo 650) que es la declaración individual de cada heredero.


#2018

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola, agradecería si pudierais ayudarme con un par de dudas:

1- Soy perceptor del subsidio para mayores de 52 desde hace unos meses. Un familiar acaba de abrir un negocio y me ha planteado contratarme. Yo por mi parte encantado de poder regresar a la vida laboral, pero mi duda es que al tratarse de un negocio nuevo y sin trayectoria, si por circunstancias económicas él se viese obligado a cerrarlo o a prescindir de mi como empleado, en el caso de que yo no haya cumplido con el requisito de cotizar al menos 90 días, perdería el derecho a poder acceder de nuevo al subsidio?

2- Me he descargado el informe de vida laboral y también el historial de cotizaciones desde https://sede-tu.seg-social.gob.es. Aparecen datos discordantes y quería preguntaros, a efectos de tiempo cotizado, cuál es el que se tiene en cuenta para el cálculo de la futura pensión?

Aquí esos 288 días de diferencia son los que llevo también cotizando por el convenio especial  para perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años que suscribí.
Aquí esos 288 días de diferencia son los que llevo también cotizando por el convenio especial para perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años que suscribí.







#2019

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

".
1.- El subsidio no se extingue por trabajar, sería un absurdo 
El subsidio queda suspendido durante el trabajo y puede reanudarse cuando termina el trabajo, dure lo que dure ese trabajo siempre que haya situación legal de desempleo, excepto si genera derecho a paro que es prioritario (y aún así,si el paro es a tiempo parcial el sepe permite seguir con el subsidio).
2.- La vida laboral no muestra el tiempo cotizado para la jubilación esa es una confusión muy común, ni siquiera la hace el INSS que es quien lleva jubilaciones.
En la segunda captura, del otro programa ya dice "tiempo cotizado a efectos de prestaciones". Ese es el que tiene que mirar

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#2020

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias Fran!

A usted, Angelneu y otros conforeros, por compartir sus conocimientos y su tiempo con nosotros.
#2021

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años


   Hola Angelneu

He estado mirando el impuesto de sucesiones, en el caudal hereditario  individual pone 20.000 euros y el piso se vende por 115.000€.

Entonces lo que yo quiero saber es sobre que hace el SEPE el computo a la hora de la suspension

Sobre lo reflejado en escritura, mi parte, o sobre la diferencia de la declarado en el impuesto de sucesiones y el valor de la venta?

De nuevo, muchas gracias 
#2022

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Creo recordar que su aceptación de herencia fue antes de percibir el subsidio.

En este caso me inclino que el SEPE le va a imputar la diferencia de lo declarado en el impuesto de sucesiones o escritura  -debería ser el mismo valor-   (valor de adquisición mortis causa) y el valor de la venta en escritura.

Eso si, SU PARTE.
Siempre,    en cualquier  caso,  su parte.
#2023

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En el momento de la venta se declara como renta la diferencia entre lo obtenido con la venta y el valor en el momento de la herencia (o sea lo declarado en la liquidación del impuesto de sucesiones).
El valor heredado ya lo declaró como renta cuando se hizo la adjudicación de herencia, si en aquel momento cobraba subsidio y si no fue en uno de los momentos que el SEPE no tenía en cuenta está situación como renta

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#2024

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si así es, la aceptación de la herencia fue 8 años antes de solicitar el subsidio. 

Y si, también es así como tu dices Angelneu, por lo que estoy viendo, lo declarado en el impuesto de sucesiones, es el mismo valor que consta en la escritura de adjudicación de herencia.
sobre lo que imputara el SEPE será sobre esa diferencia y  sobre mi parte

Ya me queda mas claro.

Gracias por todo.




#2025

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

También gracias a ti franjgr, siempre estáis ahí cuando se necesita.

Solicite el subsidio 8 años después de la aceptación de la herencia de mi padre. Lo comente en el SEPE y me dijeron que no afectaba en ese momento de cara al subsidio, ya que era nuda propietaria. Que si me afectaría cuando se vendiera el piso.