¡¡Buenos tardes!!
He estado viendo algunos posts vuestros, pero tengo dudas, porque no se acaban de ajustar a mi consulta. A ver si podéis echarme una mano.
En el año 2011 falleció mi padre, tenía testamento, se hizo aceptación de la herencia que era un piso y se llevó a cabo el pago de los correspondientes impuestos
Los herederos somos mi hermano y yo que tenemos el 25% cada uno como nudos propietarios del piso de mi madre, que es la usufructuaria vitalicia.
Yo solicite el subsidio +52 años en el año 2019. Comunique este hecho en el SEPE y me comentaron que como era nuda propiedad y anterior al año 2019, cuando aún no cobraba el subsidio, por tanto, no afectaba para cobrar el subsidio.
Ahora en agosto de 2024 mi madre ha decidido vender el piso de acuerdo con nosotros, asique vendemos la vivienda entera.
Ya tenemos el comprador que hará un ingreso de 10.000 euros en concepto de arras hasta que se escriture en diciembre, donde se ejecutará la venta del piso. Mi parte será de aprox unos 25.000€ en total.
Y mis dudas son:
¿Cuándo tiempo me suspenden el subsidio por esta venta?
¿Cómo y cuándo tengo que notificarlo al SEPE ¿Cuándo se firman las arras, o cuando este el piso ya está vendido y cobrado?
¿Como calcula el SEPE? ¿Sobre el incremento del patrimonio desde la fecha que acepte la herencia? ¿o cuentan sobre el dinero que se me ingrese?
¿Qué documentación les he de llevar?
Solo me queda dároslas gracias como siempre por vuestra labor.